{"id":3247,"date":"2018-04-19T12:00:10","date_gmt":"2018-04-19T10:00:10","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/catalun%cc%83a-publicados-los-instrumentos-en-materia-de-infraestructuras-de-gestion-asi-como-de-prevencion-y-gestion-de-residuos-y-recursos\/"},"modified":"2025-05-07T10:07:27","modified_gmt":"2025-05-07T08:07:27","slug":"catalun%cc%83a-publicados-los-instrumentos-en-materia-de-infraestructuras-de-gestion-asi-como-de-prevencion-y-gestion-de-residuos-y-recursos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/actualidad\/catalun%cc%83a-publicados-los-instrumentos-en-materia-de-infraestructuras-de-gestion-asi-como-de-prevencion-y-gestion-de-residuos-y-recursos\/","title":{"rendered":"Catalun\u0303a: publicados los instrumentos de gestio\u0301n de residuos y recursos, as\u00ed como de sus infraestructuras de gesti\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Ambos instrumentos se han publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalu\u00f1a de 16 de abril de 2018, mediante Real Decreto 209\/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el <a href=\"http:\/\/portaldogc.gencat.cat\/utilsEADOP\/PDF\/7599\/1669986.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">PINFRECAT20<\/a>\u00a0(publicado en el BOE n\u00fam. 92, de 16 de abril), y el Real Decreto 210\/2018, de 6 de abril, por el que se aprueba el <a href=\"http:\/\/portaldogc.gencat.cat\/utilsEADOP\/PDF\/7599\/1670022.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">PRECAT20<\/a> \u00a0(publicado en el BOE n\u00fam. 92, de 16 de abril), en ejercicio de las competencias compartidas de la Generalitat de Catalun\u0303a en materia de medio ambiente, de acuerdo con los arti\u0301culos 111 y 144 del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2006-13087\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Estatuto de Autonomi\u0301a de Catalun\u0303a<\/a>.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se han elaborado, tramitado y aprobado en aplicaci\u00f3n del Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por Decreto Legislativo 1\/2009, de 21 de julio (TRLRR) , seg\u00fan el cual, junto con el programa general y los programas de residuos, el Gobierno tiene que aprobar un Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gestio\u0301n de Residuos Municipales, que tiene cara\u0301cter de Plan territorial sectorial (arti\u0301culo 6.7), de acuerdo con la <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/CCAA\/ca-l23-1983.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley 23\/1983, de 21 de noviembre, de Poli\u0301tica Territorial<\/a>.<\/p>\n<p>A modo informativo cabe mencionar, para evitar confusiones en cuanto a qui\u00e9n compete la aprobaci\u00f3n de estos instrumentos, que en condiciones de funcionamiento normal de las instituciones catalanas, \u00e9stos se habr\u00edan aprobado por el Gobierno de la Generalitat de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>Seguidamente se analizan los aspectos m\u00e1s destacados de los documentos.<\/p>\n<p><strong>PINFRECAT20:<\/strong><\/p>\n<p><strong>Se trata de un instrumento de ordenacio\u0301n y de determinacio\u0301n del intere\u0301s pu\u0301blico que tiene que derivar en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, y a la vez tiene que garantizar la implantacio\u0301n de un modelo de gestio\u0301n que tiene como finalidad u\u0301ltima la mejora y optimizacio\u0301n del servicio pu\u0301blico de gestio\u0301n de residuos municipales, de acuerdo con el principio de eficiencia, y los criterios de sostenibilidad ambiental, social y econo\u0301mica bajo la base de la cooperacio\u0301n con la Administracio\u0301n local. Adem\u00e1s debe favorecer la creacio\u0301n de una economi\u0301a circular que promueve la eficiencia en el uso de los recursos para lograr un alto nivel de sostenibilidad ambiental<\/strong>, en el marco de la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/pdf\/2017\/BOE-A-2017-11001-consolidado.