2021: un año para regenerarnos aplicando el derecho ambiental

2020 será un año que todos recordaremos. Un virus diminuto e invisible alteró nuestras vidas, cambió nuestros hábitos generando mucho dolor en muchas familias. Un año donde el planeta entero ha compartido un mismo miedo, preguntas parecidas independientemente del continente que habitemos. El virus nos ha hecho tomar consciencia de que, como especie, necesitamos de un hábitat sano y del resto de especies, tanto animales como vegetales, porque sin ello los seres humanos somos mucho más vulnerables.

Se ha puesto sobre la mesa lo que los científicos venían advirtiéndonos desde hace muchos años: sin un medio ambiente sano difícilmente tendremos una buena salud. Estas reflexiones también las integra el Pacto Verde de la UE.

En Terraqui, como en tantas otras organizaciones, aprendimos a trabajar de otro modo, cambiamos también algunas formas de comunicar, apostamos por seguir muy de cerca la actualidad jurídica ambiental y seguir “socializando” las nuevas normativas y propuestas legales, planificaciones, orientaciones, así como la jurisprudencia en materia ambiental que se ha desarrollado a lo largo de todo el año a través de nuestro blog y nuestras redes sociales.

Este año, las temáticas tratadas en los 45 artículos del blog de Terraqui han sido, fundamentalmente, sobre:

  • Normativas, estrategias y políticas relativas a la prevención y gestión de residuos, la responsabilidad ampliada del productor y la economía circular.
  • Seguimiento de políticas y normativas sobre residuos de otros países, especialmente de Francia y Alemania.
  • Análisis de sentencias a nivel europeo y estatal en materia ambiental.
  • Borradores y normativas sobre cambio climático.
  • Artículos puntuales sobre contaminación atmosférica, de aguas, y de grandes olvidados como los suelos y los polinizadores.
  • Planificaciones y estrategias europeas y estatales en materia de biodiversidad e infraestructura verde.
  • Consultas públicas de la UE en materia ambiental.
  • Seguimiento de aplicación de normativa ambiental y de normativa urbanística relacionada con aspectos ambientales.

El 26 de marzo de 2020, Christian Morron Lingl, abogado de Terraqui participó en la “Jornada precongresual sobre gestión preventiva y sostenibilidad: retos y oportunidades en la era global” organizada por la Fundación Internacional ORP y vinculada a la Universidad Politécnica de Cataluña, con una ponencia sobre: “La gestión de la prevención desde el derecho ambiental”. Un aspecto de la aplicación de la norma que entendemos que en los próximos años deberá estar más presente si queremos tender a un modelo económico regenerativo que proteja nuestra salud, en el que no haya personas ni lugares que se queden atrás, que disocie su crecimiento del uso de recursos, creando productos y servicios más sostenibles, y que proteja el medio ambiente y preserve la biodiversidad.

Nos sentimos muy afortunados de seguir trabajando para iniciativas que quieren o ya están desarrollando, mediante su actividad, la economía circular y la mitigación de su impacto climático.

Desearles unas buenas fiestas y un 2021 lleno de salud.

Alexandra Farbiarz Mas

Terraqui

Entrevista en vídeo con Christian Morron Lingl en la revista “Enviropres”

 

La semana pasada, Christian Morron Lingl, abogado fundador de Terraqui, hizo una entrevista para la revista “Reciclaje y gestión de residuos” del grupo Interempresas. En ella respondió a las 3 preguntas siguientes, relativas al derecho ambiental y al ejercicio profesional que llevamos a cabo desde el despacho Terraqui:

  1. Con la dilatada experiencia de Terraqui en derecho ambiental, ¿cómo describiría la evolución del papel del abogado en el ámbito ambiental en la última década?
  2. De todos los sectores y materias ambientales en los que ustedes ofrecen asistencia técnica, ¿Cuál es la más demandada por las empresas y administraciones?
  3. ¿Cree que existe una conciencia social en materia de derecho ambiental o todavía queda camino por recorrer?

En este enlace a la entrevista de la revista, en su versión digital, podréis encontrar las respuestas.

Alexandra Farbiarz Mas

20 medidas para lograr productos más duraderos y reparables en la UE

Esta propuesta llega justo después de que la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor del Parlamento Europeo presentara un informe, el pasado 3 de noviembre, llamado “Hacia un mercado único más sostenible para las empresas y los consumidores” que contiene un apartado específico sobre la lucha contra la obsolescencia programada.

En este sentido, en Terraqui publicamos en 2017 un post titulado “La oficina federal alemana insta a desarrollar estrategias para frenar la obsolescencia” en el que ya se proponían estrategias para abordar la obsolescencia programada.

“Halte à l’obsolescence” (Hop) es una entidad del tercer sector especializada en la denuncia y desarrollo de propuestas y medidas para frenar y acabar con la obsolescencia programada. En su libro blanco reconoce 3 tipos de obsolescencia: la obsolescencia técnica, la obsolescencia estética y la obsolescencia por programación propone la adopción de 20 medidas, dividas en 3 grandes bloques, que reproducimos a continuación:

20 medidas para la durabilidad de los productos en Europa
Parte I. Diseño duradero: cambiar la forma en que se hacen los productos.

Ampliación de las medidas de ecodiseño para fomentar una mejor producción.

1.       Fortalecer y ampliar las normativas de Ecodiseño.

Fortalecer las medidas de diseño ecológico existentes para promover la existencia de reparadores independientes y voluntarios, así como para que los ciudadanos puedan repararlos por sí mismos, dándoles acceso a piezas de repuesto e información sobre la reparación.

–  Incluir más disposiciones sobre la capacidad de reparación y la durabilidad de los productos. Esto podría hacerse exigiendo baterías que sean fácilmente reemplazables o que impidan el uso de partes pegadas o soldadas (intencionalmente irreparables).

– Extender las regulaciones de Ecodiseño a otros grupos de productos, como los teléfonos inteligentes o los ordenadores portátiles, textiles o muebles.

2.       Limitar la obsolescencia del software para mejorar la durabilidad de la electrónica.

– Modificar la Directiva 2019/771, relativa a los contratos de compraventa de bienes, para crear una garantía legal sobre la conformidad de los programas informáticos durante un periodo de tiempo de, al menos, 8 años después de su compra.

– Incluir en todas las normativas de Ecodiseño de productos que utilicen software la obligación de los fabricantes de proporcionar, por separado, actualizaciones correctivas y funcionales y para dar advertencias de rendimiento en nuevas actualizaciones antes de la instalación.

– Permitir la desinstalación de cualquier actualización perturbadora.

– Hacer que el código fuente del software esté disponible cuando el soporte técnico o las actualizaciones de seguridad cesen, para permitir la reparación continua de los dispositivos más allá de la intención del fabricante.

3.       Establecer requisitos mínimos de durabilidad en el sector de la construcción.

– Introducir requisitos de durabilidad para la industria de la construcción en el Reglamento de Productos de Construcción.   

4.       Guiar la contratación pública e inversiones europeas hacia proyectos sostenibles.

– Incluir en los criterios de contratación pública verde y en todas las leyes europeas de contratación pública la obligación de las autoridades de integrar un mínimo de un 25% de productos restaurados y de segunda mano, un 25% productos con diseño ecológico y un 20% productos alquilados en sus compras anuales para 2030, y progresivamente aumentar estas proporciones.

– Reforzar el interés de la compra de bienes de segunda mano en documentos informativos para los Estamos miembros,  como el manual “Buying Green  

– Dar prioridad a las empresas que cooperan en la economía circular y se centran en la durabilidad de los productos en el programa InvestEU (2021-2027), así como tener en cuenta la reparación, la reutilización y la durabilidad en inversiones económicas y planes de recuperación.

– Dirigir la financiación de la investigación hacia la exploración de modelos comerciales sostenibles y de colaboración.

Poner fin a la obsolescencia programada.

5.       Ayudar a los Estados Miembros a poner fin a la obsolescencia prematura.

-Poner la obsolescencia prematura en la lista negra del primer anexo de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales de 2005  con la siguiente definición: “Participar en prácticas que tienen como objetivo acortar la vida útil esperada de un producto y estimular la compra de un nuevo producto, ya sea mediante la fabricación de un producto intencionalmente imposible de reparar (a través de medios materiales o de software), o recurriendo a medios técnicos, indirectos, software o prácticas de comercialización”. Asimismo, debe asegurarse que los procedimientos legales contemplan que es responsabilidad del productor probar la ausencia de obsolescencia prematura.

– Revisar el documento de orientación para la aplicación de esta Directiva e incluir indicaciones sobre obsolescencia prematura y sus sanciones, tal como ha sucedido en los litigios de Italia y Francia.

6.       Proteger a los denunciantes y reforzar el apoyo de los consumidores.

– Ampliar el procedimiento de alerta relativo al diseño de productos en el artículo 2 de la Directiva 2019/1937 sobre la protección de las personas que denuncian infracciones del derecho de la Unión.

– Permitir que los denunciantes revelen secretos comerciales cuando representen una práctica comercial desleal como la obsolescencia prematura en la Directiva 2016/943.

Transformar la publicidad hacia la sostenibilidad.

7.       Introducir las nociones de reparabilidad y durabilidad en el marco legal de la publicidad.

Incorporar la obligación del sector de la publicidad de respetar los principios de durabilidad y reparabilidad en la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales de 2018/1808.

8.       Prohibir la publicidad que promueve comportamientos dañinos hacia el medio ambiente.

-Clarificar el artículo 9 de la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales de 2018/1808 para asegurar que la publicidad no promueva la destrucción o el abandono de productos funcionales.

– Al mencionar el final de la vida útil de los productos manufacturados, incluir la obligación de los anunciantes de mencionar la reparación, la reutilización y, más en general, la segunda vida de los productos y las oportunidades del reciclaje.

– Investigar la oportunidad de aplicar cuotas mínimas para los anuncios de productos de diseño ecológico, de segunda mano o productos alquilados, así como servicios de reparación y, más en general, de consumo sostenible.

– Financiar experimentos sobre el comportamiento del consumidor a gran escala en relación con la inclusión en el contenido publicitario de nuevos productos manufacturados de información sobre el impacto ambiental de la compra de nuevos productos, o para promover un uso más prolongado de los productos.

– Cuando sea posible, imponer la señalización de indicadores ambientales en la publicidad (como un sistema de puntuación de la reparación).

– Regular las reivindicaciones ecológicas en la publicidad y la comercialización para evitar el “greenwashing” prohibiendo aquellas prácticas publicitarias y comerciales que minimicen el impacto de un producto en el medio ambiente (como lo recoge la ley francesa de 2020).

9.       Crear un impuesto ecológico sobre la publicidad para promover un mejor consumo.

–    Introducir una Directiva de la Unión Europea sobre el impuesto a la publicidad, a fin de compensar las externalidades negativas resultantes del aumento del consumo.

Parte II. Elegir conscientemente y bien informados: permitir a los ciudadanos encontrar productos duraderos y reparables.

Crear herramientas esenciales para ayudar a los consumidores a elegir de manera responsable.

10.   Introducir sistemas de puntuación de reparabilidad y durabilidad obligatorios.

Iniciar la tramitación de una Directiva de Información al Consumidor, que incluya una puntuación de reparabilidad siguiendo el sistema francés e imitando la Etiqueta de Energía. En particular, el sistema de puntuación de reparación debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

1.        Como criterio clave, debe tenerse en cuenta el precio de los repuestos, dado que el coste es el principal factor disuasorio de la reparación; los consumidores a menudo renuncian a la reparación cuando el coste de los recambios es superior al 30% del coste del nuevo producto. Para ello, la UE podría seguir la metodología empleada por Francia para calcular el precio relativo de repuestos.

2.        Debe asegurarse la transparencia del sistema de puntuación y de resultados, como requisitos esenciales del sistema: como es probable que las puntuaciones se declaren por los propios fabricantes, los consumidores deben tener acceso a los factores que contribuyen al cálculo de la puntuación para poder verificar lo que ha sido anunciado por los fabricantes.

3.        El sistema de puntuación también debe aplicarse las ventas por internet de productos, a fin de fomentar la competencia leal entre los actores del comercio electrónico.

4.        Debe incluirse un calendario vinculante y claro para las diferentes puntuaciones (por ejemplo, una puntuación sobre reparación que se convierta en obligatoria en 2022 y una sobre durabilidad en 2024).

5.        Debe encargarse una investigación al Joint Research Centre sobre la viabilidad de un sistema de puntuación de la durabilidad, comparando los distintos métodos voluntarios que existen hoy en Europa.

11.   Informar a los consumidores sobre la disponibilidad de piezas de repuesto.

-Introducir en la Directiva sobre residuos 2008/98/CE  la obligación de los minoristas de informar a los consumidores sobre la duración de la disponibilidad de las piezas de repuesto de todos los productos eléctricos y electrónicos. Esta información debe ser clara y visible en el punto de venta, ya sea en línea o físicamente, debe especificar la duración de la disponibilidad de las piezas de repuesto, en caso de que no haya repuestos disponibles o si el minorista no tiene acceso a la información, se debe indicar claramente que no hay piezas de repuesto disponibles y deben aplicarse sanciones elevadas en caso de declaraciones engañosas o falsas.

El medidor de uso: una poderosa palanca para mejorar el mantenimiento, la durabilidad y la reutilización.

12.   Introducir un medidor de uso en varios productos.

Incluir en el reglamento transversal de Ecodiseño un medidor de uso obligatorio en ciertos productos. Alternativamente, podría procederse a la introducción progresiva del medidor de uso en la parte de la Directiva de 2012 relativa a los residuos electrónicos dedicada a la prevención. En cuanto a su ámbito de aplicación, las lavadoras, lavavajillas, televisores y ordenadores portátiles podrían ser el primer objetivo, con el fin de extender progresivamente los medidores de uso a todos los productos electrónicos pertinentes. Asimismo, los medidores de uso deberían resultar obligatorios en los puntos de venta de productos de segunda mano.

Mejorar la conciencia y la protección de los consumidores en cuanto a la durabilidad

13.   Protección de los consumidores y del medio ambiente mediante el fortalecimiento de las garantías jurídicas.

Realizar un estudio en toda la UE sobre las garantías jurídicas en relación con la vida útil del producto. Este estudio debería evaluar el estado de la aplicación de las garantías legales en Europa e investigar los vínculos entre las garantías legales y la durabilidad. También podría analizar el impacto socioeconómico de contemplar garantías más largas en el sector de la reparación en varios países europeos, para hacer recomendaciones de futuras políticas.

