Hoja de Ruta hacia los Créditos de Naturaleza

El pasado 7 de julio la Comisión Europea publicó una nueva estrategia, la ‘Hoja de Ruta hacia los Créditos de Naturaleza’, con el objetivo de incentivar la inversión privada en acciones que protegen y restauran la naturaleza. Esta iniciativa pretende que, en un futuro, se pueda recompensar a aquellos actores, incluyendo empresas, instituciones financieras, entidades públicas y ciudadanos, que lleven a cabo actividades beneficiosas para los ecosistemas.

Créditos de Naturaleza: una nueva vía de financiación

La Comisión concibe los créditos de naturaleza como una herramienta destinada a financiar acciones positivas para la naturaleza, como la rehumidificación de turberas, la plantación de árboles y la agricultura sostenible y la agroforestería. Estas acciones, una vez realizadas, pueden ser valoradas y certificadas por organizaciones independientes, otorgando credibilidad a los inversores.

El propósito principal de estos créditos es movilizar capital privado que complemente la financiación pública existente en materia de biodiversidad, contribuyendo a cerrar el déficit de inversión ecológica actual. Para aquellos actores que llevan a cabo estas acciones positivas para la naturaleza, como podrían ser los propietarios de tierras, los créditos representan una oportunidad para generar nuevos ingresos, al tiempo que contribuyen a la restauración de los ecosistemas y a la resiliencia de sus actividades o negocios. Para los compradores o inversores en estos créditos, los beneficios incluyen ecosistemas más saludables, reducción de riesgos, mejora de la reputación y mayor aceptación social.

Confianza, calidad y transparencia: pilares del sistema

La Hoja de Ruta contempla el desarrollo de estándares claros y un marco de certificación fiable para estas acciones. La Comisión considera que este sistema de certificación es crucial para garantizar que las acciones de conservación y restauración de la naturaleza sean de calidad, transparentes y basadas en la ciencia, evitando así el “greenwashing” y asegurando la confianza del mercado. La certificación permitirá verificar que la intervención cumple los estándares acordados en cuanto a relevancia para la biodiversidad y buenas prácticas. Una vez certificada la acción y demostrados los resultados positivos para la naturaleza, se podrían emitir créditos para que sean adquiridos como unidades que representan estos resultados verificados.

Regulación de un mercado emergente

En particular, la Hoja de Ruta contempla tanto medidas con implicaciones normativas directas, como la posibilidad de crear nuevas normas más adelante:

  • Adopción de nuevas metodologías en el marco del Reglamento (UE) 2024/3012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre del 2024, por el que se establece un marco de certificación de la Unión para las absorciones permanentes de carbono, la carbonocultura y el almacenamiento de carbono en productos (CRCF, según sus siglas en inglés). La Hoja de Ruta incluye la acción para la adopción de las primeras metodologías o reglamentos de ejecución que definirán cómo se cuantifican y certifican las absorciones de carbono en el ámbito de la agricultura beneficiosa para la biodiversidad.
  • Alineación con la normativa existente. La iniciativa se construirá sobre la base de la normativa de la UE existente, como el Reglamento de restauración de la naturaleza, el CRCF, el Reglamento sobre divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros y el Reglamento de Taxonomía, entre otros.
  • Evaluación de la necesidad de nuevas medidas normativas. La Hoja de Ruta señala explícitamente que los primeros pasos (desarrollo de metodologías y marcos de gobernanza, estudios de mercado y pilotos) “mostrarán si es necesaria una acción normativa adicional a nivel de la UE”.
  • Desarrollo de marcos de gobernanza y criterios. El proceso de diseño de criterios y metodologías para los créditos de naturaleza (acciones previstas para mediados de 2026 y 2027) implicará establecer reglas claras para la certificación, el registro, la transferencia y la verificación. Estos elementos podrían, eventualmente, ser la base para futuras propuestas legislativas si se considera necesario un marco jurídico vinculante para garantizar la integridad y el funcionamiento del mercado.

Actualmente, la Comisión está consultando con los estados miembros y las partes interesadas para desarrollar este marco. Como parte de esta Hoja de Ruta, se prevé también la creación de un grupo de expertos sobre créditos de naturaleza (acción prevista antes de finalizar el año 2025) que proporcionará conocimientos y aportará ideas sobre los criterios, las metodologías y los marcos de gobernanza necesarios para un mercado de créditos de naturaleza robusto.

