Para cerrar el año, desde Inèdit nos invitaron a colaborar en la elaboración de un resumen sobre las novedades normativas previstas para 2026. Este año la tarea no es sencilla: el panorama regulatorio es especialmente cambiante y complejo. Aún así, pensamos que este ejercicio puede ayudar a orientarnos mejor en el entorno de la normativa ambiental y resultar útil para quiénes también intentan seguirle el ritmo.
Así que… ¡vamos allá!
1. Primero echamos una mirada atrás al 2025

El año 2025 ha estado marcado por un nuevo enfoque de la normativa de sostenibilidad en la UE, más orientado a garantizar la competitividad de las empresas y de la industria europeas y a reducir la carga administrativa. Lo que para algunos supone una simplificación necesaria, para otros representa un retroceso respecto al nivel de protección ambiental que aspiraba a alcanzar la legislación derivada del Pacto Verde.
En cualquier caso, cuando a finales de 2024 analizamos la normativa que se preveía aprobar en 2025, no imaginábamos el panorama que se avecinaba: una Brújula para la Competitividad (llamada a sustituir al Pacto Verde Europeo) y un Pacto Industrial Limpio, como nuevas hojas de ruta para el desarrollo normativo de los próximos años. A ello se suman ocho (de momento) “paquetes ómnibus” destinados a simplificar la legislación de la UE —en algunos casos, incluso antes de que dicha normativa llegara a aplicarse y carentes de las preceptivas evaluaciones de impacto, tal como ha señalado el Defensor del Pueblo Europeo—.
En este artículo tratamos de anticipar qué normativas se esperan para el próximo año 2026. Pero, teniendo en consideración el contexto que hemos descrito, debemos asumir que puede haber variaciones, pues atravesamos una etapa de gran volatilidad jurídica.
2. Reporte de información y diligencia debida

Antes de finalizar 2025, se espera la adopción formal del paquete normativo “Ómnibus I”, cuyo objetivo es simplificar la carga administrativa derivada de la Directiva sobre información de sostenibilidad corporativa (CSRD) y de la Directiva sobre diligencia debida (CSDDD). Una vez publicadas las modificaciones en el DOUE, España deberá proceder a su transposición al marco jurídico nacional.
A la espera de su adopción formal, el acuerdo alcanzado el 16 de diciembre entre el Consejo y el Parlamento establece las siguientes medidas:
- Directiva sobre información de sostenibilidad corporativa (CSRD)
- Se eleva el umbral de empleados a 1.000 y se excluyen las pymes cotizadas.
- Se establece un umbral de facturación de 450 millones €.
- Directiva sobre diligencia debida (CSDDD)
- Umbrales de 5.000 empleados y 1.500 millones € de facturación.
- Foco en áreas de la cadena con impactos adversos más probables.
- Información basada en datos razonablemente disponibles.
- Se elimina el plan de transición climática.
- Límite de sanciones del 3% de facturación neta mundial.
3. Reglamento de deforestación

Como pasó a finales del 2024, la recta final del presente año ha estado marcada por una gran incertidumbre jurídica en relación con el Reglamento de deforestación. En noviembre analizamos la postura del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la simplificación del Reglamento de la UE sobre deforestación (EUDR), anticipando las negociaciones entonces en curso. Finalmente, el 4 de diciembre, se alcanzó un acuerdo provisional entre el Parlamento Europeo y el Consejo. Este acuerdo confirma que el Reglamento retrasará su aplicación con carácter general para todas las empresas y que, además, en la primavera de 2026, se revisará de nuevo para valorar introducir más simplificaciones en esta norma.
De acuerdo con el texto acordado, el nuevo calendario de aplicación será:
- 30 de diciembre de 2026 para la generalidad de las empresas.
- 30 de junio de 2027 para micro y pequeñas empresas, otorgándoles 6 meses adicionales.
Además, el texto acordado contiene los siguientes cambios:
- Foco en el primer operador. La responsabilidad de la diligencia debida recaerá en el primer operador que introduce el producto en el mercado de la UE. Los operadores posteriores en la cadena de suministro sólo serán responsables de recopilar y conservar el número de referencia de la declaración inicial y de registrarse en el sistema de información de la UE.
- Se establece un nuevo marco de obligaciones para los “pequeños y micro operadores primarios” de países de bajo riesgo, que incluye una declaración simplificada única establecida en el Anexo III.
- La geolocalización de las parcelas de producción o de los establecimientos ganaderos podrá ser reemplazada por la dirección postal.
- Se excluyen del Anexo I, y por tanto del alcance del EUDR, los ‘Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas’ (código ex 49).
Se espera que el Parlamento vote este acuerdo en el pleno de la semana del 15 de diciembre de 2025 y que el Consejo (COREPER) lo apruebe antes de finalizar dicha semana. El objetivo es su publicación en el Diario Oficial de la UE (DOUE) antes de fin de año.
Por su parte, España deberá revisar el proyecto de ley aprobado este verano y dar curso a su tramitación, pues, entre otros aspectos, la normativa nacional será la que establezca las infracciones y sanciones aplicables respecto al incumplimiento de la normativa de deforestación.
4. Normativa relativa a las alegaciones ambientales

