En apenas mes y medio deberían comenzar a aplicarse las obligaciones del Reglamento de Deforestación de la UE. En consecuencia, todas las empresas afectadas deberían estar ya preparadas para cumplir con la normativa. Sin embargo, como viene siendo habitual en relación con este Reglamento, las incertidumbres persisten a pocas semanas de finalizar el año (en diciembre de 2024 su aplicación ya se pospuso un año).
En resumen, la situación actual es la siguiente:
Carta de la Comisaria de Medio Ambiente
En septiembre de 2025 se hizo pública una carta de la Comisaria de Medio Ambiente de la UE en la que manifestaba su intención de proponer un nuevo aplazamiento de un año. La razón: el sistema informático destinado a soportar el registro de las declaraciones de diligencia debida por parte de operadores y comerciantes no estaría preparado para gestionar el volumen de información previsto.
Aunque esto apuntaba a un nuevo retraso, la carta no iba acompañada de un comunicado o propuesta oficial que confirmara esta intención.
Propuesta de la Comisión
A finales de octubre de 2025, la Comisión presentó una propuesta formal de modificación del Reglamento EUDR. Los principales elementos de simplificación incluidos son:
- Reducción de obligaciones para operadores situados en fases posteriores de la cadena y para comerciantes que venden productos ya introducidos en el mercado de la UE: solo se requeriría una declaración de diligencia debida en el punto de entrada al mercado europeo.
- Para micro y pequeños operadores primarios de países de bajo riesgo que venden sus productos directamente en el mercado europeo: deben presentar una única declaración simplicada en el sistema, sin necesidad de declaraciones periódicas.
Además, la Comisión preponía períodos transitorios para facilitar la adaptación:
- Grandes y medianas empresas: aplicación desde el 30/12/2025, con un periodo de gracia de 6 meses para ser objeto de controles por las autoridades competentes.
- Micro y pequeñas empresas: aplicación desde el 30/12/2026.
La Comisión indicó que confiaba en una aprobación rápida de la propuesta, antes de finalizar 2025.
Posición del Consejo de la UE
El 19 de noviembre, el Consejo adoptó su postura para las negociaciones sobre la modificación del EUDR. Entre los principales cambios que propone destacan:
- Aplazar la aplicación del Reglamento para todas las empresas:
- 30 de diciembre de 2026 para medianas y grandes empresas.
- 30 de junio de 2027 para micro y pequeñas empresas.
- La obligación de presentar la declaración de diligencia debida recaería exclusivamente en los operadores que introducen los productos por primera vez en el mercado.
- Los operadores posteriores y comerciantes quedarían eximidos de presentar declaraciones adicionales.
- Solo los primeros operadores deberían conservar y transmitir el número de referencia de la declaración inicial (una simplificación mayor que la planteada por la Comisión y que afectaría a un gran número de empresas).
En síntesis, el Consejo propone más simplificaciones que la Comisión y, además, un aplazamiento general de un año.
Posición del Parlamento de la UE
El 26 de noviembre, el Parlamento respaldó la posición del Consejo por el voto mayoritario de 420 del total de los europarlamentarios. A la vista de su postura reciente en relación con otros textos (como el relativo a la divulgación de información sobre sostenibilidad), no parecía arriesgado anticipar que se alcanzaría un acuerdo orientado a simplificar la normativa.
Próximos pasos
Ahora, se inician las negociaciones formales entre el Consejo y el Parlamento. El texto definitivo debería aprobarse, como muy tarde, durante el plenario del Parlamento Europeo previsto del 15 al 18 de diciembre de 2025, para posteriormente ser adoptado por el Consejo.
Aunque hasta que exista un acuerdo definitivo entre ambas instituciones la normativa no estará formalmente modificada y aplazada, teniendo en cuenta sus posiciones actuales, todo parece indicar que se alcanzará un acuerdo en relación con el aplazamiento y simplificación del EUDR.
Además, si la postura del Parlamento es finalmente reflejada en el texto de modificación de la norma, el Reglamento sería objeto de una nueva revisión en la primavera de 2026, con vistas a introducir mayores simplificaciones en la normativa y reducir la carga administrativo.