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley 16\/2017, del 1 de agosto, del Cambio Clima\u0301tico<\/a>.<\/p>\n<p>Asimismo, <strong>el PINFRECAT20 se configura como uno de los ejes vertebradores de la actuacio\u0301n del Gobierno de la Generalitat de Catalun\u0303a<\/strong>, en cuanto que asume la financiacio\u0301n de las inversiones que figuran en el PINFRECAT20 en la cuanti\u0301a y la forma que determine el mismo Plan y contribuye de este modo a la racionalizacio\u0301n del gasto pu\u0301blico en materia de inversiones en gestio\u0301n de residuos municipales.<\/p>\n<p>Este plan tiene naturaleza de <strong>plan territorial sectorial<\/strong>, lo que comporta que su contenido alcance la estimacio\u0301n de los recursos disponibles, de las necesidades y de los de\u0301ficits, territorializados en el sector correspondiente; la determinacio\u0301n de las prioridades de actuacio\u0301n, y la definicio\u0301n de los esta\u0301ndares y de las normas de distribucio\u0301n territorial.<\/p>\n<p>El <strong>PINFRECAT20<\/strong> se desarrolla de acuerdo con la adaptacio\u0301n de la planificacio\u0301n al contexto general en el que se encuentra Catalun\u0303a actualmente, tanto en te\u0301rminos normativos como en cuanto a las complejas condiciones de entorno socioecono\u0301mico y financiero. As\u00ed pues, esta necesidad de adaptacio\u0301n ha motivado la elaboracio\u0301n de un nuevo plan, que revisa y sustituye al <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/CCAA\/ca-d16-2010.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Residuos Municipales, aprobado por el Decreto 16\/2010, de 16 de febrero<\/a>; y lo deroga expresamente.<\/p>\n<p>Deacuerdo con su normativa, el <strong>objeto<\/strong> del PINFRECAT20 se centra en:<\/p>\n<ul>\n<li>La adaptacio\u0301n de las nuevas bases del modelo de gestio\u0301n de residuos municipales establecidas en el Programa de gestio\u0301n de residuos municipales de Catalun\u0303a.<\/li>\n<li>La determinacio\u0301n de los criterios de implantacio\u0301n de las instalaciones de gestio\u0301n de residuos en el escenario temporal previsto.<\/li>\n<li>La agrupacio\u0301n territorial mediante la determinacio\u0301n de las instalaciones que tienen que dar servicio a las diferentes comarcas, partiendo de los a\u0301mbitos funcionales delimitados por el Plan Territorial General de Catalun\u0303a.<\/li>\n<li>La exposicio\u0301n de la situacio\u0301n de las infraestructuras existentes y capacidades disponibles.<\/li>\n<li>La determinacio\u0301n de los de\u0301ficits actuales y futuros de infraestructuras que tienen que ser cubiertos para garantizar el modelo de gestio\u0301n de residuos municipales exigido en cada momento por el ordenamiento juri\u0301dico de aplicacio\u0301n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En cuanto al <strong>contenido<\/strong> del PINFRECAT20, \u00e9ste debe contener:<\/p>\n<ul>\n<li>La definicio\u0301n del Modelo de gestio\u0301n de los residuos municipales en Catalun\u0303a, de acuerdo con el Programa de gestio\u0301n de residuos municipales de Catalun\u0303a.<\/li>\n<li>La exposicio\u0301n y diagnosis de la situacio\u0301n actual de la gestio\u0301n de los residuos municipales generados en Catalun\u0303a y del parque de infraestructuras disponibles que tienen que dar servicio a su tratamiento, en cuanto a la fraccio\u0301n resto, la fraccio\u0301n orga\u0301nica (FORM), la valorizacio\u0301n energe\u0301tica y la disposicio\u0301n del rechazo.<\/li>\n<li>La determinacio\u0301n de cinco agrupaciones territoriales, partiendo de los a\u0301mbitos funcionales delimitados por el Plan Territorial General de Catalun\u0303a, a efectos de compartir las infraestructuras de gestio\u0301n de residuos para garantizar adecuadamente el principio de sostenibilidad ambiental.