Es importante señalar que la iniciativa se basa en experiencias previas, incluyendo aquellas relacionadas con los mercados de carbono, tanto obligatorios como voluntarios. Por ello, es fundamental realizar una lectura de la Hoja de Ruta presentada teniendo en consideración que, a nivel estatal, disponemos de un reciente instrumento normativo relativo a la generación y venta de créditos de carbono, el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración  y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Esta norma estatal, aunque se encuentra todavía pendiente de ser desarrollada y concretada regula un mercado voluntario de créditos de carbono.

¿Hacia un nuevo mercado ambiental?

Aunque comparten puntos de conexión, la Hoja de Ruta de la UE sobre los créditos de naturaleza se concibe como un instrumento mucho más amplio que los mecanismos centrados exclusivamente en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero, como es el instrumento voluntario del Real Decreto 214/2015. Los créditos de naturaleza europeos valoran y fomentan una gama más amplia de acciones beneficiosas para el medio ambiente, lo que incluye la recuperación de la biodiversidad, la restauración de ecosistemas, la regeneración del suelo y del agua, y otros servicios ecosistémicos esenciales. A pesar de esta diferencia, la experiencia acumulada con los mecanismos de carbono resulta fundamental para el desarrollo europeo de los créditos de naturaleza. De hecho, la Comisión manifiesta en la Hoja de Ruta la voluntad de aprender y construir sobre la experiencia de estos mercados nacionales preexistentes.

Aunque el mercado de créditos de naturaleza se encuentra en una fase inicial, esta estrategia refleja la clara intención política europea de generar mecanismos que recompensen la gestión sostenible y la restauración de ecosistemas. Las iniciativas que preservan activamente la salud de los ecosistemas encajan perfectamente con esta visión, más holística que la simple absorción de CO₂.

En definitiva, esta Hoja de Ruta sienta las bases para crear un mercado donde la inversión privada en protección y restauración de la naturaleza sea reconocida y recompensada con seguridad jurídica y transparencia, abriendo, a pesar de su fase inicial, la puerta al aprovechamiento económico de la conservación de la naturaleza.

Más información:
Hoja de Ruta hacia los Créditos de Naturaleza
Nature Credits Roadmap to reward nature-positive action and boost private finance

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Índice

Tabla de contenidos

  1. Créditos de Naturaleza: una nueva vía de financiación
  2. Confianza, calidad y transparencia: pilares del sistema
  3. Regulación de un mercado emergente
  4. ¿Hacia un nuevo mercado ambiental?

La Comisión Europea propone un objetivo climático vinculante para 2040

La Comisión Europea ha presentado una propuesta para modificar el Reglamento (UE) 2021/1119, conocido como la Ley Europea del Clima. Esta propuesta legislativa tiene por objeto establecer un objetivo climático intermedio vinculante a escala de la Unión Europea para el año 2040. De esta manera cumple con el mandato establecido en la propia Ley Europea del Clima, que exige a la Comisión presentar dicha propuesta para avanzar hacia la neutralidad climática en 2050.

La propuesta establece que el objetivo climático vinculante de la Unión para 2040 consistirá en una reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (GEI) de un 90% en comparación con los niveles de 1990. Este objetivo se sitúa en la trayectoria necesaria para alcanzar la neutralidad climática en 2050, partiendo del objetivo de reducción de al menos el 55% de las emisiones netas para 2030 ya establecido en el Reglamento (UE) 2021/1119.

Este nuevo objetivo vinculante se basa en una evaluación de impacto detallada, el asesoramiento científico del Consejo científico consultivo europeo sobre cambio climático (ESABCC) y la Comunicación de la Comisión sobre el objetivo climático de la Unión para 2040.

El texto propuesto para el nuevo artículo 4, apartado 4, del Reglamento (UE) 2021/1119, describe los elementos clave que la Comisión considerará y reflejará en futuras propuestas legislativas para el marco posterior a 2030, con el fin de facilitar la consecución del objetivo de 2040. Estos elementos incluyen:

  • Una posible contribución limitada de créditos internacionales de alta calidad, adquiridos a partir de 2036, en virtud del artículo 6 del Acuerdo de París. Esta contribución se propone limitada al 3% de las emisiones netas de la Unión de 1990 para el cálculo del objetivo de 2040, y estaría sujeta a criterios y condiciones estrictas, sin ser aplicable para el cumplimiento en el marco del Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE). Se abre la puerta así, a que, bajo reglas estrictas y una limitación cuantitativa (3% de las emisiones de 1990), la Unión Europea pueda utilizar la adquisición de créditos de carbono generados en terceros países, conforme al Artículo 6 del Acuerdo de París, para conseguir a alcanzar su ambicioso objetivo climático de 2040.
  • El papel de las absorciones permanentes de carbono internas (como la captura y almacenamiento de carbono de origen biogénico y la captura directa de aire con almacenamiento) en el RCDE UE para compensar las emisiones residuales de los sectores con emisiones difíciles de reducir.
  • Una mayor flexibilidad intersectorial, de modo que las políticas climáticas post-2030 permitirán que los distintos sectores de la economía de la UE contribuyan a la meta de reducción del 90% de GEI para 2040 de una manera coordinada y costo-efectiva, reconociendo las diferencias en el potencial y costo de mitigación de cada sector.
  • Otras consideraciones como la eficiencia económica, el fomento de la competitividad de la industria de la Unión, la garantía de una transición justa, la seguridad del suministro energético, la acción por el clima como motor de inversión e innovación, y la necesidad de mantener y ampliar los sumideros naturales.