– Reforzar la información sobre las garantías asegurando, como en Francia, que todas las facturas y recibos mencionen los 2 años de garantía legal que se contemplan en virtud de la normativa europea.

– Ampliar la inversión de la carga de la prueba a dos años, lo que significa que, durante este tiempo, es el vendedor, y no el consumidor, quien tiene que probar que el bien no estaba defectuoso en el momento de la compra.

– Asegurar que los consumidores pueden beneficiarse de las garantías legales incluso aunque ya no tengan su recibo, confiando en los datos del vendedor minorista o de los datos bancarios personales del consumidor.

– Investigar formas de hacer a los fabricantes financieramente responsables por los costes asociados a las garantías legales, a fin de darles un incentivo concreto para diseñar de forma más duradera.

– Insistir en aplicar las sanciones contempladas en la Directiva de compraventa de bienes, para garantizar la aplicación de esta garantía, y asegurarse de que los mercados extranjeros también se vean obligados a cumplir estas obligaciones.

– Dar prioridad a la reparación sobre el reemplazo en la Directiva de compraventa de bienes, de manera que el reemplazo de productos solo debe ser aceptable cuando la reparación es imposible o demasiado cara.

– Reproducir las medidas francesas que incentivan la reparación prorrogando automáticamente la garantía legal por seis meses cuando se repara un producto defectuoso en lugar de proceder a su reemplazo. Se considera que esto también fomentaría una mayor confianza en los servicios de reparación.

– Crear una garantía legal de seis meses en los servicios de reparación y una garantía legal de un año en los productos de segunda mano.

– Considerar la posibilidad de prohibir el uso de la palabra “garantía” cuando se refiere a “garantías comerciales” para no crear confusión sobre los diferentes tipos de garantías, usando la palabra “seguro” en su lugar.

14.   Fomentar que se compartan los electrodomésticos.

– Alentar a los inversores inmobiliarios y arquitectos a poner en común los grandes electrodomésticos en los edificios mediante la publicación de directrices.

– Dirigir los fondos y las adquisiciones europeas hacia estos modelos de intercambio.

– Hacer obligatorio que los promotores de viviendas proporcionen servicios compartidos entre los inquilinos cuando sea posible en los edificios nuevos.

15.   Crear un Día Europeo de la Durabilidad.

–    Establecer un Día Europeo sobre el consumo sostenible, la durabilidad y la capacidad de reparación para estimular y difundir iniciativas, siguiendo el modelo del Día Europeo de las Lenguas.

Parte III. Hacer que la reparación y la reutilización sean accesibles a todos los europeos.

Eliminar los principales obstáculos para la reparación.

16.   Permitir que los Estados Miembros reduzcan los tipos de IVA en la reparación, la reutilización y la renovación.

– Modificar la Directiva 2006/112/CE sobre el IVA para imponer un tipo de IVA del 5,5% a las actividades de reparación, reutilización y renovación.

– Permitir a los Estados miembros adaptar los tipos de IVA de los productos, por ejemplo, para favorecer los productos de diseño ecológico o reparables.

17.   Hacer que la reparación sea más barata creando fondos europeos para la reutilización y reparación.

– Introducir fondos europeos de reparación y reutilización, siguiendo el modelo de la ley francesa de 2020 contra los desechos, en una nueva Directiva sobre reparación y reutilización.

– Revisar la Directiva Marco de Residuos de 2008 para establecer objetivos ambiciosos en materia de reparación, renovación y reutilización en el marco de los planes de responsabilidad ampliada del productor a nivel europeo.

Los europeos deberían tener derecho a reparar.

18.   Poner a disposición de todos, piezas de repuesto e información sobre la reparación.

– Ampliar la regulación sobre el diseño ecológico para introducir la obligación de disponer de piezas de repuesto para todos los dispositivos electrónicos, con duraciones específicas y ambiciosas para cada categoría de productos.

Establecer un plazo máximo de 10 días hábiles para la entrega de piezas de repuesto para garantizar un plazo de reparación razonable.

– Introducir obligaciones para que los productores proporcionen información sobre las reparaciones y herramientas comunes a todos, incluyendo reparadores independientes y para los ciudadanos en la regulación sobre el Ecodiseño.

– Financiar una única base de datos europea que recoja todos los talleres de reparación, incluidos los independientes y las reparaciones llevadas a cabo por voluntarios.

19.   Fomentar las piezas de repuesto a petición.

Reformar la ley de propiedad intelectual para introducir la obligación de que los productores que dejen de suministrar repuestos publiquen sus plantillas para su impresión en 3D.

20.   Fomentar la reparación con piezas de segunda mano.

Cuando se disponga de esas piezas, introducir la obligación de que los reparadores electrónicos y de automóviles utilicen piezas de repuesto de segunda mano.

– Financiar operaciones de recogida para que los reparadores tengan acceso a esas piezas.

 

¿En qué punto se encuentra actualmente la UE?

En su Plan de Acción Circular presentado en marzo de este año, la Comisión Europea indica que, “Como parte de esta iniciativa legislativa y, según proceda, mediante propuestas legislativas complementarias, la Comisión estudiará la posibilidad de establecer principios de sostenibilidad y otros medios adecuados para regular los siguientes aspectos:

  • mejorar la durabilidad, reutilizabilidad, actualizabilidad y reparabilidad de los productos, abordar la presencia en ellos de sustancias químicas peligrosas e intensificar su eficiencia en cuanto al uso de energía y de recursos;
  • aumentar el contenido reciclado de los productos sin menoscabo de su rendimiento y su seguridad;
  • posibilitar la refabricación y el reciclado de alta calidad;
  • reducir la huella de carbono y la huella ecológica;
  • limitar el uso de productos de un solo uso y contrarrestar la obsolescencia prematura;
  • prohibir la destrucción de los bienes duraderos que no hayan sido vendidos;
  • incentivar los «productos como servicios» u otros modelos similares en los que los productores conservan la propiedad del producto o la responsabilidad por su rendimiento a lo largo de su ciclo de vida;
  • movilizar el potencial de digitalización de la información sobre productos, incorporando soluciones como pasaportes, etiquetado y marcas de agua digitales;
  • recompensar a los productos con arreglo a sus diferentes resultados en materia de sostenibilidad, por ejemplo, vinculando las prestaciones de alto nivel a los incentivos.

Se otorgará prioridad a los grupos de productos identificados en las cadenas de valor que figuran en el presente Plan de acción, como la electrónica, las TIC y los productos textiles, pero también al mobiliario y a los productos intermedios de alta resistencia como el acero, el cemento y los productos químicos. Se identificarán otros grupos de productos en función de su impacto ambiental y su potencial para la circularidad.”

Siguiendo el mandato del Nuevo Paquete de Economía Circular, la Comisión, en 2019 actualizó las nuevas etiquetas de eficiencia energética en la que, además de actualizar criterios de eficiencia energética, también introduce la reparabilidad como objetivo en los futuros reglamentos sobre ecodiseño, que deben entrar en vigor en 2021.

Conclusiones

Las medidas sobre ecodiseño son importantes para la durabilidad pero también porque, para la mayoría de los productos, el diseño y fabricación representa la mayor parte de su impacto ambiental a lo largo de su ciclo de vida: como admite la Comisión Europea, en el Nuevo Plan de acción para la economía circular por una Europa más limpia y más competitiva (COM/2020/98 final, página 3) puede llegar a representar hasta un 80% de su impacto ambiental.  Así pues, incidir en el ecodiseño puede permitir aligerar la carga de la mochila ecológica de los productos y, a su vez, avanzar en soluciones de reparación y reparabilidad cuando se concibe un producto.

Por otro lado, el derecho a la reparabilidad se demanda cada vez más entre los consumidores, como lo atestigua, por ejemplo, esta petición de ciudadanos italianos:  “Garantizar el derecho a la reparabilidad en el paquete de economía circular en Europa”  y que ha recogido más de 102.000 firmas.

Las propuestas planteadas por Hop implican la modificación o creación de múltiples y diversas normativas que no se circunscriben solo al derecho ambiental, sino, como se ha mencionado, también al derecho mercantil, al derecho de competencia, al derecho aplicado sobre la publicidad o sobre los medios audiovisuales, por ejemplo. En realidad, estas propuestas implican una nueva óptica en el ámbito de la producción, distribución y consumo de bienes, en línea con el cambio sistémico que conlleva la transición hacia una economía circular.

 

 

 

Alexandra Farbiarz Mas

Los suelos: asignatura pendiente en la política climática de la UE

En su documento “Integración del suelo en la política climática de la UE”, el IEEP deja clara la importancia de los suelos para contribuir a los objetivos de reducción de emisiones de aquí al 2030 y de neutralidad climática para 2050.

Los suelos representan el mayor almacén de carbono terrestre en el planeta: contienen 2.500 giga toneladas de carbono, más de tres veces la cantidad de carbono en la atmósfera y cuatro veces la cantidad almacenada en plantas y animales. A su vez:

  • Los suelos eliminan aproximadamente el 25% del carbono equivalente emitido por el uso de combustibles fósiles en el mundo cada año.
  • Los sectores agrícola y forestal son claves para la eliminación de carbono de la atmósfera mediante la captura y almacenamiento en los suelos y en la biomasa. Además, contribuye a la salud de las funciones del suelo y a la producción de productos básicos para nuestra alimentación y para muchos servicios que producen los ecosistemas.
  • El contenido de carbono de los sistemas de cultivo puede ser deficiente, pero las tierras cultivables también representan la oportunidad más importante para aumentar el secuestro de carbono.
  • Si bien los pastizales o herbazales son un sumidero neto de carbono, se estima que eliminan hasta 80 Millones de toneladas (Mt) de carbono en la UE; los campos de cultivo y los pastizales de la UE son fuentes de emisiones netas, liberando alrededor de 75,3Mt de CO2 en 2017. Más concretamente, sólo un 1% de la superficie de tierras de cultivos se desarrolla sobre suelos orgánicos, pero representan el 55% del total de las emisiones de los suelos de las tierras de cultivo. Respecto a las tierras de pasto, el 3% de la superficie cubierta por suelos orgánicos están emitiendo tanto carbono como el 97% de la superficie de pastos de los suelos minerales que están secuestrando carbono.

Es por ello que el IEEP entiende que, habida cuenta que la UE quiere lograr la neutralidad climática en 2050, y que la Comisión ha propuesto el objetivo de reducción del 55% para 2030 respecto a los niveles de 1998, es importante realizar urgentemente la transición de los suelos cultivables como emisores netos a sumideros netos de carbono, lo que podría representar un cambio significativo en las emisiones netas, a cuyos efectos se deberían adoptar:

  • Medidas para aumentar la retención de carbono.
  • Medidas para reducir la pérdida de carbono.

¿Pero cómo llevarlo a cabo?

  1. Preservar lo que tenemos evitando pérdidas, especialmente las grandes reservas de turba y otros suelos con un alto contenido orgánico. Las mayores emisiones de CO2 de los suelos son el resultado del drenaje de los suelos orgánicos. Los factores locales, como los ecosistemas y los factores meteorológicos, tienen un impacto significativo en el carbono orgánico del suelo, lo que significa que las decisiones políticas para mejorar la materia orgánica del suelo deben tomarse a nivel nacional y subnacional, en particular cuando se decide el cambio de uso de la tierra o la forestación. Las iniciativas para preservar los bosques antiguos y los suelos que contienen son particularmente importantes. Por otro lado, también es muy importante evitar la ocupación de suelo innecesaria en los entornos urbanos mediante el reciclado y la densificación del suelo.
  2. Aumentar el secuestro de carbono en donde sea factible. Aumentar las prácticas agrícolas conocidas y probadas que pueden mejorar significativamente la retención de carbono en los suelos, como los cultivos de cobertura, la rotación de cultivos diversificado, los métodos de labranza con un mínimo de perturbación del suelo, la agricultura orgánica, la agrosilvicultura y el uso de más materia orgánica en el suelo. También el cierre de los ciclos de los nutrientes es importante porque además significa reducir la demanda de insumos de fuentes finitas y de alto consumo energético. La agrosilvicultura también puede contribuir, por ejemplo, añadiendo capacidad fotosintética adicional a la tierra y proporcionar beneficios y sinergias ambientales, por ejemplo, evitar la erosión, mejorar la biodiversidad, almacenar carbono y regular el agua.
  3. Adaptación para mejorar los sumideros de carbono. La buena calidad de los suelos y las prácticas sostenibles de gestión del suelo son muy importantes para la adaptación climática. La estructura de los suelos sanos ayuda a absorber el agua, reduciendo las inundaciones y conservando el agua durante las sequías. Los sistemas radiculares de las plantas sanas contribuyen a la absorción de agua y a la reducción de la escorrentía en las cuencas hidrográficas. La erosión es una gran amenaza para la agricultura y los ecosistemas sanos, por lo que su prevención es una prioridad fundamental para la adaptación. El pastoreo adaptativo multiparcela (AMP) como, por ejemplo, de cultivos de cobertura, la limitación de la labranza y la gestión del pastoreo, son igualmente útiles para la adaptación al clima.
  4. Vigilancia para seguir los progresos y comprender los cambios. La acción normativa en la esfera de los suelos adolece de un problema de datos incompletos e insuficientes sobre la calidad de los suelos y, en particular, de su vinculación con las prácticas de ordenación agrícola. Además, la respuesta de la vigilancia suele ser lenta. Esto es así, en parte, por el hecho de que los suelos responden con relativa lentitud a los cambios de su gestión, especialmente en lo que respecta al secuestro de carbono. Sin embargo, existen nuevas técnicas de vigilancia y evaluación de los suelos agrarios que podrían desplegarse como parte de la arquitectura de las políticas de la UE y de los Estados miembros, y que podrían mejorar notablemente la situación, especialmente si se vinculan sistemáticamente a la comprensión de las prácticas de gestión agrícola que se están desplegando.
  5. ¿Distinguir entre emisiones negativas, sumideros y reducción de emisiones? La dependencia de los sumideros de carbono por sí sola para controlar el cambio climático o compensar a otros sectores, no es suficiente porque su impacto puede invertirse rápidamente. Por consiguiente, las políticas para mantener y aumentar los sumideros existentes deben diseñarse teniendo en cuenta la vulnerabilidad de esos sumideros en el uso de las tierras agrícolas. La claridad entre los objetivos de reducción de las emisiones y la absorción de carbono podría contribuir a fomentar políticas climáticas más activas en relación con el suelo y a fomentar los esfuerzos de mantenimiento. Esto ayudaría a diseñar políticas específicas para cumplir cada uno de los dos objetivos y aumentar la transparencia y la eficacia.
  6. Objetivo claro. Debería fijarse una fecha límite para que los suelos agrícolas se conviertan en un sumidero neto de carbono en la UE. Este objetivo debe reflejar el objetivo general de la neutralidad climática para 2050. Para cumplir los objetivos del Acuerdo de París, los suelos agrícolas europeos deberían convertirse en un sumidero de carbono lo antes posible.