<\/li>\n<li>La determinacio\u0301n en cada agrupacio\u0301n territorial del balance de situacio\u0301n entre generacio\u0301n y capacidades de tratamiento, estableciendo los de\u0301ficits que hay que cubrir y los mecanismos por la revisio\u0301n de los de\u0301ficits.<\/li>\n<li>La identificacio\u0301n y propuesta de actuaciones concretas que hay que desarrollar.<\/li>\n<li>Los mecanismos y las prescripciones que hay que tener en cuenta para poder desarrollar otras actuaciones no identificadas de forma concreta en el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gestio\u0301n de Residuos Municipales de Catalun\u0303a y que tienen que permitir resolver de\u0301ficits.<\/li>\n<li>La estimacio\u0301n de las inversiones necesarias para llevar a cabo las mejoras o construccio\u0301n de las instalaciones identificadas, asi\u0301 como los instrumentos econo\u0301micos que se preve\u0301 poner a disposicio\u0301n de los entes locales para colaborar en la financiacio\u0301n de las actuaciones.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Por otro lado, los tipos de instalaciones<\/strong> <strong>afectados<\/strong> por el PINFRECAT20 son los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Instalaciones de gestio\u0301n de la fraccio\u0301n resto y la fraccio\u0301n orga\u0301nica de residuos municipales (<strong>FORM<\/strong>).<\/li>\n<li>Instalaciones <strong>de valorizacio\u0301n energe\u0301tica y de disposicio\u0301n del rechazo<\/strong>. En cuanto a los <strong>depo\u0301sitos controlados<\/strong>, quedan afectados u\u0301nicamente los de <strong>clase II<\/strong>, <strong>de residuos no peligrosos<\/strong>, autorizados para la gestio\u0301n de los residuos municipales de los servicios pu\u0301blicos de recogida obligatoria.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Respecto los <strong>principios<\/strong> del PINFRECAT20, la normativa determina los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>En el marco de la Ley 23\/1983, de 21 de novembre, de pol\u00edtica territorial, se establece la obligacio\u0301n de que los planes territoriales sectoriales se tengan que <strong>adaptar<\/strong> a las orientaciones del Plan Territorial General, justifica\u0301ndolo expresamente.<\/li>\n<li>Aplicacio\u0301n de las estrategias y los objetivos siguientes, previstos en el arti\u0301culo 4 de la <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/CCAA\/ca-l1-1995.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley 1\/1995, de 16 de marzo, por la que se aprueba el Plan Territorial General de Catalun\u0303a<\/a> :\n<ul>\n<li><strong>Tender al<\/strong> <strong>reequilibrio territorial global<\/strong> de Catalun\u0303a.<\/li>\n<li><strong>Fomentar el<\/strong> <strong>desarrollo sostenible<\/strong> del pai\u0301s.<\/li>\n<li><strong>Favorecer el mi\u0301nimo impacto ambiental<\/strong> de las actuaciones con incidencia territorial.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Aplicacio\u0301n del orden de prelacio\u0301n de <strong>criterios de gestio\u0301n de los residuos<\/strong> que establece el arti\u0301culo 6 del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2009-17181\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos (TRLRR)<\/a> y el arti\u0301culo 8 de la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2011-13046\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley del Estado 22\/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (LRSC)<\/a>.