Esta propuesta busca proporcionar previsibilidad a los inversores, las empresas, las autoridades públicas y los ciudadanos sobre la senda de descarbonización de la UE, sirviendo como referencia para orientar las decisiones de inversión y las políticas futuras.

Los textos planteados para este Reglamento pasarán ahora al examen del Parlamento Europeo y el Consejo de la UE en el marco del procedimiento legislativo ordinario para su posible adopción. El objetivo de 2040, una vez adoptado, servirá de base para el desarrollo de la legislación climática y energética de la Unión Europea posterior a 2030.

Este gráfico ha sido elaborado por la Comisión Europea a partir de los datos de la evaluación de impacto de la propuesta para la fijación de un nuevo objetivo climático para 2040. A fin de cumplir el objetivo de neutralidad climática en 2050, el gráfico ofrece una visión de cómo deberían ser las reducciones de las emisiones en los sectores de uso del suelo, cambio de uso del suelo y silvicultura (LULUCF), residuos, agricultura, edificios, transporte, industria y suministro de energía.

Más información

Propuesta de Reglamento que modifica el Reglamento (UE) 2021/1119, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática

Comunicación de la Comisión sobre el objetivo climático de la Unión para 2040

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El Banco Central Europeo critica la propuesta de modificación de la CSRD y la CS3D

El Banco Central Europeo ha publicado un dictamen en el que valora las propuestas de modificación de la normativa sobre reporte de información corporativa en materia de sostenibilidad y diligencia debida.

Destacamos las siguientes críticas a las propuestas de la Comisión:

  • La reducción de aproximadamente el 80% del número de empresas sujetas a requisitos de presentación de información en materia de sostenibilidad podría limitar significativamente el acceso de los interesados a información importante, enmascarar el riesgo financiero relacionado con el clima o dejar fuera del alcance a emisores significativos, incluidas empresas de combustibles fósiles.
  • Se genera el riesgo de que las grandes empresas externalicen trabajo a fin de reducir artificialmente el número de empleados por debajo de ese umbral y así evitar presentar información en materia de sostenibilidad.
  • La presentación voluntaria de información supone un riesgo de blanqueo ecológico.
  • Las propuestas de modificación de la Directiva sobre diligencia debida en relación con los planes de transición pueden dar lugar a interprete que las empresas solo están obligadas a adoptar estos planes, pero no a ejecutarlos.

El Dictamen recomienda:

  • Que las empresas de 500 a 1.000 empleados sigan informando, pero con normas simplificadas y proporcionadas.
  • Que todas las entidades de crédito significativas sigan obligadas a informar, sin importar su número de empleados.
  • No cambiar los umbrales para las empresas de fuera de la UE para evitar una desventaja competitiva y la falta de datos.
  • No eliminar puntos de datos cruciales, especialmente sobre cambio climático (NEIS E1) y biodiversidad (NEIS E4).
  • Mantener la interoperabilidad con los estándares internacionales.
  • Publicar las guías sobre las verificaciones, pero, a continuación, también publicar normas vinculantes. Además, mantener la posibilidad de exigir una verificación más estricta en el futuro.
  • Mantener la elaboración de normas sectoriales o, al menos crear directrices sectoriales para poder comparar empresas del mismo sector.
  • Aclarar el texto en relación con los planes de transición para que no solo sea necesario adoptarlos, sino también ejecutarlos.
  • No excluir al sector financiero de la normativa de diligencia debida, pero otorgar un plazo más largo para la revisión de la normativa.

Accede al dictamen completo en el siguiente link: EUR-Lex – 52025AB0010 – EN – EUR-Lex

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Terraqui renueva su marca para seguir trabajando por el derecho ambiental

Terraqui renueva su imagen

En nuestra  intención constante de evolucionar y adaptarnos a las necesidades de nuestros clientes y del contexto ambiental actual y futuro, presentamos nuestra nueva marca. 