Suelo y clima: marco estratégico político y normativo para avanzar en los objetivos climáticos de la UE

Actualmente, Reglamento LU-LUCF , Reglamento (UE) 2018/841 de 30 de mayo de 2018 sobre la inclusión de las emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero resultantes del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura en el marco de actuación en materia de clima y energía hasta 2030, exige que el sector agrícola y forestal contribuya al objetivo de reducción de emisiones de la UE para 2030, mediante la norma de “no débito”, que requiere que las emisiones contabilizadas por el uso de la tierra se compensen en su totalidad con una eliminación equivalente de CO₂ de la atmósfera mediante la adopción de medidas en el sector.

La arquitectura de la política climática y la estrategia de la UE deben establecer un marco claro para mejorar el uso de los suelos como sumidero de carbono. Esto es necesario ahora para permitir que comiencen los cambios a largo plazo. En la actualidad, la UE no dispone de un marco jurídico sólido para la política de suelos, pero la nueva estrategia de la UE en materia de biodiversidad   exige una revisión de la Estrategia temática para la protección del suelo e incluye una propuesta de objetivos de la UE en materia de restauración de la naturaleza, en las que se podría dar prioridad a la función de los suelos a efectos de la ambición climática como de la protección de la naturaleza.

La política climática de la UE se enmarca principalmente en la Ley del clima y en el Reglamento de la Unión Energética. Los planes nacionales de energía y clima (PNEC) son los instrumentos centrales de la reglamentación de la gobernanza, que se aplican a todos los sectores de la economía, incluidos los sectores agrícolas y del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura (UTCUTS). Están diseñados para establecer objetivos nacionales y políticas y medidas correspondientes para cumplir los objetivos de reducción de los gases de efecto invernadero durante un período de diez años (2021-2030). Los PNEC son, pues, documentos cruciales que establecen la dirección de la política y proporcionan los detalles prácticos de la forma en que los países se proponen alcanzar sus objetivos climáticos para 2030.  A su vez, debe haber un claro vínculo entre los PNEC y los planes estratégicos de la Política Agraria Común (PAC) para garantizar una coordinación y aplicación eficaces.

Y ¿ qué proponen los PNEC de distintos países de Europa respecto a los suelos? Veamos algunos ejemplos:

PaísObjetivos y Propuestas sobre el suelo de los PNEC
España
  • Objetivos de política de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la agricultura con una serie de políticas basadas en el suelo.
  • Objetivos separados para mejorar los sumideros agrícolas y para mejorar los sumideros forestales, incluso mediante medidas relacionadas con el suelo. Se exponen detalladamente estrategias, políticas y medidas como la “Prevención de incendios forestales, incluso con el objetivo de proteger el carbono del suelo”, la “Restauración hidrológico-forestal en zonas de alto riesgo de erosión”, la “Promoción de la rotación de cultivos agrícolas en tierras de secano”, una estrategia nacional de lucha contra la desertificación y la elaboración y puesta en práctica del Inventario Nacional de Suelos.
Alemania
  • Objetivos: intensificación del potencial de almacenamiento de carbono del suelo, enumerando un gran número de medidas, así como la elaboración de una estrategia nacional de cultivo para aplicar esas medidas. Se examina la intensificación del almacenamiento de carbono en diferentes tipos de uso de la tierra, incluidas las tierras de cultivo, los pastizales, los bosques y las turberas.
  • Financiación de un programa de investigación para mejorar la función de sumidero de los suelos y los bosques, elaborar estrategias para reducir la degradación de los suelos y desarrollar explotaciones agrícolas respetuosas con el clima.
Francia
  • Presenta la retención de carbono en los suelos como un objetivo importante, si bien proporciona menos detalles sobre las medidas específicas, se ofrecen ejemplos alternativos, y el documento apunta a la Estrategia Nacional de Bajas Emisiones de Carbono, la actual iniciativa “4p1000, suelos para la seguridad alimentaria y el clima”, posibles iniciativas en el marco de la estrategia forestal, y la Estrategia Nacional de Movilización de la Biomasa como medidas específicas hacia este objetivo.
Holanda
  • Objetivos de alto nivel en relación con el suelo, fijando una meta de “producción climáticamente neutra de alimentos y no alimentos” para el año 2050, incluyendo el secuestro de carbono y la reducción de las emisiones de los suelos. Se afirma que “el gobierno central se está focalizando en la gestión sostenible de todos los suelos agrícolas holandeses en 2030, con especial atención a la reducción de las emisiones del suelo y el uso de la tierra (óxido nitroso y praderas de turba)”). Sin embargo, no incluye muchos detalles sobre las medidas específicas que se utilizarán.
Suecia
  • No menciona explícitamente el suelo y es bastante general sobre el papel de la agricultura en la gestión de los suelos. Se esbozan las medidas ya adoptadas en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-20 y se menciona que el “carbono terrestre” ya está protegido en las reservas naturales. En el documento se examina una estrategia general de protección de los bosques, sin referencia a los suelos y sin muchos detalles.

Concluyendo, urge la necesidad de integrar las políticas de carbono del suelo en estrategias climáticas más amplias, considerar la interacción con otros instrumentos clave, fomentar las sinergias y comprender mejor las contribuciones potenciales y previstas de los suelos a los objetivos climáticos colectivos de la UE.

Si bien algunos aspectos de esta cuestión pueden abordarse mediante los planes estratégicos de la PAC, su integración y su prioridad estratégica más amplia deberían desarrollarse en el marco de la política climática de la UE, que debería identificar claramente la PAC como mecanismo de ejecución. A falta de un enfoque de abajo arriba de los Estados miembros, es evidente que se necesita un marco global de alto nivel para la contribución de la política de suelos a los objetivos climáticos a escala de la UE. Este marco debería abordar los muchos otros problemas de sostenibilidad a los que se enfrentan los suelos, pero también garantizar que la contribución de los suelos a la mitigación y adaptación al clima esté bien planificada y organizada en coherencia con el resto de la arquitectura de la política climática de la UE.

 

Alexandra Farbiarz Mas

La transición ecológica en la Nueva Agenda del Consumidor de la UE

De conformidad con el artículo 12 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al definirse y ejecutarse las políticas y acciones de la Unión Europea (UE), deben tenerse en cuenta las exigencias de la protección de los consumidores. También el artículo 38 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE refuerza la protección de los consumidores al disponer que las políticas de la Unión deben garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores.

La nueva Agenda del Consumidor llega en plena pandemia y, por lo tanto, se tiene en consideración para su formulación debido que durante la misma se ha observado que “la protección del consumidor resultó esencial para garantizar los reembolsos por las cancelaciones de servicios, así como para luchar contra la propagación de la desinformación y los comerciantes deshonestos que venden equipos médicos falsos o no conformes a precios excesivos”, tal como explica el documento del Parlamento Europeo “La política de los consumidores: principios e instrumentos”. Además, la pandemia ha cambiado ciertos hábitos de consumo, algunos de los cuales serán temporales y otros no.

Algunos de estos cambios son preocupantes como el aumento de residuos de envases de un solo uso.

Por otro lado, en abril de 2020 se publicó el documento “ Legislación sobre consumo sostenible y protección del legislador”, a petición de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (IMCO) en que se instaba a:

  • Perfeccionar la jerarquía de la gestión de los residuos para asegurarse de que está verdaderamente en consonancia con el nuevo Plan de Acción de Economía Circular de la UE, centrado en el consumo sostenible, la reparación, la reutilización, el reciclado, etc.
  • Reformular la definición de “residuos” para que la legislación sobre residuos sea más compatible con los objetivos de una economía circular y un consumo sostenible. El resultado final sería que los productos al final de su ciclo de vida que ahora se consideran residuos, se considerasen más a menudo como recursos.
  • Ampliar y fortalecer la responsabilidad ampliada del productor. Es necesario seguir investigando para evaluar si la modulación de la contribución financiera a los OPI (PROs en anglès) ofrece suficientes incentivos a los productores para que rediseñen sus productos.

La nueva agenda cubre 5 áreas principales:

  1. La transición ecológica.
  2. La transformación digital.
  3. La tutela y el respeto de los derechos de los consumidores.
  4. Las necesidades específicas de determinados grupos de consumidores
  5. La cooperación internacional.

Nos centraremos en este post en el ámbito prioritario de la transición ecológica, identificando aquellos aspectos relacionados con la protección del consumidor, cuya actividad genera el 54% del PIB de la UE:

  • Según el estudio “Comportamiento sobre la participación de los consumidores en la economía circular”: “Todos los métodos de investigación determinaron que los consumidores asociaban más la durabilidad con la calidad del producto y la capacidad de reparación con la disponibilidad de piezas de repuesto. A lo largo del estudio se encontró que la reparabilidad era menos importante para los consumidores que la durabilidad. Según el estudio, esto se debe a que los consumidores confían en las garantías de los fabricantes y no esperan que los productos duraderos se rompan.”.

Uno de los aspectos importantes tanto de la durabilidad como de la reparabilidad es que contribuyen a disminuir la huella ambiental, objetivo prioritario del Pacto Verde Europeo.

Este planteamiento facilitará a los consumidores disponer de más información fiable y de mayor calidad sobre los aspectos relacionados con la sostenibilidad de los bienes y servicios, lo que, a la vez, evitará la sobrecarga de información.

Es evidente que esta nueva propuesta de la “Nueva Agenda del Consumidor” necesita de numerosos actores y de sus voluntades para poderse llevar a cabo. Es una Agenda de corresponsabilización entre consumidores, empresas, entidades y administraciones.

Habrá que ver, por poner un ejemplo, aunque haya dejado de utilizarse el término obsolescencia programada por el de obsolescencia temprana, como las empresas que trabajan con componentes electrónicos adoptan las ambiciones de esta nueva Agenda del Consumidor. O cómo se hará comprensible para el ciudadano este complejo entramado de iniciativas y normativas.

Alexandra Farbiarz Mas

Propuesta de la UE del VIII Programa de Acción de Medio Ambiente

La UE ha dado a conocer su propuesta de VIII Programa de Acción de Medio Ambiente (VIII Programa de ahora en adelante) a través de la propuesta de Decisión COM (2020) 652 final relativa al Programa General de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030, que está actualmente en fase de Consulta Pública hasta el 31 de diciembre.

Antecedentes y políticas de acción conjuntas

La adopción de programas de acción a nivel de la UE responde al mandato del artículo 192, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE).

El 7 Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente de la UE, “Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta”, que entró en vigor en 2013 y termina el 20 de diciembre de este año, fue objeto de evaluación en mayo de 2019, concluyéndose que el Plan como guía de planificación y racionalización de política ambiental es una herramienta positiva, solicitándose, a su vez, a la Comisión y a los Estados miembros que intensifiquen sus esfuerzos para completar las acciones en el marco de los objetivos prioritarios, en particular en lo que se refiere a los ámbitos del capital natural, la biodiversidad y los servicios de los ecosistemas, la salud, la contaminación del aire, la calidad del agua, los productos químicos peligrosos y las inversiones. También se insta a la Comisión a que presente sin más demora una estrategia de la Unión para un medio ambiente no tóxico, en estrecha colaboración con los Estados miembros y las instituciones de la UE, en consonancia con el Séptimo Programa de Acción Medioambiental y las conclusiones del Consejo tituladas “Hacia una estrategia de la Unión en materia de sustancias químicas sostenibles”, que aborde plenamente las cuestiones relativas a los disruptores endocrinos, los efectos combinados de las sustancias químicas y los nanomateriales. En este sentido, el pasado 14 de octubre se adoptó la Estrategia de sostenibilidad para las sustancias químicas: hacia un entorno sin sustancias tóxicas.

El documento sobre el estado del medio ambiente en Europa alerta de la gravísima situación de los ecosistemas y de las principales amenazas ambientales en la UE, y urge a la puesta en práctica de instrumentos legales para priorizar las políticas ambientales de los próximos 7 años.

En este sentido, el Pacto Verde Europeo quiere ser gran parte de la respuesta para lograr que Europa:

  • Sea el primer continente climáticamente neutro de aquí a 2050.
  • Proteja, mantenga y mejore el capital natural europeo.
  • Proteja la salud y el bienestar de las personas de los riesgos e impactos ambientales.

Por otro lado, la UE también ha presentado la «Estrategia a largo plazo para un desarrollo con bajas emisiones de gases de efecto invernadero de la Unión Europea y de sus Estados miembros», en respuesta a los compromisos del Acuerdo de París. La Comisión ha propuesto consagrar dicho objetivo en la Ley Europea del Clima, actualmente en elaboración . Además ha presentado  nuevas iniciativas como el nuevo Plan de Acción Circular, una Estrategia sobre Biodiversidad para 2030 y una Estrategia “De la granja a la mesa” para lograr un sistema alimentario más saludable y sostenible.

Además, el VIII Programa se considera la base para alcanzar los objetivos climáticos y ambientales definidos en la Agenda 2030 de Naciones Unidas y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Por último, la propuesta del VIII Programa objeto de consulta pública plantea la necesidad de recursos adicionales para la Agencia Europea de Medio Ambiente y para la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) para desarrollar el maro de seguimiento de evaluación y notificación del siguiente Programa lo que, a su vez, ayudará a evitar duplicaciones y limitar la carga administrativa de los Estados Miembros.