<\/li>\n<li>Planificacio\u0301n de las infraestructuras de acuerdo con el <strong>principio de eficiencia y el criterio de proximidad y suficiencia <\/strong>de las instalaciones de valorizacio\u0301n de fraccio\u0301n resto de residuos municipales y de disposicio\u0301n del rechazo de los residuos municipales para la gestio\u0301n de los residuos que se generan en una agrupacio\u0301n territorial determinada.<\/li>\n<li><strong>Limitacio\u0301n del rechazo<\/strong> y, en consecuencia:\n<ul>\n<li>Asegurar que se ha reducido en un 65% la deposicio\u0301n de residuos municipales biodegradables respecto a los depositados en 1995, de acuerdo con lo dispuesto en el <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2002-1697\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Real Decreto 1481\/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la disposicio\u0301n del rechazo de los residuos en depo\u0301sito controlado<\/a>.<\/li>\n<li>Sujetar la disposicio\u0301n del rechazo de los residuos al principio general de limitacio\u0301n a las fracciones residuales no susceptibles de valorizacio\u0301n y que han recibido tratamiento previo, que establece el arti\u0301culo 16 del Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos aprobado por TRLRR , y el arti\u0301culo 23 de la LRSC.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>En otro orden de cosas, cabe destacar <strong>el cara\u0301cter vinculante del <\/strong>PINFRECAT20. Al respecto, su normativa determina que <strong>el planeamiento urbani\u0301stico tiene que ser coherente con las determinaciones del <\/strong>PINFRECAT20.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n a\u00f1ade que los <strong>instrumentos de planeamiento urbani\u0301stico tienen que calificar como sistema urbani\u0301stico general las infraestructuras existentes <\/strong>que el PINFRECAT20 identifica y localiza de forma exacta y sobre las que preve\u0301 ampliaciones.<\/p>\n<p>Asimismo, <strong>se a\u00f1ade que la concreta localizacio\u0301n de una infraestructura de gestio\u0301n de residuos municipales de nueva construccio\u0301n, no identificada con exactitud por el PINFRECAT20 se puede llevar a cabo mediante la formulacio\u0301n y aprobacio\u0301n de un Plan especial urbani\u0301stico<\/strong>, que tiene que respetar los criterios que el mencionado Pla territorial sectorial establece.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de ello, el <strong>PINFRECAT20 tiene cara\u0301cter vinculante respecto de los planes municipales y supramunicipales de gestio\u0301n de residuos municipales<\/strong>.<\/p>\n<p>Otra novedad de la normativa es que su disposicio\u0301n adicional establece que por resolucio\u0301n del director o directora de la Agencia de Residuos de Catalun\u0303a <strong>se podra\u0301 permitir el traslado y la gestio\u0301n de los residuos de una agrupacio\u0301n territorial a otra<\/strong>, siempre que se acredite la existencia de un de\u0301ficit de capacidad en la agrupacio\u0301n territorial de origen o bien una mejora en la jerarqui\u0301a de gestio\u0301n de los residuos.<\/p>\n<p>Finalmente, el PINFRECAT20 tendra\u0301 vigencia indefinida, aunque tendra\u0301 que ser revisado como mi\u0301nimo cada 6 an\u0303os. La revisio\u0301n o la modificacio\u0301n del Plan tendra\u0301 que ser aprobada por el Gobierno.<\/p>\n<p><strong>PRECAT20<\/strong><\/p>\n<p>El Programa de Prevenci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Residuos y Recursos de Catalu\u00f1a (PRECAT20), a diferencia del PINFRECAT20, <strong>es un instrumento programa\u0301tico de la Generalitat de Catalun\u0303a para hacer frente a los retos estrate\u0301gicos y objetivos en materia de prevencio\u0301n y gestio\u0301n de residuos hasta el an\u0303o 2020<\/strong>.<\/p>\n<p>En concreto, su objeto es <strong>definir el modelo de prevencio\u0301n y gestio\u0301n de residuos y recursos de Catalun\u0303a, establecer los objetivos y programar las actuaciones y los instrumentos necesarios para el logro de dichos objetivos<\/strong>.