Una nueva marca que va más allá de una imagen diferente y es el resultado de un proceso de reflexión estratégico interno, hecho desde la colaboración, la honestidad, la autocrítica y el convencimiento de que la aportación al mundo del derecho ambiental puede ser aún más transformadora. 

La nueva marca de Terraqui es el reflejo de un equipo profesional con auténtica vocación por el derecho ambiental, consciente de la importancia de reflejar y comunicar cómo pensamos y trabajamos. 

En coherencia con el proceso estratégico que ha dado forma a nuestra nueva marca, también hemos repensado a fondo el lenguaje visual que nos representa. El diseño gráfico no es solo una cuestión estética: es una herramienta para comunicar mejor quiénes somos, cómo trabajamos y hacia dónde queremos ir.

Un logotipo con sentido

El nuevo símbolo de Terraqui no es un adorno, es una síntesis visual de lo que somos. Su forma circular evoca a la Tierra —en línea con nuestro nombre— pero también representa algo más profundo: el carácter ecosistémico de nuestro trabajoTodo está interconectado, todo influye y se transforma mutuamente. Este símbolo refuerza visualmente la idea de que trabajamos de manera sistémica, colaborativa y con visión estratégica.

Los colores que ahora nos identifican son una evolución natural de los que ya veníamos utilizando. No hemos partido de cero: hemos actualizado nuestra paleta para situarla en un contexto más actual, pero sin perder la continuidad con nuestra trayectoria. El amarillo ácido se combina para dar intención e intensidad a la marca.

Una nueva identidad creada en un proceso colaborativo con aliados clave

Así pues, os presentamos nuestra nueva marca y la imagen asociada con la voluntad de iniciar una etapa más proactiva que reafirma nuestro propósito: ser referentes en la creación de conocimiento para ayudar a entender la normativa ambiental y mejorar su aplicación; y ofrecer a nuestros clientes un asesoramiento especializado y riguroso, que les permita adoptar decisiones estratégicas ante los desafíos ambientales presentes y futuros.

Este trabajo de renovación de marca lo hemos realizado con un equipo externo compuesto por: AVV (Ana Villagordo Vegara, Alexis Rossell y Mylena Ferreira), que nos han acompañado en el codiseño de un plan de comunicación hecho a medida que ya estamos implementando, también con su acompañamiento. Todo el planteamiento de marca y gráfica lo ha trabajado Miguel Puerto Carrera (Anónimo Studio) y Leticia Ortín (Ara Estudio).

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Tabla de contenidos

  1. Terraqui renueva su imagen
  2. Un logotipo con sentido
  3. Una nueva identidad creada en un proceso colaborativo con aliados clave
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Otro síntoma de involución

La Vanguardia publica una columna de opinión de Christian Morron, complementando el artículo “Leyes a la carta para obras ilegales”, de Antonio Cerrillo.

La Vanguardia. 21/05/2014

En un contexto de crisis, la tentación de la clase política de ofrecer a la opinión pública “proyectos de país” para justificar una mejora de la economía choca, con demasiada frecuencia, con la obligación constitucional de los poderes públicos de utilizar de forma racional los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de las personas y de defender y restaurar el medio ambiente.

No son pocas las situaciones en que se aprueban leyes o planes urbanísticos a la carta para rebajar niveles de protección ambiental y permitir así la legalización o la autorización de obras y actividades declaradas ilegales por los tribunales.

Este criterio legislativo de “oportunidad” implica, por lo general, poner en manos privadas la explotación de recursos naturales de carácter público, para privatizar los beneficios en relación a su uso y externalizar a la sociedad y las generaciones futuras los costes que genera su impacto ambiental negativo. Este proceder impide, además, la aplicación del principio de que quien contamina paga.

Esta práctica parlamentaria de validación legislativa no sólo supone una clara interferencia del poder legislativo en el poder judicial, contraria al principio de división de poderes, sino también un efecto llamada hacia el incumplimiento de la legislación ambiental porque las sentencias, al final, no se ejecutan y, en definitiva, se da una discriminación respecto al resto de la ciudadanía que sí cumple la ley.

Ante esta situación, y en una línea jurisprudencial acorde con la exigencia constitucional de protección del medio ambiente, va tomando fuerza de forma incipiente en los tribunales el denominado principio de no regresividad ambiental. Según este principio, la normativa no debería ser modificada si esto implica un retroceso de los niveles de protección ambiental ya alcanzados.

Christian Morron
Abogado del despacho Terraqui, especializado en derecho ambiental

Las administraciones reforman la legislación para avalar proyectos rechazados por los jueces por su impacto social o ambiental .
“Leyes a la carta para obras ilegales”, Antonio Cerrillo. La Vanguardia. 21/05/2014
Podéis leer el artículo completo en lavanguardia.com

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