Objetivos de la propuesta del VIII Programa:

Reproducimos aquí los objetivos de la propuesta:

  1. La reducción irreversible y progresiva de las emisiones de gases de efecto invernadero y el incremento de las absorciones por sumideros naturales o de otro tipo en la Unión, para alcanzar el objetivo de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030 y lograr la neutralidad climática de aquí a 2050, tal como se consigna en la propuesta de Reglamento de la UE por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1999 («Ley del Clima Europea»), actualmente en fase de tramitación.
  2. El progreso continuo en el aumento de la capacidad de adaptación, el fortalecimiento de la resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad al cambio climático.
  3. La evolución hacia un modelo de crecimiento regenerativo que devuelva al planeta más de lo que toma de él, la disociación del crecimiento económico del uso de recursos y la degradación ambiental, y el aceleramiento de la transición hacia una economía circular.
  4. La consecución del objetivo cero en materia de contaminación para un entorno sin sustancias tóxicas, así como para el aire, el agua y el suelo, y la protección de la salud y el bienestar de los ciudadanos frene a riesgos e impactos medioambientales.
  5. La protección, conservación y recuperación de la biodiversidad, y la mejora del capital natural, en particular del aire, el agua, el suelo, los bosques, los humedales y los ecosistemas marinos, y
  6. El fomento de la sostenibilidad ambiental y la reducción de las principales presiones climáticas y ambientales asociadas a la producción y el consumo, en particular en los ámbitos de la energía, el desarrollo industrial, la construcción y las infraestructuras, la movilidad y el sistema alimentario.

Para que estos objetivos se puedan cumplir, la propuesta aclara que es importante:

  • Garantizar la aplicación efectiva y eficiente de la legislación de la UE en materia de clima y medio ambiente.
  • Fortalecer el enfoque integrado del desarrollo y aplicación de las políticas.
  • Integrar de forma efectiva la sostenibilidad climática y ambiental en el Semestre Europeo de gobernanza económica, así como en los planes de reformas y los planes nacionales de recuperación y resiliencia.
  • Catalizar inversiones sostenibles de fuentes públicas y privadas.
  • Suprimir progresivamente subvenciones perjudiciales para el medio ambiente a escala nacional y de la UE.
  • Garantizar que las políticas y medidas ambientales se basen en los mejores conocimientos científicos disponibles.
  • Aprovechar la digitalización para apoyar la política ambiental, minimizando la innovación social.
  • Aprovechar plenamente las soluciones naturales y la innovación social.
  • Aplicar eficazmente normas estrictas en materia de transparencia, participación pública  acceso a la justicia, de conformidad con el Convenio de Aarhus.
  • Hacer públicos y fácilmente accesibles los datos y pruebas vinculados a la aplicación del VIII Programa.
  • Apoyar la adopción global de los objetivos prioritarios fijados en el artículo 2.
  • Reforzar la gobernanza ambiental internacional.
  • Garantizar que la asistencia financiera de la Unión y sus Estados a terceros países fomente la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

Para ello, también se proporciona todo un marco de seguimiento para garantizar la responsabilización por el cumplimiento de compromisos y unos indicadores claros que evalúen el Programa. La evaluación del VIII Programa deberá llevarse a cabo a más tardar el 31 de marzo.

¿Qué diferencias existen entre el VII y el VIII Programa?.

En el VII Programa los objetivos eran más difusos, mientras que en el VIII parecen más concretos, con una clara orientación a la adaptación y mitigación climática, así como a la eliminación de las sustancias tóxicas. Mientras que en el VII Programa se hacía alusión a las ciudades, en el VIII se hace alusión a todas las escalas de gobernanza (local, regional y estatal).

El VIII Programa propone transitar hacia una economía regenerativa, un novedoso concepto, para reforzar la resiliencia y protección del bienestar de las generaciones presentes y futuras, a la vez que aboga por abordar los distintos niveles de gobernanza, así como su cooperación para llegar a todos las escalas (local, regional, nacional y estatal).

Desde el punto de vista de la aplicación de la legislación de la UE en materia de clima y medio ambiente, habrá que ver cuál será la capacidad de las instituciones comunitarias y de los Estados Miembros para garantizar su aplicación e intensificar la acción contra la delincuencia ambiental.

 

 

 

 

Alexandra Farbiarz Mas

Terraqui

La abogada Aloia López Ferro, nueva incorporación al despacho Terraqui

 

La abogada especializada en Derecho Ambiental, Aloia López Ferro, se ha incorporado al equipo de Terraqui.

Inició su carrera profesional en el ámbito privado, ejerciendo la abogacía por cuenta propia y colaborando con otros profesionales autónomos. Asimismo, colaboró y prestó asesoramiento jurídico a distintas entidades en materia de Derecho ambiental.

Abogada, licenciada en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela (2014), Máster de Abogacía por la Universidad de Santiago de Compostela (2016), Máster en Derecho Ambiental (2019) por el CEDAT- Universidad Rovira i Virgili.

Aloia López Ferro trabaja el derecho ambiental en todas sus vertientes, aunque es el derecho administrativo ambiental el que más le interesa y el ámbito en el que más ha trabajado.

“Soy abogada porque siempre tuve claro que quería dedicarme al derecho ambiental. Mi ambición es que el derecho ambiental se conozca y se aplique”.

Alexandra Farbiarz Mas

El nuevo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático: novedades y posteriores desarrollos normativos

En este artículo llevamos a cabo un análisis de los principales ejes del Plan Nacional de Adapatación al Cambio Climático 2o21-2030 (PNACC), así como de las previsiones de posibles cambios normativos que puede suponer.

Las acciones de adaptación reducen la exposición y la vulnerabilidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales frente al cambio climático y pueden mejorar su capacidad para recuperarse y restablecerse tras una perturbación asociada al clima.

La adaptación al cambio climático proporciona estabilidad económica y social y abre nuevas oportunidades. Según el informe “Adaptarse ahora: un llamamiento mundial para liderar la resistencia climática” de la Comisión de Adaptación Global de 2019,, “invertir 1,8 billones de dólares a nivel mundial en cinco áreas de 2020 a 2030 podría generar 7,1 billones de dólares en beneficios netos totales.”

El segundo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030 forma parte de un conjunto de instrumentos, entre los que destacan, el proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética ,  la Estrategia a Largo Plazo para una Economía Moderna, Competitiva y Climáticamente Neutra en 2050 (actualmente en fase de borrador) y el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima.

Novedades del PNACC 2021-203

El PNACC 2021-2030 extiende las temáticas a trabajar respecto al PNACC 2006-2020, los actores implicados y la ambición de sus objetivos. Por primera vez, se establecen objetivos estratégicos y un sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, así como la elaboración de informes de riesgo.

Para ello se establece una nueva gobernanza para garantizar la coherencia de la acción climática y que conlleva nuevas prácticas para las administraciones públicas en la forma de legislar, de planificar, de presupuestar, de gestionar y de informar. También se establecen nuevos modelos de participación público-privada y de asesoramiento y control de las políticas públicas, como el “Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética” o la “Asamblea ciudadana del cambio climático”.

Lograr la adaptación requiere que se convierta en un reto socialmente compartido por las partes interesadas o afectadas. Para ello, deberán poder contar con información relevante acerca de los riesgos que les afectan, por lo que se plantea un debate informado en el seno de las comunidades sobre los riesgos que les afectan y el valor de las medidas preventivas para gestionarlos. Además, también se cuenta con programas que informan y capacitan a las personas potencialmente afectadas sobre qué medidas tomar ante situaciones de emergencia y riesgo inminente.

El PNACC 2021-2030 ha sido el resultado de un proceso colectivo de análisis y reflexión, que se inició con la evaluación en profundidad del primer PNACC (2006-2020) y sus tres programas de trabajo.

Objetivos y líneas de trabajo


El objetivo general del PNACC es la promoción de la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático en España con el fin de evitar o reducir los daños presentes y futuros derivados del cambio climático y construir una economía y una sociedad más resilientes durante los próximos 10 años. Para alcanzar esta meta se definen 9 objetivos específicos que contribuyen de forma complementaria al objetivo general y que son los siguientes:

  • Reforzar la observación sistemática del clima, la elaboración y actualización de proyecciones regionalizadas de cambio climático para España y el desarrollo de servicios climáticos.
  • Promover un proceso continuo y acumulativo de generación de conocimiento sobre impactos, riesgos y adaptación en España y facilitar su transferencia a la sociedad, reforzando el desarrollo de metodologías y herramientas para analizar los impactos potenciales del cambio climático.
  • Fomentar la adquisición y el fortalecimiento de las capacidades para la adaptación.
  • Identificar los principales riesgos del cambio climático para España, teniendo en cuenta su naturaleza, urgencia y magnitud, y promover y apoyar la definición y aplicación de las correspondientes medidas de adaptación.
  • Integrar la adaptación en las políticas públicas.
  • Promover la participación de todos los actores interesados, incluyendo los distintos niveles de la administración, el sector privado, las organizaciones sociales y la ciudadanía en su conjunto, para que contribuyan activamente a la construcción de respuestas frente a los riesgos derivados del cambio climático.
  • Asegurar la coordinación administrativa y reforzar la gobernanza en materia de adaptación.
  • Dar cumplimiento y desarrollar en España los compromisos adquiridos en el contexto europeo e internacional.
  • Promover el seguimiento y evaluación de las políticas y medidas de adaptación.

Para ello se seguirán cinco principios orientadores que servirán de guía para las políticas y medidas en materia de adaptación:

  • Equidad social y territorial para un futuro justo.
  • Ciencia, conocimiento y sociedad al servicio de la adaptación.
  • Transversalidad e integración en la gestión pública.
  • Atención a los efectos indeseados.
  • Acción coordinada, transparente y eficaz.

A su vez, como complemento a la acción de carácter sectorial, el PNACC define 7 elementos de carácter transversal, que deberán ser considerados a la hora de avanzar en el proceso de identificación de impactos – análisis de riesgos – identificación de acciones de adaptación – aplicación de las acciones – evaluación de los resultados:

  • Vulnerabilidad territorial.
  • Vulnerabilidad social.
  • Efectos transfronterizos.
  • Integración del enfoque de género.
  • Prevención de la mala adaptación y eliminación de incentivos perversos.
  • Costes y beneficios de la adaptación y de la inacción.
  • Orientación a la acción.

El plan también se dota de 4 componentes estratégicos que facilitan la definición y desarrollo del PNACC, que son:

  • La generación de conocimiento.
  • Integración en planes, programas y normativa sectorial.

Los ámbitos de trabajo serán: agua, biodiversidad, costas y medio marino, energía, agrario, forestal y desertificación, salud, territorio, otros sectores y sociedad.

En este apartado, cabe destacar que el PNACC quiere reforzar el papel de la evaluación ambiental. La integración de la adaptación al cambio climático en los procedimientos mediante la evaluación ambiental deberá ser especialmente aplicada por parte de los promotores y del órgano ambiental. Con este fin se han identificado las siguientes líneas de trabajo prioritarias:

        1. Mejora de las herramientas de consulta que facilitan la integración del cambio climático en las evaluaciones (visores de escenarios, evaluaciones sectoriales y territoriales, etc.).
        2. Elaboración de manuales metodológicos que faciliten la integración del cambio climático en las evaluaciones.
        3. Impulso a la capacitación de las personas que trabajan en el campo de la evaluación ambiental.
  • Movilización de actores mediante divulgación, capacitación social y participación social, investigación social.
  • Seguimiento y evaluación. Los instrumentos para llevarlos a cabo se concretan en el capítulo 10 del PNACC-2.

Los objetivos de las actuaciones de adaptación en los distintos campos de la gestión pública y privada se definen en 18 ámbitos de trabajo, que se enumeran a continuación:

  1. Clima y escenarios climáticos.
  2. Salud humana.
  3. Agua y recursos hídricos.
  4. Patrimonio natural, biodiversidad y áreas protegidas.
  5. Forestal, desertificación, caza y pesca continental.
  6. Agricultura, ganadería, pesca y acuicultura y alimentación.
  7. Costas y medio marino.
  8. Ciudad, urbanismo y edificación.
  9. Patrimonio cultural.
  10. Energía.
  11. Movilidad y transporte.
  12. Industria y servicios.
  13. Turismo.
  14. Sistema financiero y actividad aseguradora.
  15. Reducción del riesgo de desastres.
  16. Investigación e innovación.
  17. Educación y sociedad.
  18. Paz, seguridad y cohesión social.

Financiación


Los fondos europeos regulares (Marco Financiero Plurianual – MFP-, 2021-27) y los excepcionales (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Next Generation EU) son la base financiera para contribuir a luchar contra los efectos de la crisis sanitaria y que permitirán desarrollar en España las políticas europeas de transición ecológica del Pacto Verde Europeo en general y, en particular, su nueva y más ambiciosa Estrategia Europea de Adaptación. El 30 % del total de los gastos del MFP y de Next Generation EU se destinarán a proyectos relacionados con el clima.

Los fondos excepcionales se desembolsarán en forma de subvenciones y préstamos a través de instrumentos y programas del MFP, garantizando así la homogeneidad y la coherencia. Los Estados Miembros deben elaborar sus Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia, con un programa de reformas e inversiones que afronte los impactos de la crisis sanitaria y contribuya a la transición ecológica y el fortalecimiento de la resiliencia económica y social.

Concretamente, los distintos fondos que se utilizarán serán:

  • Fondo Social Europeo Plus (FSE+) para el nuevo periodo de aplicación 2021-2027.
  • Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de los cuales un 30% se invertirán en afrontar el cambio climático. De este 30%, al menos el 10 % de los recursos del FEDER a nivel nacional se tendrán que dedicar a desarrollo urbano sostenible.
  • Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER): Los Estados miembros deberán destinar al menos el 40 % de la dotación financiera global de la PAC post2020 a los objetivos medioambientales y de lucha contra el cambio climático.
  • Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP): A nivel regional y local, el FEMP puede apoyar el desarrollo liderado por la comunidad en las localidades pesqueras, que puede conllevar enfoques locales de adaptación. Se buscará la existencia de un programa específico, pleamar, que pueda focalizar e incentivar la financiación de estas medidas.
  • Programa LIFE: Además de incentivar la presentación a programas LIFE, el MITERD promoverá la creación de espacios de encuentro entre proyectos LIFE en materia de adaptación, orientados al intercambio de experiencias y la búsqueda de sinergias.
  • Horizonte Europa (antiguo H2020): Los documentos de la Comisión Europea sobre Horizonte Europa citan que la lucha contra el cambio climático tiene asignado un objetivo presupuestario del 35 % del presupuesto total del programa de un total acordado de 75.900 millones de EUR para 2021-2027.
  • Por su parte, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) financia proyectos de acción por el clima, no sólo en el ámbito de la mitigación, sino también de la adaptación.