En el marco del Pacto Verde Europeo, la Comisión Europea ha avanzado significativamente en la protección de las personas consumidoras frente al greenwashing y en la mejora de la transparencia de las alegaciones ambientales:
- La Directiva (UE) 2024/825, conocida como Directiva de “greenwashing” o de “empoderamiento del consumidor para la transición ecológica”, ya ha sido aprobada y está en vigor (pendiente de su transposición en España). Esta norma refuerza la protección frente a prácticas comerciales engañosas, prohíbe declaraciones ambientales vagas o genéricas sin respaldo verificable y exige información clara sobre la durabilidad y reparabilidad de los productos antes de la compra.
- La Propuesta de Directiva sobre “Green Claims”, presentada en marzo de 2023 para complementar la Directiva 2024/825 mediante requisitos mínimos uniformes para alegaciones ambientales, aún se encuentra en suspenso. Aunque en junio de 2025 la Comisión expresó su intención de retirarla debido a las críticas recibidas sobre la carga que supondría para microempresas, la propuesta no ha sido formalmente retirada y sigue incluida en el Plan de trabajo de la Comisión para 2026.
En consecuencia, en 2026 se deberá clarificar el futuro de la Directiva sobre “Green Claims”: si será retirada formalmente, si se tramitará en sus términos actuales o si se modificará para simplificar su alcance y reducir cargas para las empresas, especialmente las de menor tamaño. Además, España deberá avanzar en la transposición de la “Directiva de greenwashing”.
5. Ley de consumo sostenible

En España, se ha comenzado a tramitar el proyecto de Ley de consumo sostenible. A través de esta norma se preveía incorporar al ordenamiento jurídico español las dos directivas relativas a las alegaciones ambientales (la Directiva de “greenwashing” y la propuesta de Directiva de “green claims”) así como la Directiva (UE) 2024/1799 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por la que se establecen normas comunes para promover la reparación de bienes y se modifican el Reglamento (UE) 2017/2394 y las Directivas (UE) 2019/771 y (UE) 2020/1828. En el año 2026, deberían producirse avances decisivos en la tramitación de esta nueva norma.
6. Nuevos residuos sometidos a un régimen de responsabilidad ampliada del productor (RAP)

Se encuentran en proceso de tramitación nuevas normativas que regularán la responsabilidad ampliada del productor (RAP) en el ámbito de los textiles y calzado, toallitas húmedas y globos, así como muebles y enseres. Además, de acuerdo con la Ley 7/2022, también deberá aprobarse una normativa reguladora de la RAP para las artes de pesca.
7. Normativa de envases

El Reglamento de envases de la Unión Europea debería comenzar a cumplirse, con carácter general, a partir de agosto de 2026, aunque algunas obligaciones disponen de plazos específicos (como la obligación de incorporación plástico reciclado en envases).
En España, será necesario adoptar un nuevo Real Decreto de envases, para alinear nuestra normativa con la de la Unión Europea (derogando las disposiciones que resultan incompatibles) y desarrollando aquellos aspectos que la norma comunitaria deja en manos de los Estados miembros.
Además, próximamente se espera que se publique por parte de la Comisión un documento de “Preguntas y respuestas frecuentes” y una guía que clarifique determinados aspectos del Reglamento, como las excepciones a los Sistemas de depósito, devolución y retorno, entre otros aspectos.
También se publicará en los próximos meses un acto delegado sobre las rotaciones mínimas de los envases reutilizables. Y, para facilitar el cumplimiento de los objetivos en materia de reutilización, se tramitará un acto delegado para contemplar exenciones para los objetivos de reutilización en el caso de determinados envases (embalaje de palés y flejes).
Otros aspectos que se abordarán será otorgar mayores flexibilidades para envases respecto a los cuales la higiene y la seguridad alimentaria dificulten cumplir los objetivos de reutilización.
Asimismo, la Comisión también ha iniciado la tramitación de un acto de ejecución para establecer un formato común para la inscripción y el reporte de información en los registros de productores de producto de los diferentes Estados miembros, incluyendo el nivel de detalle exigido y los tipos de envases y materiales a declarar, habiéndose anunciado que se tratará de reducir al máximo los requisitos de presentación de información. Con ello, se busca simplificar trámites, reducir costes administrativos y reforzar el buen funcionamiento del mercado único.
8. Propuesta para la actualización de la normativa de productos

