El 24 de octubre de 2025, la Comisión Europea publicó la Comunicación C/2025/5646, que establece las directrices para que los Estados miembros calculen los costes de limpieza de la basura dispersa. Este documento constituye una pieza clave para la aplicación efectiva de la Directiva (UE) 2019/904, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.

La Directiva introduce la responsabilidad ampliada del productor (RAP) para los fabricantes de ciertos productos de plástico de un solo uso, quienes deberán asumir la responsabilidad financiera de la gestión de los residuos derivados de sus productos, y, especialmente, a los costes de limpieza de la basura dispersa que sus productos generan.

Estas orientaciones aportan claridad jurídica y un marco metodológico común en toda la Unión Europea, garantizando que los productores contribuyan de forma coherente y proporcional al coste derivado del impacto ambiental de sus productos.

Claves de las nuevas directrices

La Comunicación se centra en desarrollar el artículo 8 de la Directiva, que regula la RAP, y establece criterios claros sobre los siguientes puntos:

  • Definición del alcance de los costes: Las directrices aclaran qué costes específicos deben ser cubiertos por los productores. No se trata solo de la recogida de basura, sino de un concepto más amplio que incluye:
    • Las actividades de limpieza de la basura dispersa llevadas a cabo por las autoridades públicas o en su nombre (por ejemplo, a través de empresas subcontratadas).
    • El transporte y tratamiento posterior de los residuos recogidos.
    • Los costes asociados a la limpieza de infraestructuras como las redes de alcantarillado, cuando se ven afectadas por productos como las toallitas húmedas.
  • Principios para un cálculo justo y eficiente: La Comisión insiste en que los costes repercutidos a los productores deben cumplir tres principios fundamentales:
    1. Eficiencia económica: Los costes no deben ser superiores a los necesarios para prestar los servicios de limpieza de manera eficiente.
    2. Transparencia: El proceso de cálculo y asignación de costes debe ser claro y estar basado en datos sólidos y accesibles para todas las partes implicadas.
    3. Proporcionalidad: La contribución de cada productor debe ser proporcional a la cantidad y al tipo de productos que introduce en el mercado y a su presencia en la basura dispersa.
  • Metodologías para la asignación de costes: El documento sugiere metodologías para calcular qué proporción de la basura dispersa corresponde a los productos de plástico de un solo uso regulados (como recipientes para alimentos, vasos, bolsas, toallitas, globos o filtros de tabaco). Propone enfoques basados en los “insumos” (datos de mercado sobre los productos vendidos) y en los “resultados” (análisis de la composición de la basura recogida), permitiendo a los Estados miembros elegir el más adecuado a su contexto.

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