Información y seguimiento


La transparencia y el acceso a la información en la acción climática son fundamentales para una mayor implicación de toda la sociedad en la adaptación al cambio climático. La Oficina Española de Cambio Climático, en calidad de coordinadora del PNACC 2021-2030, será la entidad responsable de organizar las acciones de información, seguimiento y evaluación que se detallan a continuación, mediante:

Informes sobre riesgos climáticos y adaptación.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en colaboración con otros departamentos ministeriales y con las comunidades autónomas, elaborará y publicará, con una periodicidad al menos quinquenal, un informe de síntesis sobre la evolución de los principales riesgos y sus impactos derivados del cambio climático y sobre las políticas y medidas destinadas a aumentar la resiliencia y disminuir la vulnerabilidad frente al cambio climático en España.

Informes sectoriales de situación

Los informes de situación son análisis del estado de la cuestión en relación con alguno de los ámbitos o subámbitos de trabajo propios del PNACC. Estos informes se podrán elaborar a solicitud del Gobierno o del Congreso de los Diputados.

La elaboración de estos informes de situación será responsabilidad del MITERD. Para ello, el MITERD podrá invitar a las organizaciones consideradas relevantes a remitir informes que expresen sus análisis y contribuciones sobre la temática tratada.

Informes de Seguimiento del PNACC

El Primer Plan Nacional de Adaptación produjo cuatro informes de seguimiento (en 2008, 2011, 2014 y 2018)7 que han mostrado la utilidad de este instrumento como elemento de recopilación informativa y de rendición de cuentas.  En el periodo de vigencia del nuevo PNACC se propone que se elaboren dos informes de seguimiento, tomando como fechas indicativas para su publicación los años 2024 y 2029.  Los informes de Seguimiento del PNACC serán elaborados por el MITERD, que realizará consultas a las diferentes administraciones implicadas en su desarrollo.

Indicadores de cambio climático y adaptación

Como parte de los medios para la información, seguimiento y evaluación, el PNACC 2021-2030 define 30 indicadores de impacto ambiental junto con sus unidades de medición, la identificación de los principales ámbitos de trabajo relacionados y justificación y una explicación general del indicador que se incluyen en el anexo 3.

En 2021, se efectuará una revisión en profundidad de esta relación inicial para completar y, en su caso, ajustar la colección inicial que ahora se aporta. Para ello se valorarán aspectos tales como la disponibilidad de datos, presente y futura, que deben sustentar a los indicadores, su representatividad para informar sobre aspectos clave y su continuidad en el tiempo, así como su valor para dar cumplimiento a los compromisos de información que puedan derivarse de la futura Ley Europea de Cambio Climático, la futura Estrategia Europea de Adaptación y el nuevo Reglamento de Ejecución que detalla las obligaciones de información bajo el Marco Europeo de Gobernanza de Energía y Clima.

La Plataforma sobre Adaptación al Cambio Climático en España, AdapteCCa  La Plataforma de intercambio sobre impactos y adaptación – AdapteCCa – fue creada en el año 2013 en el marco del PNACC y se ha convertido en un valioso instrumento para el acceso a la información en materia de impactos, vulnerabilidad y adaptación al cambio climático en España.

Obligaciones internacionales de información en materia de adaptación

La Oficina Española de Cambio Climático del MITERD, será la responsable del cumplimiento de las obligaciones en materia de información establecidas en el marco de la CMNUCC (1 informe de las Comunicaciones cada 4 años), la Comunicación de información integrada de las actuaciones nacionales de adaptación como mandato del artículo 17 del Reglamento sobre la Gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima,

la actualización de la información incluida relativa a España en el perfil de país de la Plataforma Europea Climate Adapt, Comunicaciones de Adaptación como mandato de los Acuerdos de París

Evaluación del PNACC-2

El PNACC 2021-2030 será objeto de una evaluación en profundidad en 2029, con objeto de reconocer los avances logrados, los retos pendientes y las lecciones aprendidas hasta la fecha. Los resultados de esta evaluación se plasmarán en un informe, de carácter público, que deberá contener conclusiones y recomendaciones útiles para un nuevo ejercicio de planificación.

Planificación y programación


El PNACC 2021-2030 se desarrollará a través de la programación de los programas de trabajo y los planes sectoriales.

Programas de Trabajo

El PNACC 2021-2030 se desarrollará a través de dos Programas de Trabajo, que seguirán a los tres planteados hasta la fecha:82 el Primer Programa de Trabajo del PNACC-2 concretará las acciones a desarrollar en el periodo 2021-2025 y el Segundo Programa abarcará el periodo 2026-2030.

Planes Sectoriales y territoriales de Adaptación

Estos planes constituyen instrumentos para la planificación detallada de la adaptación en ámbitos de trabajo o territorios específicos

Los foros de coordinación, asesoramiento y participación previstos en el plan son un elemento esencial de su sistema de gobernanza. Se mencionan los foros previstos para el desarrollo del PNACC:

  • Grupo de Trabajo de Impactos y Adaptación (GTIA): foro de intercambio de carácter técnico.
  • Comité de Impactos, Riesgos y Adaptación (CIRA): el Comité de Impactos, Riesgos y Adaptación, de nueva creación, reunirá a personas procedentes del sector académico, las organizaciones no gubernamentales, la gestión pública y las empresas, en especial las pymes, con el objeto de proporcionar ideas y recomendaciones para aportar juicio experto en materia de adaptación en España.
  • Seminarios del PNACC: los seminarios del PNACC irán abordando, de forma monográfica, aquellas temáticas que en cada momento sean consideradas relevantes para el desarrollo del PNACC y sus correspondientes programas de trabajo.
  • Grupos de coordinación de carácter temático: existen diversos foros de coordinación interinstitucional que dan respuesta a impactos y riesgos relacionados con el clima, entre ellos la Comisión Permanente de Adversidades Climáticas y Medioambientales,87 el Grupo Español de Inundaciones88 y el Comité de Lucha contra Incendios Forestales.

Además, el PNACC favorecerá la participación en los principales foros de debate y coordinación que se establezcan en el ámbito internacional como son el Grupo de Trabajo sobre Adaptación (WG6) de la UE, Grupo sobre Impactos, vulnerabilidad y Adaptación (EIONET) de la UE, Grupo de Expertos en Adaptación (EGA) de la UE, Grupo sobre adaptación de los bosques al cambio climático mediante gestión forestal sostenible (Forest Europe). Además, existe una coordinación entre España y Portugal consecuencia del proyecto Life Shara  desde 2017 que aborda los retos climáticos comunes, y se mantendrá este mecanismo de coordinación en el periodo 2021-2030.

Futuros desarrollos normativos


En el anexo I del PNACC se presentan unas fichas correspondientes a la líneas de acción por ámbitos de trabajo y líneas de acción transversales en dónde se indican:

  • El título de cada ámbito de trabajo.
  • Descripción de la línea de acción: justifica o contextualiza, en caso necesario, la línea planteada y describe las temáticas que aborda.
  • Responsables de la línea de acción y colaboradores.
  • Indicador de cumplimiento: se conciben como criterios para facilitar el seguimiento del desarrollo de la línea de acción.
  • ¿Se requieren instrumentos normativos? Este apartado identifica posibles cambios requeridos en el marco normativo para el buen desarrollo de la línea de acción.
  • Financiación: se identifican, en su caso, vías de financiación previstas, sin perjuicio de que en el futuro puedan movilizarse recursos añadidos.

Destacamos de estas fichas las posibles revisiones que pueden derivar para los ámbitos de trabajo en que se contemplan instrumentos normativos:

  • Salud y medio ambiente: el Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente describirá los principales factores ambientales que influyen en la salud humana y establecerá los objetivos y líneas de intervención del Sistema Nacional de Salud en esta materia.
  • Ampliación y actualización del conocimiento sobre los impactos potenciales del cambio climático en la gestión del agua y los recursos hídricos: posible ajuste del Reglamento y la Instrucción de Planificación Hidrológica.
  • Integración de la adaptación al cambio climático en la planificación hidrológica y la gestión del ciclo integral del agua: podrían ser necesarios instrumentos legales que concreten las obligaciones sobre la evaluación del riesgo y las estrategias de adaptación en la planificación hidrológica a nivel de cuenca.
  • Gestión contingente de los riesgos por sequías integrada en la planificación hidrológica y gestión del agua: el concepto de sequía y su regulación prácticamente carecen de mención en el Texto Refundido de la Ley de Aguas. Asimismo, hay lagunas en su reglamentación que podrían abordarse.
  • Planificación y gestión de áreas protegidas con criterios adaptativos: en este caso, el PNACC dice que se requieren de instrumentos normativos, pero no precisa cuales.
  • Control de especies invasoras: aunque se indica que no se requieren nuevos instrumentos normativos, se contempla la posibilidad de que se modifiquen las herramientas -catálogos- legalmente establecidos
  • Integración del cambio climático en los instrumentos de planificación con implicaciones en el mantenimiento y mejora de los recursos forestales: en este caso también se expresa que se precisa de instrumentos normativos, pero no se concretan.
  • Revisión y actualización de las directrices y normas de gestión forestal: otro ejemplo en el que se dice que hay que desarrollar instrumentos normativos, pero no explica cuáles. No obstante, en la descripción del apartado se señala:

“En la actualidad, hay diversos instrumentos, previstos o vigentes, que rigen la ordenación y gestión de montes a diferentes niveles, como las directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible (AGE), instrucciones de ordenación de montes (CCAA) o modelos tipo de gestión forestal (CCAA).

Es fundamental que estos documentos integren consideraciones climáticas para ayudar a incorporar la adaptación al cambio climático a la gestión ordinaria de cada monte.”

  • Fomento de la integración del cambio climático en las políticas y medidas relativas a la actividad cinegética y a la pesca continental: Se expresa que se requieren instrumentos normativos, pero no se especifican.
  • Integración de las proyecciones climáticas y medidas de adaptación en las políticas y medidas de lucha contra incendios forestales: Otro ejemplo en el que se prevén instrumentos normativos a aprobar pero que no quedan descritos.
    • Revisión de planes, normativas y estrategias, existentes y futuras, relacionadas con los sectores de la agricultura, la ganadería, la pesca y la acuicultura, teniendo en cuenta los nuevos escenarios climáticos: En este caso se considera que los cambios normativos deben valorarse.
    • Refuerzo de la adaptación al cambio climático en la Política Pesquera Común (PPC), en los planes nacionales de gestión y recuperación y en el sector de la acuicultura: Se prevén cambios normativos, pero no se explican cuáles.
    • Cambios en el marco normativo para facilitar la adaptación en las costas y el mar. En este caso la descripción indica:

Entre los retos en este campo pueden citarse:

– La incorporación de criterios objetivables para el otorgamiento de títulos de ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre, o sus prórrogas, basados en la mejor ciencia disponible.

– El aumento de la flexibilidad a la hora de otorgar títulos de ocupación, pudiendo, por ejemplo, limitar o reducir los plazos de las concesiones o agilizar su revisión por causa del cambio climático.

– La agilización de la revisión de los deslindes del Dominio Público Marítimo-Terrestre, basado en datos científicos.

– La identificación de otras barreras a la adaptación relacionadas con el ámbito normativo.

Entre las normas que podrían ser objeto de revisión con el objeto de facilitar los procesos de adaptación se encuentran la Ley y el Reglamento de Costas y la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.”

  • Integración de los riesgos costeros en planes y programas que incluyen al espacio litoral: se expresa que podría requerir modificación de la normativa de costas relativa a zonas inundables y en regresión grave.
  • Integración de la adaptación al cambio climático en la planificación territorial y urbana: para ello se prevé la aprobación de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética y la adaptación de la normativa urbanística de las CC.AA.
  • Integración de la adaptación al cambio climático en el sector de la edificación: actualización del Código Técnico de la Edificación.
  • Apoyo y refuerzo de la adaptación al cambio climático en las Administraciones públicas y otros sectores y agentes: se requerirán instrumentos normativos no especificados.
  • Integración de los efectos del cambio climático en la normativa para el cálculo y diseño de infraestructuras del transporte: será necesario la evaluación y posible revisión de normas de diseño de infraestructuras, instrucciones, pliegos generales técnicos, recomendaciones, guías de buenas prácticas, etc.
  • Apoyo y refuerzo de la adaptación al cambio climático en las Administraciones públicas y otros sectores y agentes: se prevén instrumentos normativos, pero no se especifican.
  • Integración de la adaptación en la legislación sectorial y los planes de industrialización: para ello, se prevé la inclusión de la adaptación al Cambio Climático en la Ley de Industria y en la Estrategia Industrial.
  • Promoción de la educación para la sostenibilidad en el sistema educativo formal ante los desafíos del cambio climático: se contempla que en algunos casos podrían requerirse instrumentos normativos (por ejemplo, cambios en el marco normativo que define el currículo de los diversos niveles educativos).

Conclusiones


El PNACC 2021-2030 amplía las cuestiones a tener en cuenta para la adaptación y en sus fichas de trabajo se detallan no solo los objetivos, sino también los responsables de su implementación. Y se han ampliado, a su vez, los canales de gobernanza que tienen por objeto socializar los riesgos del cambio climático para abordar su adaptación. Sin embargo, en muchos de los objetivos no se asigna presupuesto ni cambios normativos a medio plazo. Veremos también si esta necesidad de adaptación irá acompañada de más control normativo para hacerlo efectivo.

Aunque se trata de plan ambicioso, más completo que su predecesor, y que aborda en buena medida los aspectos que se señalaron en la evaluación de la UE respecto a la actuación por países en relación con el cumplimiento de la Estrategia Europea de Adaptación al Cambio Climático llevada a cabo en 2018, su eficacia depende, tal y como hemos visto, de la aprobación de numerosa normativa de desarrollo y de la asignación de recursos humanos y financieros suficientes. La importancia de la adaptación al cambio climático resulta fundamental para la supervivencia de nuestra especie y, por ello, es preciso movilizar los recursos necesarios para que el PNACC resulte una herramienta eficaz.

 

 

Alexandra Farbiarz Mas

El plan de recuperación para Francia destina 500 millones de euros a fondos para la Economía Circular

El plan de recuperación francés, en su gran eje sobre ecología, se estructura en los siguientes apartados:

  • Renovación energética
  • Densificación y renovación urbana
  • Descarbonización de la industria
  • Economía circular y circuitos cortos
  • Transición agrícola
  • Infraestructuras y movilidades verdes
  • Tecnologías verdes

En este post, se presentan cuáles van a ser los principales centros de atención para el desarrollo del apartado sobre Economía Circular y circuitos cortos.

