El Consejo de la Unión Europea ha aprobado un nuevo reglamento que simplifica y refuerza el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés). La medida, integrada en el paquete legislativo de simplificación “Omnibus I”, tiene como objetivo principal reducir la carga regulatoria y los costes para las empresas, especialmente para las pymes.
Esta reforma busca optimizar el cumplimiento del CBAM, reduciendo la carga regulatoria y administrativa, así como los costos de cumplimiento, para las empresas de la UE, especialmente las pymes.
El CBAM, pieza central del Pacto Verde Europeo, entró en su fase inicial de transición en octubre de 2023. La experiencia adquirida desde entonces ha permitido a la Comisión y a los Estados miembros identificar áreas de mejora para hacer el sistema más eficiente y pragmático, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes).
Principales novedades del reglamento
La reforma no altera la estructura básica del CBAM, pero introduce simplificaciones importantes en su aplicación. A continuación, desglosamos los cambios más significativos:
- Nuevo umbral de importación. Se establece un umbral de masa de minimis, según el cual las importaciones de hasta 50 toneladas por importador al año no estarán sujetas a las normas del CBAM. Esta medida está diseñada para eximir principalmente a las pymes y a los particulares que importen cantidades pequeñas o insignificantes de mercancías cubiertas por el reglamento del CBAM. Es importante destacar que los sectores de la electricidad y el hidrógeno no se beneficiarán de esta exención.
- Flexibilidad en el registro de importadores. El 1 de enero de 2026 marca el inicio del período definitivo del CBAM, donde todas las obligaciones serán plenamente aplicables. Para evitar cuellos de botella y posibles interrupciones en las cadenas de suministro, el reglamento introduce medidas de flexibilización, permitiendo a los importadores que hayan solicitado su autorización como “declarante CBAM” antes del 31 de marzo de 2026 continuar importando mercancías mientras esperan la decisión de la autoridad competente.
- Simplificación de procedimientos. Se introducen medidas de simplificación para todos los importadores de mercancías CBAM en relación con el procedimiento de autorización, los procesos de recopilación de datos, el cálculo de emisiones, las normas de verificación y el cálculo de la responsabilidad financiera de los declarantes autorizados del CBAM.
- Se simplifica el cálculo de las emisiones para “bienes complejos” y se alinean los límites de los procesos de producción con los del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE.
- La obligación de verificar las emisiones por un tercero acreditado se aplicará únicamente a las emisiones reales. Cuando un importador utilice los valores por defecto proporcionados por la Comisión, no será necesaria esta verificación.
- Para facilitar la deducción del precio del carbono ya pagado en un tercer país, la Comisión establecerá y publicará precios de carbono por defecto anuales para diferentes países. Esto soluciona uno de los mayores retos para los importadores: la dificultad de obtener y certificar la información sobre los precios efectivos del carbono en el país de origen.
- Ajustes en sanciones y en la figura del representante aduanero indirecto. El reglamento incluye modificaciones en las disposiciones sobre sanciones y refuerza y clarifica el rol del representante aduanero indirecto. Respecto a esto último, se establece de forma explícita que deberán obtener el estatus de declarante autorizado del CBAM y, al hacerlo, asumirán todas las obligaciones del importador, incluyendo la presentación de la declaración y la entrega de los certificados. En caso de incumplimiento, serán ellos los sujetos a las sanciones.
Próximos pasos
El texto será publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea en los próximos días y entrará en vigor tres días después de su publicación.
El fin del periodo transitorio del CBAM se producirá el 31 de diciembre de 2025, iniciándose a partir de entonces el período definitivo en el que los importadores deberán presentar una declaración anual y adquirir certificados CBAM para cubrir las emisiones de sus productos, pagando el coste asociado.
🔗 Puedes consultar la nota oficial de prensa del Consejo aquí: Consilium Press Release