Para el segundo trimestre de 2026, se espera la presentación por parte de la Comisión Europea de la propuesta legislativa para la modernización del marco normativo de productos.
Tras la convocatoria de datos y la evaluación de impacto iniciadas en agosto de 2025, la Comisión busca reformar las reglas actuales para alinearlas con la nueva realidad de la economía circular y, al mismo tiempo, corregir ineficiencias administrativas, en consonancia con la tendencia general de simplificación. Entre otros aspectos, esta normativa podría regular la implantación de los pasaportes digitales de producto para vehicular la información sobre los productos, e incorporar mecanismos de coordinación para garantizar respuestas más rápidas y coordinadas entre los Estados miembros respecto a los productos peligrosos o no conformes.
9. Propuesta de reglamento de contratación pública de la UE

En consonancia con el Pacto por una Industria Limpia, la Comisión Europea ha iniciado en diciembre de 2025 los trabajos preparatorios para una revisión integral de las normas de contratación pública de la UE. Esta propuesta buscará armonizar la actual fragmentación normativa y establecer un marco que permita a las autoridades públicas utilizar su poder de compra para fortalecer el mercado único y la competitividad europea frente a competidores globales.
La revisión pretende modernizar las Directivas de 2014, que se consideran ya insuficientes para el contexto geopolítico actual. La reforma persigue tres objetivos fundamentales:
- Simplificación y eficiencia: reducir la burocracia y los costes administrativos para facilitar el acceso de las PYMES a las licitaciones y crear un mercado digital de contratación más ágil.
- Seguridad económica (“Hecho en Europa”): incorporar criterios de resiliencia y autonomía estratégica para favorecer la industria europea en sectores clave, alineándose con el Pacto por una Industria Limpia.
- Uso estratégico: pasar de una visión puramente económica a una que integre objetivos de sostenibilidad (verde y social) e innovación de manera obligatoria o más efectiva.
El calendario orientativo de la Comisión fija para el segundo trimestre de 2026 la presentación oficial de la propuesta legislativa, una vez finalizado el periodo de consultas que se inició el pasado 3 de noviembre y que finalizará el 26 de enero de 2026.
10. Reglamento de economía circular

Para el tercer trimestre de 2026, la Comisión Europea tiene programada la presentación de una normativa europea sobre economía circular. Esta iniciativa, que tomará la forma de Reglamento para garantizar su aplicación directa y uniforme, responde a la necesidad urgente de fortalecer la autonomía estratégica de la UE reduciendo la dependencia de materias primas vírgenes importadas. La futura normativa parte del diagnóstico de que el mercado actual de materias primas secundarias está fragmentado y es poco competitivo.
Según lo indicado por la Comisión, esta propuesta establecerá normas más simples y armonizadas para actividades circulares transfronterizas y creará un mercado único para residuos y materiales reciclados. En particular, la norma buscará armonizar los criterios de “fin de la condición de residuo”.
Como fase preparatoria para esta legislación, la Comisión abrió una consulta pública y convocatoria de datos que comenzó en agosto de 2025 y finalizó el pasado mes de noviembre.
11. Ómnibus de simplificación ambiental

La Comisión acaba de presentar un “Ómnibus ambiental”, que incluye seis propuestas para modificar la normativa ambiental de la UE y reducir la carga administrativa. Estas propuestas incluyen modificaciones de la normativa de residuos (en relación con las bases de datos de sustancias peligrosas), de responsabilidad ampliada del productor (se pretende eliminar la obligación de contar con un representante autorizado en otros Estados miembros), de evaluación de impacto ambiental y de la normativa de emisiones industriales. Además, se anuncian nuevas propuestas que afectarían a la normativa de traslado de residuos, a las de responsabilidad ampliada del productor, y a la normativa de aguas. Así como una revisión de normativas como la Directiva de Hábitats y la de Aves.
En el 2026 deberíamos ver cómo avanzan todas estas propuestas.
12. Reglamento de la UE sobre Materiales Avanzados