<\/p>\n<p>Asimismo, el PRECAT20 da cumplimiento a las previsiones establecidas en los arti\u0301culos 28 y 29 de la Directiva 2008\/98\/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas directivas, al 144 del Estatuto de Autonom\u00eda de Catalu\u00f1a, as\u00ed como al <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2009-17181\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos<\/a>, el cual establece que el Gobierno de la Generalitat tiene que elaborar unos programas de gestio\u0301n de residuos, junto con el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gestio\u0301n de Residuos Municipales.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en la Ley 22\/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (LRSC), la cual modifico\u0301 el re\u0301gimen de la planificacio\u0301n en el a\u0301mbito de los residuos al establecer la obligacio\u0301n de las comunidades auto\u0301nomas de elaborar planes de gestio\u0301n de residuos y programas de prevencio\u0301n de residuos, de acuerdo con el Plan Estatal Marco de Gestio\u0301n de Residuos (PEMAR) 2016-2022 y el Programa estatal de prevencio\u0301n de residuos 2014-2020.<\/p>\n<p>De la misma manera, el programa se sustenta en los arti\u0301culos 14.2. y 15 de la LRSC, que, entre otras cuestiones, establecen que las comunidades auto\u0301nomas aprobara\u0301n programas de prevencio\u0301n de residuos en los que se tienen que establecer los objetivos de prevencio\u0301n, de reduccio\u0301n de la cantidad de residuos generados y de reduccio\u0301n de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes, se describira\u0301n las medidas de prevencio\u0301n existentes y se evaluara\u0301 la utilidad de los ejemplos de las medidas que se indican en el anexo IV u otras medidas adecuadas.<\/p>\n<p>Dichas <strong>medidas se dirigira\u0301n a conseguir la reduccio\u0301n del peso de los residuos producidos en 2020 en un 10% respecto a los generados en 2010. La finalidad de dichos objetivos y medidas sera\u0301 romper el vi\u0301nculo entre el crecimiento econo\u0301mico y los impactos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generacio\u0301n de residuos<\/strong>. Tambi\u00e9n que los programas de prevencio\u0301n de residuos se podra\u0301n aprobar de forma independiente o se podra\u0301n integrar en los planes y programas sobre gestio\u0301n de residuos u otros ambientales.<\/p>\n<p>En este marco, con la aprobaci\u00f3n del PRECAT20 se derogan:<\/p>\n<ul>\n<li>El Decreto 88\/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de Gestio\u0301n de Residuos Industriales de Catalun\u0303a (PROGRIC) y se modifica el Decreto 93\/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestio\u0301n de residuos, salvo la disposicio\u0301n final primera, que conserva su vigencia.<\/li>\n<li>El Decreto 87\/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de Gestio\u0301n de Residuos Municipales de Catalun\u0303a (PROGREMIC) y se regula el procedimiento de distribucio\u0301n de la recaudacio\u0301n de los ca\u0301nones sobre la disposicio\u0301n del rechazo de los residuos municipales, salvo los arti\u0301culos 11, 12, 13, 14, 15, 16 y el capi\u0301tulo II, que conservan su vigencia.<\/li>\n<li>El Decreto 89\/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de Gestio\u0301n de Residuos de la Construccio\u0301n de Catalun\u0303a (PROGROC), se regula la produccio\u0301n y gestio\u0301n de los residuos de la construccio\u0301n y demolicio\u0301n, y el canon sobre la deposicio\u0301n controlada de los residuos de la construccio\u0301n, salvo los arti\u0301culos 2, 3, 4, los capi\u0301tulos III, IV y V, y la disposicio\u0301n derogatoria, las disposiciones adicionales y las disposiciones finales 1 y 3, que conservan su vigencia.