El presupuesto dedicado a ello asciende a 500 millones de euros gestionados desde la Agencia Francesa de Medio Ambiente para los años 2020-2022, de los cuales:

  1. 226 millones de euros de inversión se dedicarán al reempleo y al reciclaje con el objetivo de acompañar la reducción del uso del plástico (particularmente el de un solo uso), favorecer la incorporación del plástico reciclado y acelerar el desarrollo del reempleo.

El fomento al reempleo y las actividades de reducción de plástico se concreta en ayudas financieras para:

  • el desarrollo y modernización de centros de recursos;
  • acompañando a las empresas, sobre todo del sector de los envases, en la sustitución de plástico de un solo uso y en la búsqueda de alternativas;
  • a la industrialización de soluciones de embalajes reempleables y reciclables, incluido a través del desarrollo de infraestructuras logísticas y de herramientas de lavado;
  • a la adquisición de equipos alternativos a la utilización de plásticos sobre todo de un solo uso a su adaptación en la restauración “colectiva”;
  • a la experimentación de proyectos pilotos en los espacios dedicados a la salud.

A título informativo, hay que recordar la distinción entre reempleo y reutilización según el Código de medio ambiente francés: reempleo: “toda operación por la cual sustancias, materias o productos que no son residuos, son de nuevo utilizados para un uso idéntico para el cual fueron concebidos”; reutilización: “cualquier operación por la cual las sustancias, materiales o productos que se han convertido en residuos se vuelven a utilizar” (art. L541-1-1 del Código de Medio Ambiente).

El apoyo al reciclaje del plástico se llevará a cabo mediante:

  • ayuda financiera a los estudios y test de viabilidad de incorporación de materias plásticas recicladas, en particular para las empresas que aún no las tengan integradas;
  • apoyo financiero para las empresas en la adaptación de sus equipos para integrar aún más las materias primas recicladas;
  • ayuda al suministro de toneladas de materias plásticas recicladas a través de un apoyo directo al funcionamiento de plasturgistas/procesadores;
  • apoyo a la investigación y al desarrollo del reciclaje químico de los plásticos.
  1. 274 millones se dedicarán a la modernización de la recogida, selección y la valorización de residuos a través de:
  • apoyo a la selección de los residuos reciclables a través de una ayuda a las administraciones y entidades locales mediante una ayuda financiera para el despliegue de la recogida selectiva en la vía pública, a las administraciones locales y a las empresas para modernizar las plantas de selección públicas y privadas;
  • ayudas a la valorización de los biorresiduos con una ayuda financiera a las administraciones locales para el despliegue de la recogida y la valorización de los biorresiduos domésticos y asimilados y a los operadores privados para la recogida y tratamiento de los residuos de las actividades económicas;
  • apoyo para la valorización energética de los combustibles sólidos recuperados (CSR:  combustible preparado a partir de residuos no peligrosos para su valorización energética en plantas de incineración y coincineración (hornos industriales, centrales térmicas, plantas de cogeneración, etc.) mediante una ayuda financiera a la inversión en unidades de producción energética a partir de CSR.

A su vez, señalar que hay un apartado para la financiación de operaciones de reciclaje de terrenos baldíos urbanas e industriales, que se encuentra en el apartado de densificación y renovación urbana, que cuenta con un presupuesto propio de 300 millones de euros.

En la práctica este presupuesto viene a clarificar las prioridades del gobierno francés respecto a la Ley contra el despilfarro y de economía circular, de la que hablamos en un post de Terraqui el pasado 28 de febrero de 2020, y a darle la cobertura financiera para que empiece a traducirse en acciones concretas sobre la realidad.

 

Alexandra Farbiarz Mas

El Tribunal de Cuentas Europeo demuestra la ineficacia de la iniciativa de la UE para proteger los polinizadores silvestres

El Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) evalúa en el informe “Protección de los polinizadores silvestres en la UE — Las iniciativas de la Comisión no han dado frutos, hasta qué punto el marco legislativo y las iniciativas de la Comisión para proteger los polinizadores silvestres han ayudado a detener la disminución de su número y diversidad, y si la Comisión utilizó medidas de conservación de la biodiversidad y medidas disponibles en la política agrícola común (PAC) y en la legislación sobre plaguicidas para abordar la necesidad de proteger a los polinizadores silvestres.

En Europa, los polinizadores son principalmente insectos como las abejas, las avispas, los sírfidos, las mariposas, las polillas, los coleópteros y otras especies de moscas. Gracias a ellos se incrementa la cantidad y la calidad de los alimentos y, por ende, se garantiza nuestro suministro alimentario. El número y la diversidad de polinizadores silvestres ha bajado en la UE por la creciente amenaza de la actividad humana, en particular debido a la agricultura intensiva y al uso de plaguicidas y abonos.

La normativa europea en materia de polinizadores silvestres se aborda de forma indirecta a través de diversas iniciativas como son la PAC, el Programa LIFE, la Directiva Hábitats, la Red Natura 2000, la Estrategia de Biodiversidad que actualmente están en fase de revisión tal como lo anunciamos en el post de Terraqui: “Estrategia de biodiversidad de la UE: restaurar la naturaleza para proteger la salud pública y la economía

En junio de 2018, la UE lanzó la Comunicación COM(2018) 395 final: “Iniciativa sobre los polinizadores” que presentaba toda una serie de medidas en función de 3 grandes prioridades:

  • Prioridad I: mejorar el conocimiento acerca de la disminución de los polinizadores, sus causas y sus consecuencias (10 medidas).
  • Prioridad II: abordar las causas de la disminución de los polinizadores (14 medidas, 9 de las cuales ya existían a través de otras normativas).
  • Prioridad III: sensibilizar, implicar a la sociedad en su conjunto y fomentar la colaboración (7 medidas).

Sin embargo, la “Iniciativa sobre los polinizadores” no es más que una comunicación de la Comisión, por lo que no se estableció un marco jurídico para la protección y restauración de insectos polinizadores silvestres en la UE, ni se activó la asignación de recursos financieros específicos. En este sentido, el TCE también señala todo aquello que no tuvo en cuenta la comunicación para proteger los polinizadores tal como lo muestra esta infografía:

 

Al respecto, ni la Comisión ni los Estados Miembros está haciendo los “deberes” correspondientes a la Comunicación de 2018. Así, por ejemplo, la Comisión no ha incluido ninguna referencia a los polinizadores en sus propuestas legislativas para la PAC posterior a 2020 publicadas en junio de 2018. Por su parte, los Estados miembros están preparando actualmente los planes estratégicos de la PAC sin ninguna orientación acerca de la integración de las consideraciones relativas a los polinizadores.

Falta de instrumentos de control, de gobernanza y de personal técnico

La Dirección General de Medio Ambiente (DG Medio Ambiente) dirige la ejecución general de la “Iniciativa sobre los polinizadores” y es directamente responsable de 24 de las 31 medidas. La Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria (DG Salud y Seguridad Alimentaria) debe llevar a cabo cuatro medidas, y los Estados miembros, las tres restantes. Otras direcciones generales de la Comisión codirigen o son consultadas. Sin embargo, la Comisión designó a un solo funcionario de la DG Medio Ambiente para que trabajara a tiempo completo en la “Iniciativa sobre los polinizadores”, y estimó que el personal de la DG Salud y Seguridad Alimentaria que interviene en medidas relacionadas con la protección de los polinizadores del uso de plaguicidas también contribuiría con el equivalente a una persona a tiempo completo. Además, el TCE constata que la Comisión no estableció ni funciones ni responsabilidades claras para las direcciones generales de la Comisión participantes. En el momento de la auditoría, la Comisión ni tan siquiera había organizado reuniones intermedias con las partes interesada pertinentes ni había definido modalidades de seguimiento y notificación para controlar los progresos de las medidas. Tampoco se han definido metas o criterios para evaluar si las medidas lograron sus objetivos.

Lagunas normativas en las políticas y normativas de biodiversidad

En cuanto a la política de la UE para la conservación de la biodiversidad a través de la Directiva Hábitats, su objetivo, desde 1992, es promover la conservación de especies vegetales, especies animales o hábitats raros, amenazados o endémicos. La Directiva contempla 56 especies de insectos polinizadores silvestres, de los cuales 42 son especies de mariposas y el resto son polillas y coleópteros. De las 11 especies de mariposas clasificadas en la lista roja como en peligro crítico y amenazadas en la UE, cuatro están protegidas por la Directiva de hábitats. En la Directiva no consta ninguna de las 52 especies de abejas amenazadas y en peligro crítico, lo que tiene un efecto sobre las opciones de control y financiación disponibles para su protección.

Respecto a la gestión de los espacios de gestión Natura 2000, la Comisión y los Estados miembros validaron la plantilla de los marcos de acción prioritaria de 2021-2027 en abril de 2018, pero no añadieron ningún requisito acerca de los polinizadores.

Uno de los objetivos del instrumento de financiación de la UE para el medio ambiente y la acción por el clima son los programas LIFE. Alrededor de una cuarta parte de los proyectos LIFE se centran en los hábitats. Estos proyectos no están centrados en los polinizadores, por lo que la Comisión no siempre controla o evalúa su impacto en las especies polinizadoras. Solo 22 de los 5 065 proyectos LIFE financiados en el período 1992-2018 estaban destinados específicamente a proteger y restablecer las poblaciones de polinizadores y los servicios de polinización.

Desde 2018, el programa LIFE puede financiar proyectos centrados en especies clasificadas en las listas rojas europeas o internacionales como en peligro crítico o amenazadas. En el momento de la auditoría, no había ningún proyecto destinado a proteger a las abejas y mariposas amenazadas no incluidas en la Directiva de hábitats.

La PAC no contiene disposiciones legales específicas acerca de los polinizadores silvestres

Varios instrumentos de la PAC de 2014-2020 tienen por objeto proteger y mejorar la biodiversidad, en particular la condicionalidad, el régimen de pago por ecologización y las medidas agroambientales y climáticas, pero no existen disposiciones legales específicas que protejan a los polinizadores silvestres.

La condicionalidad establece una conexión entre los pagos de la PAC y el cumplimiento de requisitos básicos por los agricultores y las normas de buenas condiciones agrarias y ambientales (no aplicables a los agricultores de los regímenes para los pequeños agricultores). Sin embargo, el informe “ Biodiversidad agrícola: La contribución de la PAC no ha frenado el declive”, elaborado también por el TCE , concluyó que algunas normas de condicionalidad podrían contribuir de manera significativa a la biodiversidad, pero dichas normas ofrecen escasos incentivos. Ni la Comisión ni los Estados miembros han medido el impacto de la condicionalidad sobre la biodiversidad.

Además, el mismo informe señalaba que la Comisión introdujo el pago por ecologización en 2013 para mejorar el rendimiento ambiental de la PAC mediante tres prácticas agrícolas que deben seguir los agricultores: diversificación de cultivos (agricultores con más de 10 hectáreas de tierras de labor), mantenimiento de pastos permanentes, o superficies de interés ecológico (SIE – agricultores con más de 15 hectáreas de tierras de labor). En 2017, el TCE publicó un informe sobre la ecologización que concluía que, debido a los escasos requisitos de la ecologización, la medida no condujo a cambios significativos en las prácticas de gestión y benefició poco a la biodiversidad.

Además, debido a que la Comisión no incluyó la protección de los polinizadores o los servicios de polinización en los objetivos de los regímenes ecológicos, no existe ninguna garantía de que los Estados miembros vayan a definir ningún régimen específico pertinente para los polinizadores silvestres en sus planes estratégicos de la PAC.

Otro estudio de la propia Comisión presentado en noviembre de 2019 titulado “Estudio de evaluación del impacto de la PAC sobre los habitats, los paisajes y la biodiversidad”, también concluía que no era factible hacer una evaluación global del impacto de la PAC sobre la biodiversidad por falta de datos adecuados para hacer su seguimiento, y que los Estados miembros hubieran podido utilizar un abanico más amplio de instrumentos y de medidas en el marco de la PAC para sostener la coexistencia de la agricultura y la biodiversidad.

La legislación sobre plaguicidas contiene controles para las abejas melíferas, pero algunas no se aplican

La manera en que los productos fitosanitarios afectan a los polinizadores depende de los productos empleados, del tiempo que estos permanezcan en el medio ambiente y de dónde, cuándo y cómo se apliquen. La normativa que los regula es el Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios. Sin embargo, esta norma no incluye salvaguardias específicas para las especies de polinizadores silvestres.

Todos los productos fitosanitarios son objeto de un procedimiento de autorización que consta de dos fases. Primero, la Comisión autoriza las sustancias activas sobre la base de evaluaciones científicas y, posteriormente, los Estados miembros pueden autorizar la comercialización y el uso de productos fitosanitarios que contengan una o más sustancias activas autorizadas en su territorio. La Comisión proporciona orientaciones para los solicitantes en las que establece cómo se debe evaluar el riesgo para las abejas melíferas del uso de sustancias activas y productos fitosanitarios. De acuerdo con estas orientaciones, los solicitantes evaluarán los riesgos de las sustancias activas para las abejas melíferas basándose únicamente en su toxicidad aguda. En las orientaciones no se contemplan los posibles efectos de la exposición crónica o repetida de las abejas melíferas adultas a estas sustancias, a pesar de que se trata de un requisito para todas las sustancias activas y productos fitosanitarios establecido a partir de 2009 por el Reglamento sobre productos fitosanitarios.

Además, el TCE señala que el Reglamento sobre los productos fitosanitarios definió objetivos de protección generales para las abejas melíferas, pero no incluyó criterios específicos (denominados objetivos de protección específicos) que deberían utilizarse al evaluar los resultados de los ensayos. La EFSA incluyó en las orientaciones sobre las abejas de 2013 objetivos específicos de protección para las tres especies de abejas consideradas (abejas melíferas, abejorros y abejas solitarias). Según el documento, la magnitud de la pérdida de abejas melíferas en colonias expuestas a productos fitosanitarios no debería superar una reducción del 7 % del tamaño de la colonia y debería prever factores adicionales de seguridad para los abejorros y las abejas solitarias.