Los materiales avanzados se consideran, según una definición de trabajo de la OCDE, como materiales que están «diseñados de manera racional para tener (i) propiedades nuevas o mejoradas y/o (ii) características estructurales específicas o mejoradas, con el objetivo de lograr un rendimiento funcional concreto o superior. Esto incluye tanto materiales manufacturados emergentes (materiales de alta tecnología) como materiales fabricados a partir de materiales tradicionales (materiales de baja tecnología)».
Ejemplos de materiales avanzados incluyen:
- aquellos de base biológica con mayor capacidad de aislamiento y circularidad,
- plásticos reforzados con fibra de carbono reciclables para palas de aerogeneradores o aplicaciones aeroespaciales,
- baterías basadas en sodio-ion con el potencial de evitar el uso de materias primas críticas como el litio,
- y recubrimientos de base biológica que sustituyen a las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS).
La Comisión Europea ha puesto en marcha los trabajos para una nueva Ley de Materiales Avanzados, iniciativa con la que la Comisión pretende garantizar la soberanía en la doble transición ecológica y digital, reduciendo dependencias críticas de terceros países.
Actualmente, se encuentra abierta una consulta pública que finaliza el 13 de enero de 2026. Los resultados de esta consulta serán determinantes para que la Comisión defina los problemas y las soluciones regulatorias antes de redactar el texto legal.
Según la hoja de ruta de la Comisión, el marco regulatorio se estructurará en torno a cuatro pilares específicos destinados a apoyar la innovación y el despliegue industrial. Entre éstos se encuentra incentivar la reutilización, remanufactura y reciclaje de materiales avanzados (apoyando tecnologías maduras de desmontaje y clasificación para cerrar el círculo productivo), así como la creación de espacios controlados de pruebas (regulatory sandboxes) y procedimientos de permisos simplificados (fast-track) para reducir el tiempo de llegada al mercado de estas innovaciones sin comprometer la seguridad.
Tras el cierre de la consulta en enero y la posterior evaluación de impacto, el calendario orientativo de la Comisión sitúa la adopción oficial de la propuesta de Reglamento para el cuarto trimestre de 2026.
13. Desarrollo de las obligaciones en relación con la destrucción de productos de consumo no vendidos

El Reglamento de Ecodiseño, en vigor desde julio de 2024, establece un marco clave para reducir el desperdicio de recursos y regular la gestión de productos de consumo no vendidos. Para 2026 se esperan desarrollos normativos relevantes en forma de actos delegados y actos de ejecución, que desarrollarán las nuevas obligaciones.
- Prohibición de destrucción de productos no vendidos
La prohibición de destruir (incluido reciclar) ropa, accesorios y calzado no vendidos será aplicable a grandes empresas desde julio de 2026 y a medianas desde 2030. Pero la definición de excepciones dependerá de un acto delegado aún pendiente de aprobación. Este acto delegado, sometido a consulta pública entre junio y agosto de 2025, será determinante para clarificar en qué casos se permitirá la destrucción y bajo qué condiciones.
- Transparencia obligatoria sobre productos no vendidos
Más allá de la prohibición de destrucción, el Reglamento impone a medianas y grandes empresas una obligación anual de información pública sobre los productos que desechan: cantidad, peso, motivos y vía de tratamiento. La Comisión debe adoptar un acto de ejecución que especificará cómo debe publicarse esta información (formato, nivel de detalle, medios de divulgación). Aunque la consulta pública finalizó en julio de 2025, el acto de ejecución aún no se ha aprobado formalmente y se espera su adopción a finales de 2025 o comienzos de 2026.
14. Reglamento de biotecnología para agilizar procesos industriales y regular mejor los permisos

La Estrategia de bioeconomía de la UE, publicada en diciembre de 2025, anunció la presentación de “Biotech Acts” (Leyes de Biotecnología). En este contexto, la Comisión presentó el pasado 16 de diciembre su propuesta de Reglamento, destinada a establecer permisos más rápidos (fast-track) y “sandboxes” regulatorios, esto es, espacios en los que se permitirá a las empresas probar tecnologías biobasadas novedosas aún no contempladas por la normativa vigente, con el fin de aprender cómo regularlas mejor y acelerar su llegada al mercado.