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s de ello modifica el Decreto 89\/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de Gestio\u0301n de Residuos de la Construccio\u0301n de Catalun\u0303a (PROGROC), se regula la produccio\u0301n y gestio\u0301n de los residuos de la construccio\u0301n y demolicio\u0301n, y el canon sobre la deposicio\u0301n controlada de los residuos de la construccio\u0301n.<\/p>\n<p><strong>De esta manera, se pasa asi\u0301 de una planificacio\u0301n integrada por tres programas basados en el origen de generacio\u0301n de residuos (municipales, industriales y de la construccio\u0301n) a un u\u0301nico programa orientado a la gestio\u0301n de residuos bajo la visio\u0301n de flujos materiales, con la voluntad de vincular el binomio residuo-recurso y hacer visible la contribucio\u0301n de la correcta gestio\u0301n de los residuos con el uso eficiente de los recursos. <\/strong><\/p>\n<p><strong>As\u00ed pues, el <\/strong>PRECAT20 <strong>pretende fortalecer la condicio\u0301n del residuo como recurso asi\u0301 como las sinergias existentes en la gestio\u0301n de los diferentes flujos materiales independientemente de su origen, con el fin de contribuir, desde el a\u0301mbito de los residuos, al desarrollo sostenible, el uso eficiente de los recursos y a una economi\u0301a circular que a la vez sea competitiva y generadora de nuevas actividades, y coadyuvar en la poli\u0301tica de proteccio\u0301n del medio ambiente y la salud de las personas, en el marco de las poli\u0301ticas europeas sobre la economi\u0301a circular. <\/strong><\/p>\n<p>En cuanto a los <strong>objetivos prioritarios en la prevencio\u0301n y gestio\u0301n de residuos para el an\u0303o 2020, estos se regulan en el arti\u0301culo 6 del Real Decreto de aprobaci\u00f3n del Programa<\/strong>. En este sentido, se establecen los <strong>objetivos transversales en la prevencio\u0301n y gestio\u0301n de residuos<\/strong> para el an\u0303o 2020 siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Reducir la huella de carbono asociada a la gestio\u0301n de residuos y al uso de los recursos en Catalun\u0303a en un 30% respecto al an\u0303o base 2012.<\/li>\n<li>Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero asociados a la deposicio\u0301n, el tratamiento biolo\u0301gico y la combustio\u0301n de residuos municipales en un 30% respecto al an\u0303o base 2012.<\/li>\n<li>Incrementar la eficiencia de captacio\u0301n de bioga\u0301s de los depo\u0301sitos controlados hasta un 60%.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Tambi\u00e9n se concretan los<strong> objetivos de prevencio\u0301n para el an\u0303o 2020 <\/strong>siguientes<strong>: <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Reducir, como mi\u0301nimo, en un 15% en peso la generacio\u0301n primaria total de residuos de Catalun\u0303a, municipales, industriales y de la construccio\u0301n, respecto al an\u0303o base 2010.<\/li>\n<li>Reducir en un 50% en peso el despilfarro alimentario en los a\u0301mbitos de la distribucio\u0301n al por menor, la restauracio\u0301n, el servicio de comidas o catering y el a\u0301mbito dome\u0301stico respecto al an\u0303o base 2010.<\/li>\n<li>Reducir en un 90% en peso el consumo de bolsas comerciales con asas desechables no compostables respecto al an\u0303o base 2007.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, se determinan los <strong>objetivos de gestio\u0301n para el an\u0303o 2020<\/strong> siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>En cuanto a la gestio\u0301n de residuos municipales:\n<ul>\n<li>Incrementar la recogida selectiva bruta hasta el 60% de los residuos municipales generados.<\/li>\n<li>Incrementar la preparacio\u0301n para la reutilizacio\u0301n ma\u0301s la valorizacio\u0301n material hasta el 55% de los residuos municipales generados, para las fracciones de papel, vidrio, metal, pla\u0301stico, bioresiduos y otras fracciones reciclables.