Desde 2013, 12 Estados miembros han apoyado el documento de orientación de la Autoridadad Europea Alimentaria (EFSA) de 2013, pero el resto de Estados miembros se han opuesto constantemente a su aprobación. La Comisión debate los proyectos de legislación de aplicación y las orientaciones sobre plaguicidas con los Estados miembros a través de un comité específico (en este caso, el Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos), el cual no ha aprobado orientaciones a escala de la UE.

A pesar de que posteriormente la Comisión ha intentado avanzar en esta cuestión en diversas ocasiones, la falta de voluntad política por parte de algunos Estados y de medios han impedido que se avanzaran en las orientaciones de la EFSA de 2013.  A principios de 2020, la EFSA ha comenzado a desarrollar una metodología para evaluar los efectos de la combinación de más de una sustancia activa sobre las abejas melíferas (efectos acumulativos y sinérgicos).

La UE permitió a los Estados miembros seguir otorgando autorizaciones de emergencia para productos fitosanitarios prohibidos perjudiciales para los polinizadores

Los neonicotinoides son una clase de plaguicidas que afectan al sistema nervioso de los insectos. Desde su introducción a principios de 1990, los neonicotinoides se han utilizado de manera generalizada para proteger los cultivos, en su mayor parte para tratar las semillas antes de plantarlas. Los neonicotinoides son plaguicidas sistémicos, lo que quiere decir que son absorbidos por la planta y circulan por su tejido a lo largo de su ciclo de vida. Desde 2005, la Comisión ha autorizado el uso de cinco neonicotinoides en la UE.

En 2013, la Comisión, después de varios informes sobre las enormes pérdidas de abejas melíferas atribuidas a la utilización de imidacloprid, tiametoxam y clotianidina (3 neonicotinoides), restringió el uso de éstos tres nicoticoides a invernaderos, cultivos de invierno y cultivos que no se consideran atractivos para las abejas. En abril de 2018, la Comisión amplió la prohibición a todos los usos en el exterior de las tres sustancias.

Sin embargo, el Reglamento sobre productos fitosanitarios autoriza a los Estados miembros a sortear el procedimiento normal y conceder autorizaciones de emergencia para productos fitosanitarios no autorizados en su territorio, en caso de que las plagas supongan un peligro que no se pueda contener de ninguna otra manera razonable. Entre 2013 y 2019, los Estados miembros concedieron 206 autorizaciones de emergencia para los tres neonicotinoides restringidos.  Y, a pesar de la prohibición absoluta de su uso en el exterior, en 2018, 15 Estados miembros permitieron los tres neonicotinoides para usos específicos, y 10 Estados miembros autorizaron su uso en 2019. A finales de 2019, seis Estados miembros ya habían notificado a la Comisión 13 autorizaciones de emergencia aplicables en el primer semestre de 2020.

Los asuntos judiciales abiertos respecto a los neonicotinoides tampoco ayudan en el desarrollo de las prohibiciones o recomendaciones para su prohibición.

Por otro lado, las prácticas de gestión integrada de plagas pueden ayudar a reducir el uso de neonicotinoides en la UE. Con arreglo a los principios de la gestión integrada de plagas, los agricultores deben tener en cuenta todas las demás alternativas preventivas disponibles y no químicas de control de plagas antes de utilizar productos fitosanitarios químicos. La gestión integrada de plagas es obligatoria desde 2009, pero el Informe Especial del TCE sobre el uso sostenible de productos fitosanitarios señala que la UE ha hecho pocos progresos en la promoción de su uso. Además, el informe apunta que “Debido a las estrictas normas de confidencialidad que se aplican a los productos fitosanitarios, Eurostat no puede publicar los datos disponibles sobre las sustancias activas individuales ni compartirlos con otras direcciones de la Comisión.”

En enero de 2020, la Comisión aprobó un reglamento de ejecución mediante el cual no renovaba la autorización de uso del tiacloprid en la UE, debido a las preocupaciones acerca de su impacto sobre las aguas subterráneas y la salud humana. En su informe sobre el tiacloprid, la EFSA concluyó que la evaluación de los riesgos para las abejas no se podía finalizar de forma concluyente a partir de la información facilitada por el solicitante.

Conclusiones y recomendaciones

La falta de incentivos, de financiación, de evaluaciones, de personal técnico de la UE que pueda hacer un seguimiento adecuado de la aplicación de los instrumentos legales, lagunas normativas o que no se aplican correctamente, resultan insuficientes o incluso incoherentes, y explican el declive de los polinizadores silvestres en Europa. Es por ello que el TCE concluye que a la “Iniciativa sobre los polinizadores” le falta un enfoque global y coherente respecto a la protección de los polinizadores silvestres en Europa.

Recordemos que uno de los pilares del Pacto Verde Europeo es la protección de la biodiversidad, y los polinizadores son, a su vez, uno de sus principales elementos para su conservación. Por lo tanto, hace falta proteger los polinizadores silvestres en todos los instrumentos políticos de la UE en materia de agricultura y biodiversidad, así como en el proceso de evaluación del riesgo de los plaguicidas.

Es por ello que el TCE emite las siguientes recomendaciones:

Recomendación 1 – Evaluar la necesidad de establecer medidas específicas para los polinizadores silvestres (plazo 2023)

a) Evaluar si deberían añadirse medidas para luchar contra las amenazas no previstas actualmente en la “Iniciativa sobre los polinizadores” en las medidas y actuaciones de seguimiento de la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2030.

b) Establecer mecanismos apropiados de gobernanza y control de dichas medidas y actuaciones, incluida la asignación de responsabilidades claras entre los servicios de la Comisión que intervienen en los ámbitos políticos pertinentes para los polinizadores silvestres.

Recomendación 2 – Integrar mejor las medidas para proteger a los polinizadores silvestres en instrumentos políticos de la UE sobre agricultura y conservación de la biodiversidad (plazo 2023)

La Comisión debería:

a) Verificar que las herramientas de planificación estratégica para la gestión de los espacios Natura 2000 (marcos de acción prioritaria) contienen requisitos para la protección de los polinizadores silvestres y evaluar las medidas pertinentes propuestas por los Estados miembros en los marcos de acción prioritaria.

b) Evaluar qué prácticas de gestión en las medidas contenidas en la PAC 2014-2020 tuvieron efectos positivos y negativos sobre los polinizadores silvestres.

c) Al comprobar los planes estratégicos de la PAC, verificar que los Estados miembros incluyen, cuando sea necesario, prácticas de gestión que tienen un efecto positivo y significativo sobre los polinizadores silvestres en la condicionalidad, los regímenes ecológicos y las medidas agroambientales y climáticas.

Recomendación 3 – Mejorar la protección de los polinizadores silvestres en el proceso de evaluación del riesgo de los plaguicidas (plazo: 2022)

La Comisión debería:

a) Proponer la modificación o creación de reglamentos de ejecución para los productos fitosanitarios para:

i) incluir salvaguardias para una gama representativa de especies de polinizadores silvestres que sean comparables a las de las abejas melíferas;

ii) exigir que los Estados miembros justifiquen debidamente las autorizaciones de emergencia concedidas, incluyendo información específica sobre las actividades realizadas para encontrar soluciones alternativas y sus resultados;

b) preparar, junto con los Estados miembros, un plan de trabajo para desarrollar métodos de ensayo centrados en los polinizadores silvestres y definir objetivos específicos de protección de los polinizadores silvestres.

 

 

 

Alexandra Farbiarz Mas

Terraqui

Beneficios económicos y ambientales de prolongar la vida útil de los productos según la Agencia de transición ecológica francesa

El estudio “Evaluación ambiental y económica de la prolongación de la vida útil de los aparatos eléctricos y electrónicos a escala doméstica”, publicado por la Agencia de transición ecológica francesa ( ADEME de ahora en adelante), es el tercero de una serie de informes que reflexionan sobre la ampliación de la vida útil de productos del hogar, muchos de ellos aparatos eléctricos y electrónicos:

También cabe destacar que la ADEME tiene una base de datos denominada IMPACTS® , un inventario oficial para el programa francés de información ambiental de productos de gran consumo, que es complementaria a los referentes sectoriales de etiquetado e información.

Tras la promulgación de la Ley n° 2010-105 relativa a la lucha contra el despilfarro y la Economía Circular, mediante el artículo 15 se creó un sistema voluntario de información por el que las empresas informan sobre las características ambientales y criterios sociales de un bien,  un servicio o una categoría de bienes o servicios basados principalmente en el Análisis del Ciclo de Vida.  Para ello se realizará una prueba durante 18 meses – desde febrero de 2020 hasta finales de agosto de 2021 – para constatar su viabilidad y evaluar el impacto socioeconómico de este tipo de sistemas de información.

En esta línea, en su artículo 16 dispone que “los productores, importadores, distribuidores u otros comercializadores de equipos eléctricos y electrónicos deberán comunicar gratuitamente a los vendedores de sus productos, así como a cualquier persona que lo solicite, el índice de reparabilidad del equipo, así como los parámetros utilizados para establecerlo; este índice tiene como objetivo informar al consumidor sobre la capacidad de reparar el producto en cuestión.

A partir del 1 de enero de 2024, los productores o importadores de ciertos productos comunicarán a los vendedores y a cualquier persona que lo solicite, de forma gratuita, el índice de durabilidad de estos productos y los parámetros utilizados para establecerlo; este índice incluye nuevos criterios como la fiabilidad y robustez del producto;

Un decreto fijará la lista de los productos y equipos en cuestión, así como los métodos de su aplicación (art. 16)”.

Volviendo al estudio “Evaluación ambiental y económica de la prolongación de la vida útil de los aparatos eléctricos y electrónico a escala doméstica”, el mismo tiene como objetivo estudiar 11 aparatos eléctricos y electrónicos para:

  • Calcular y analizar el impacto ambiental y los beneficios (en todo su ciclo de vida) del uso prolongado mediante el indicador de cambio climático.
  • Calcular y analizar los beneficios económicos derivados de la prolongación de la vida útil del equipo que se está considerando.
  • Destacar las figuras y mensajes clave para concienciar al público en general sobre la prolongación de la vida útil de los productos.

Considerando la vida útil total de los 11 equipos eléctricos y electrodomésticos, se observa que, al prolongar la vida útil total de un equipo, se pueden observar los siguientes beneficios, durante un período de 3 años, que en un hogar se podrían alcanzar:

Ahorro (en €/duración prolongación) Ahorro ambiental (en kg CO2 -eq /duración de prolongación)
Categoría de productos Alargar 1 año Alargar 2 años Alargar 3 años Alargamiento de 1 año Alargamiento de 2 años Alargamiento de 3 años
Televisor 54 94 135 41 82 124
Ordenador portátil 118 229 341 22 43 65
Smartphone 100 195 290 8 16 24
Impresora 22 38 53 14 28 42
Lavadora 28 47 66 19 41 62
Nevera 50 78 106 17 34 51
Lavavajillas 25 40 56 16 32 48
Secadora 23 36 50 7 13 20
Horno 40 70 100 7 14 21
Aspirador 28 50 71 5 10 14
Microondas 18 27 36 6 13 19

Si dichas prolongaciones se extienden a 10 años:

  • el ahorro sería de entre 962 y 1.995 euros;
  • se evitaría la emisión de entre 219 y 528 Kg de CO2-eq.

El estudio concluye que la prolongación de la vida útil total de los aparatos domésticos siempre genera un beneficio, tanto económico para el consumidor como a nivel ambiental.

En cuanto a los beneficios económicos se constata que:

  • La sustitución del equipo después de la “obsolescencia percibida”* es siempre económicamente desventajosa para el consumidor.

*La obsolescencia percibida o cultural consiste en abandonar bienes o equipos cuando aún funcionan con el fin de satisfacer necesidades de cambio, fenómenos de moda o de innovación. También puede llevar a un fenómeno de acumulación, muy visible para los productos textiles.

Para la mayoría de los equipos estudiados, hay un interés económico para el consumidor en ampliar la vida útil después de una avería.

  • La ventaja o desventaja económica de sustituir el equipo después de una avería depende en gran medida del coste de la reparación, del momento en que ocurre la avería o de la obsolescencia percibida, así como el precio de compra del equipo de sustitución.

Cabe destacar algunas de las definiciones utilizadas en el estudio:

  • La duración de uso corresponde al tiempo mediante el cual un bien ha sido utilizado, es decir, en estado de funcionamiento o listo para su uso por un determinado consumidor/hogar.
  • La duración de uso total es la suma de las duraciones de uso.
  • La prolongación de la duración del uso de un producto o de un equipo corresponde al hecho de aumentar su tiempo total de uso por su titular (o por otros titulares). Esta prolongación puede ser fruto de un buen mantenimiento del producto, su reparación, su reempleo, su conservación lejos de los efectos de la moda o de la innovación o de una concepción más robusta de los mismos.
  • La reparación corresponde a la acción de volver a poner a punto un producto dañado o averiado.

Perspectivas sobre la prolongación de la vida útil de los productos en España

En el Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, actualmente en fase de información pública hasta el 3 de julio, en su artículo 18 sobre “Medidas de Prevención”, podemos encontrar los siguientes apartados que tratan directa o indirectamente cuestiones relativas a la prolongación de la vida útil de los productos:

a) Promover y apoyar los modelos de producción y de consumo sostenibles.

b) Fomentar el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, duraderos (también en términos de vida útil y ausencia de obsolescencia programada), reparables, reutilizables y actualizables.

c) Identificar los productos que contengan materias primas críticas, a fin de prevenir que éstas se conviertan en residuos.

d) Fomentar la reutilización de los productos y la implantación de sistemas que promuevan actividades de reparación y reutilización y en particular para los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.

e) Fomentar, cuando sea adecuado y sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual e industrial, la disponibilidad de piezas de repuesto, manuales de instrucciones, información técnica u otros instrumentos, equipos o programas informáticos que permitan reparar y reutilizar productos sin poner en peligro su calidad y seguridad.

