El Banco Central Europeo ha publicado un dictamen en el que valora las propuestas de modificación de la normativa sobre reporte de información corporativa en materia de sostenibilidad y diligencia debida.

Destacamos las siguientes críticas a las propuestas de la Comisión:

  • La reducción de aproximadamente el 80% del número de empresas sujetas a requisitos de presentación de información en materia de sostenibilidad podría limitar significativamente el acceso de los interesados a información importante, enmascarar el riesgo financiero relacionado con el clima o dejar fuera del alcance a emisores significativos, incluidas empresas de combustibles fósiles.
  • Se genera el riesgo de que las grandes empresas externalicen trabajo a fin de reducir artificialmente el número de empleados por debajo de ese umbral y así evitar presentar información en materia de sostenibilidad.
  • La presentación voluntaria de información supone un riesgo de blanqueo ecológico.
  • Las propuestas de modificación de la Directiva sobre diligencia debida en relación con los planes de transición pueden dar lugar a interprete que las empresas solo están obligadas a adoptar estos planes, pero no a ejecutarlos.

El Dictamen recomienda:

  • Que las empresas de 500 a 1.000 empleados sigan informando, pero con normas simplificadas y proporcionadas.
  • Que todas las entidades de crédito significativas sigan obligadas a informar, sin importar su número de empleados.
  • No cambiar los umbrales para las empresas de fuera de la UE para evitar una desventaja competitiva y la falta de datos.
  • No eliminar puntos de datos cruciales, especialmente sobre cambio climático (NEIS E1) y biodiversidad (NEIS E4).
  • Mantener la interoperabilidad con los estándares internacionales.
  • Publicar las guías sobre las verificaciones, pero, a continuación, también publicar normas vinculantes. Además, mantener la posibilidad de exigir una verificación más estricta en el futuro.
  • Mantener la elaboración de normas sectoriales o, al menos crear directrices sectoriales para poder comparar empresas del mismo sector.
  • Aclarar el texto en relación con los planes de transición para que no solo sea necesario adoptarlos, sino también ejecutarlos.
  • No excluir al sector financiero de la normativa de diligencia debida, pero otorgar un plazo más largo para la revisión de la normativa.

Accede al dictamen completo en el siguiente link: EUR-Lex – 52025AB0010 – EN – EUR-Lex