Por otro lado, la Estrategia Española de Economía Circular recientemente aprobada por el MITECO, los compromisos respecto a la durabilidad de los bienes se recogen en:

  • El reto de introducir la economía circular en la economía española cuando señala:

“siendo muy importantes y necesarias las iniciativas centradas en la fase del final del ciclo productivo, la economía circular pretende concentrar los esfuerzos en el inicio de la cadena: en la fase de diseño para lograr la durabilidad del producto combatiendo la obsolescencia programada e impulsando la servitización, su reutilización, reforma, reciclado y reprocesamiento de los componentes. De este modo, la fase de final de ciclo irá requiriendo menos esfuerzos de gestión conforme la economía se vaya “circularizando”. (p.19)

  • La orientación estratégica 2: Ciclo de vida de los productos: Implantar un enfoque de ciclo de vida para los productos, con la incorporación de criterios de ecodiseño, reduciendo la introducción de sustancias nocivas en su fabricación, facilitando la reparabilidad de los bienes producidos y su reutilización, prolongando su vida útil y posibilitando su valorización al final de ésta, en definitiva, manteniendo el valor de los productos, materiales y recursos en la economía el mayor tiempo posible. Esta orientación estratégica puede sostenerse por otras orientaciones estratégicas, pero especialmente la: 6. Consumo sostenible; 7. Sensibilización, comunicación; 10: indicadores. (p.27)
  • Además de los objetivos de reducción de residuos, cabe destacar, en la línea de aumentar la durabilidad de los productos, el objetivo de “Incrementar la reutilización y preparación para la reutilización hasta llegar al 10 % de los residuos municipales generados” (p.28).
  • También se alude a la durabilidad haciendo referencia al Pacto Verde Europeo y nuevo Plan de Acción de Economía Circular para una Europa más limpia y competitiva como uno de sus objetivos (p.13) o aludiendo al Plan de Acción de la Economía Circular de la Comisión  que propone el desarrollo de normativa europea para una Política Marco de Productos Sostenibles (p.35) en el apartado de Sectores de Bienes de Consumo en donde también se hace referencia al Centro Europeo de Normalización que también trabaja en normas donde la durabilidad es objeto de estudio.

Sin embargo, en ninguno de los dos documentos vemos medidas normativas para hacer efectiva la prolongación de la vida útil de los productos. No se proporcionan herramientas como las descritas por la ADEME para desarrollar criterios para prolongar la vida útil de los productos y servicios, ni tampoco para proporcionar información a los consumidores por parte de las empresas que introducen un producto o servicio en el mercado.

Alexandra Farbiarz Mas

Estrategia de biodiversidad de la UE: restaurar la naturaleza para proteger la salud pública y la economía

La Estrategia de Biodiversidad, presentada por la Comisión el pasado 20 de mayo, reconoce que la naturaleza se encuentra en un estado de crisis. Los cinco principales motores directos de pérdida de biodiversidad son los cambios de uso en la tierra y el mar, la sobreexplotación, el cambio climático, la contaminación y las especies exóticas invasoras. A lo largo de toda la Estrategia también se deja claro la relación simbiótica entre salud y el estado de la biodiversidad, así como sus efectos económicos, cuyo coste de no actuar ante la pérdida de biodiversidad ha sido estudiado en un informe de la OCDE de 2019 titulado “Biodiversidad: Las finanzas y la economía. Argumentos para la acción”.

Protección de la naturaleza: compromisos clave para 2030

  1. Proteger legalmente un mínimo del 30 % de la superficie terrestre de la UE y el 30 % de la zona marítima de la UE e integrar corredores ecológicos, como parte de una verdadera red transeuropea de naturaleza.
  2. Proteger estrictamente al menos un tercio de las áreas protegidas de la UE, incluidos todos los bosques primarios y de crecimiento antiguo de la UE restantes.
  3. Gestionar eficazmente todas las áreas protegidas, definiendo objetivos y medidas claros de conservación, monitorizándolos adecuadamente.

Para alcanzar dichos propósitos, la nueva estrategia de biodiversidad se divide en 4 grandes apartados.

  1. La Biodiversidad: la necesidad de acción urgente
Medidas a adoptar por la Comisión Fecha indicativa
Una red coherente de áreas protegidas
Criterios y orientación para identificar y designar zonas protegidas adicionales y corredores ecológicos, sobre la planificación de la gestión adecuada y sobre la forma en que otras medidas eficaces de conservación basadas en áreas y el ecologismo urbano pueden contribuir a los objetivos de protección de la naturaleza de la UE 2030 2020
Evaluación de los progresos de la UE en el cumplimiento de sus objetivos para 2030 en materia de zonas protegidas y la necesidad de adoptar medidas adicionales, legislativas o de otro tipo para 2024

 

  1. Protección y restauración de la naturaleza en la UE
Medidas clave que debe adoptar por la Comisión Fecha indicativa
Un plan de restauración de la naturaleza de la UE
Propuesta de objetivos de restauración de la naturaleza de la UE 2021
Orientación sobre la selección de especies y hábitats para asegurar que al menos el 30% de las especies y hábitats protegidos que actualmente no se encuentran en situación favorable estén en esa categoría para 2030, o muestren una fuerte tendencia positiva 2020
Revisión de la Directiva sobre el uso sostenible de los plaguicidas y mejorar las disposiciones sobre la gestión integrada de plagas 2022
Revisión y posible revisión de la iniciativa de la UE sobre polinizadores 2020
Medidas para garantizar que los Planes estratégicos de la Política Agrícola Común (PAC) de los Estados Miembros establezcan valores nacionales explícitos para los objetivos pertinentes de las Estrategias sobre Diversidad Biológica y la “De la granja a la mesa”, respaldadas, entre otras cosas, por los instrumentos de la PAC y la aplicación de la Directiva sobre hábitats A partir de 2020
Plan de Acción para la Agricultura Orgánica para 2021-2026 2020
Revisión de la Estrategia Temática para la Protección del Suelo 2021
Nueva estrategia forestal de la UE que incluye una hoja de ruta para plantar al menos 3.000 millones de árboles adicionales en la UE para 2030 2021
Seguir desarrollando el Sistema de Información Forestal para Europa a partir de 2020
Directrices sobre la forestación y reforestación inocua para la biodiversidad y las prácticas de forestación más cercanas a las prácticas forestales de la naturaleza 2021
Evaluación de la oferta y la demanda de biomasa en la UE y del mundo y su sostenibilidad conexa Continua
Estudio sobre la sostenibilidad del uso de la biomasa forestal para la producción de energía 2020
Orientación operativa sobre los nuevos criterios de sostenibilidad sobre la biomasa. 2021
Revisión de los datos sobre biocombustibles con alto riesgo indirecto de cambio de uso del suelo y establecimiento de una trayectoria para su eliminación gradual para 2030 2021
Energía
Nuevo plan de acción para conservar los recursos pesqueros y proteger los ecosistemas marinos 2021
Nuevo plan de acción para conservar los recursos pesqueros y proteger los ecosistemas marinos 2021
Orientación y apoyo a los Estados Miembros para identificar los sitios y ayudar a movilizar fondos para el restablecimiento de 25.000 km de ríos de flujo libre 2021
Orientación técnica a los Estados Miembros sobre sus medidas para examinar los permisos de extra abstracción de agua e incautación de agua y restablecer los flujos ecológicos en los planes revisados de gestión de cuencas fluviales hidrográficas. 2023
Crear la Plataforma de Greening Urban de la UE bajo un nuevo “Acuerdo de Ciudad Verde” con ciudades y alcaldes 2021
Orientación técnica sobre el ecologismo urbano y la asistencia para movilizar la financiación y la creación de capacidad de los Estados Miembros y las autoridades locales y regionales, incluido el desarrollo de planes de planes urbanísticos de greening. 2021
Plan de Acción Integrado de Manejo de Nutrientes 2022

 

  1. Cambio transformativo
Medidas clave que debe adoptar por la Comisión Fecha indicativa
Habilitación del cambio transformador
Evaluación de la eficacia del nuevo marco de gobernanza de la diversidad biológica basado en la cooperación y en la necesidad de un enfoque mejorado, jurídicamente vinculante u otro enfoque de la gobernanza de la diversidad biológica 2023
Revisión y posible revisión de la Directiva de Delitos contra el Medio Ambiente 2021
Nueva iniciativa de gobierno corporativo sostenible que apara los derechos humanos, el deber ambiental de cuidado y la debida diligencia obligatoria en todas las cadenas de valor económico 2021
Ayudar a construir un movimiento de la UE para la diversidad biológica A partir de 2020
Estrategia de financiación sostenible renovada 2020
Acto delegado en virtud del Reglamento sobre Taxonomía para establecer una clasificación común de las actividades económicas que contribuyen sustancialmente a la protección y restauración de la diversidad biológica y los ecosistemas 2021
Métodos, criterios y normas para integrar mejor las consideraciones relativas a la biodiversidad en la toma de decisiones públicas y empresariales a todos los niveles, y para medir la huella ambiental de los productos y organizaciones 2021
Promover una iniciativa internacional de contabilidad del capital natural 2021
Establecer un nuevo Centro de Conocimiento para la Diversidad Biológica 2020
Propuesta de Recomendación del Consejo sobre el fomento de la cooperación en materia de educación para la sostenibilidad ambiental, incluida la educación sobre la diversidad biológica 2021

 

  1. La UE para una ambiciosa agenda global de biodiversidad
Medidas clave que debe adoptar por la Comisión Fecha indicativa
La UE para una ambiciosa agenda mundial de biodiversidad
Negociar un acuerdo para un ambicioso marco de biodiversidad posterior a 2020 en la 15ª Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB COP15) 2020-21
Negociar un ambicioso acuerdo sobre la diversidad biológica marina de las zonas que se encuentran fuera de la jurisdicción nacional y sobre tres vastas zonas marinas protegidas en el Océano Austral Marine A partir de 2020
Evaluar el impacto de los acuerdos comerciales sobre la biodiversidad, con seguimiento cuando sea necesario A partir de 2020
Medidas para evitar o minimizar la comercialización de la UE de productos asociados a la deforestación o a la degradación forestal 2021
Revisión del Plan de Acción de la UE contra el Tráfico de Vida Silvestre 2021
Propuesta de endurecimiento ulterior de las normas sobre el comercio de marfil de la UE 2020
Iniciativa NaturAfrica para proteger la vida silvestre y los ecosistemas clave A partir de 2021

 

Inversiones, precios e impuestos para llevar a cabo la Estrategia de Biodiversidad

Para satisfacer las necesidades de esta estrategia, incluidas las prioridades de inversión para Natura 2000 y la infraestructura verde, deberían desbloquearse al menos 20.000 millones de euros al año para invertirlos en la naturaleza.

Para ello será necesario movilizar financiación pública y privada a nivel nacional y de la UE, incluyendo diferentes programas en el próximo presupuesto a largo plazo de la UE. Además, la restauración de la naturaleza hará una importante contribución a los objetivos climáticos, por lo que el 25% del presupuesto de la UE dedicado a la acción climática se invertirá en biodiversidad y soluciones basadas en la naturaleza.

En el marco de Invertir de la UE, se establecerá una iniciativa dedicada al capital natural y a la economía circular para movilizar al menos 10 billones de euros en los próximos 10 años, basada en la financiación público-privada. La naturaleza y la biodiversidad son también una prioridad para el Plan Europeo de Inversiones del Pacto Verde Europeo.

La taxonomía financiera sostenible será un factor clave que ayudará a orientar la inversión hacia una recuperación ecológica y el despliegue de soluciones basadas en la naturaleza y en el cual la UE está ya trabajando como lo señalamos en un post reciente de Terraqui en el que la UE había presentado un informe sobre las actividades que contribuyen a la economía circular.

En 2021, la Comisión adoptará un acto delegado en virtud del Reglamento sobre taxonomía para establecer una clasificación común de las actividades económicas que contribuyen sustancialmente a la protección y la restauración de la diversidad biológica y los ecosistemas. Esto se apoyará además en una estrategia de Financiación Sostenible Renovada a finales de este año que ayudará a garantizar que el sistema financiero contribuya a mitigar los riesgos actuales y futuros para la biodiversidad y a reflejar mejor cómo biodiversidad afecta a la rentabilidad de las empresas y a las perspectivas a largo plazo.

Por otro lado, la Comisión seguirá promoviendo sistemas fiscales y de fijación de precios que reflejen los costes ambientales, incluida la pérdida de biodiversidad. Esto debería alentar los cambios en los sistemas fiscales nacionales para trasladar la carga fiscal de la mano de obra a la contaminación, a los recursos infravalorados y otras externalidades ambientales. Los principios de “el usuario paga” y el “quien contamina paga” deben aplicarse para prevenir y corregir la degradación del medio ambiente. En este sentido en España queda aún mucho por hacer tal como lo explicaba en diciembre de 2019 el abogado de Terraqui Christian Morron Lingl en “El Economista”.

El poder adquisitivo de las autoridades públicas representa el 14% del PIB de la UE y puede servir como un poderoso motor de la demanda de los productos y servicios de las empresas que invierten o contribuyen en soluciones basadas en la naturaleza. Para aprovechar este potencial, al proponer más legislación y orientaciones sobre la contratación pública ecológica, la Comisión integrará criterios y supervisión para impulsar las soluciones basadas en la naturaleza.

Para asegurar la plena aplicación de esta estrategia, la Comisión sugerirá un punto de progreso permanente en el Consejo y en el Parlamento Europeo. Revisará la estrategia para 2024 para evaluar los progresos y si es necesario adoptar nuevas medidas para cumplir sus objetivos.

La Comisión invita al Parlamento Europeo y al Consejo a aprobar esta estrategia antes de la 15ª Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica. Con ello, la UE dice estar dispuesta a encabezar todos los esfuerzos para acordar un nuevo y ambicioso marco mundial para después de 2020 en la próxima 15ª Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica y que ya ha sido anunciada por Naciones Unidas a través de este comunicado.

Probablemente, la falta de una cultura de generalizada de la sociedad en sostenibilidad impide percibir los riesgos asociados a la pérdida de la biodiversidad, así como las posibilidades de generar otro tipo de economía, teniendo en cuenta los materiales que consumimos y cómo los consumimos. Y en esto las esferas burocráticas, políticas y como hemos visto incluso las judiciales tampoco quedan exentas de esta falta de mirada sistémica…que es precisamente la que requieren las soluciones sociales, económicas y ambientales, en la línea del enfoque “Una salud”, de la Organización Mundial de la Salud, que reconoce la conexión intrínseca entre la salud humana, la salud animal y una naturaleza sana y resistente, y que la UE propone también respaldar a través de la Estrategia de Biodiversidad.

Si no se produce un cambio de rumbo en la protección de la biodiversidad, es muy probable que volvamos a vivir episodios como el presente del COVID-19, tal y como explica el ecólogo Fernando Valladares en su blog 

Alexandra Farbiarz Mas

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