<\/li>\n<li>Incrementar la valorizacio\u0301n global hasta el 70% de los residuos municipales generados.<\/li>\n<li>Incrementar el tratamiento previo de la fraccio\u0301n resto hasta el 100% de la fraccio\u0301n resto generada.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>En cuanto a la gestio\u0301n de todos los residuos:\n<ul>\n<li>\u00a0Incrementar la valorizacio\u0301n global hasta el 65% de los residuos generados.<\/li>\n<li>Incrementar la cantidad de residuos tratados previamente antes de ser destinados a depo\u0301sitos controlados hasta el 100% de los residuos destinados a depo\u0301sitos controlados, sin perjuicio de lo dispuesto en el arti\u0301culo 16.2 del Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>En cuanto a la gestio\u0301n de residuos industriales:\n<ul>\n<li>\u00a0Incrementar la preparacio\u0301n para la reutilizacio\u0301n ma\u0301s la valorizacio\u0301n material hasta el 64% de los residuos industriales generados.<\/li>\n<li>Incrementar la valorizacio\u0301n efectiva global hasta el 70% de los residuos industriales generados.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>En cuanto a la gestio\u0301n de residuos de la construccio\u0301n y demolicio\u0301n, incrementar la valorizacio\u0301n global hasta el 75% de los residuos de la construccio\u0301n y demolicio\u0301n generados.<\/li>\n<li>En cuanto a\u00a0flujos de residuos especi\u0301ficos\n<ul>\n<li>En el an\u0303o 2020, un 5% en peso de los residuos de aparatos ele\u0301ctricos y electro\u0301nicos recogidos sera\u0301n destinados a preparacio\u0301n para la reutilizacio\u0301n.<\/li>\n<li>\u00a0A partir del 31 de diciembre de 2020, se recogera\u0301n selectivamente, como mi\u0301nimo, el 55% de los residuos de pilas y acumuladores porta\u0301tiles.<\/li>\n<li>En el an\u0303o 2018, se valorizara\u0301n materialmente, como mi\u0301nimo, un 80% en peso de los neuma\u0301ticos fuera de uso.<\/li>\n<li>\u00a0En el an\u0303o 2020, se valorizara\u0301 materialmente un 100% en peso de los neuma\u0301ticos fuera de uso.<\/li>\n<li>En el an\u0303o 2020, el nivel de valorizacio\u0301n global de residuos de envases sera\u0301 como mi\u0301nimo del 75% en peso.<\/li>\n<li>En el an\u0303o 2020, como mi\u0301nimo, se alcanzara\u0301n los siguientes niveles de valorizacio\u0301n global en peso en funcio\u0301n del material de envasado: papel-carto\u0301n, 80%; metales, 80%; vidrio, 80%; pla\u0301stico, 50%; madera, 70%.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Otro aspecto a destacar del programa es el <strong>cumplimiento de todos los objetivos establecidos,<\/strong> y especialmente de los <strong>objetivos prioritarios<\/strong> considerados en el arti\u0301culo 6 y mencionados anteriormente, de <strong>responsabilidad compartida<\/strong> a todos los agentes privados y pu\u0301blicos que intervienen.<\/p>\n<p>En cuanto al objetivo de gestio\u0301n para el a\u00f1o 2020 de residuos municipales, consistente en incrementar la recogida selectiva bruta hasta el 60% de los residuos municipales generados, se menciona que los municipios tendra\u0301n que alcanzar a ti\u0301tulo individual un objetivo mi\u0301nimo del 50%.<\/p>\n<p>Por lo que se refiere al seguimiento y la evaluacio\u0301n de las actuaciones previstas en el PRECAT20, se determina que correspondera\u0301 a la Agencia de Residuos de Catalun\u0303a. Otra cuesti\u00f3n a destacar es que el Programa sera\u0301 objeto de un seguimiento y evaluacio\u0301n, como mi\u0301nimo, bienales, a partir de la entrada en vigor del presente real decreto, de acuerdo con los principios de participacio\u0301n pu\u0301blica y transparencia.<\/p>\n<p>Finalmente, mencionar que PRECAT20 se inspira en principios generales arraigados en las bases del desarrollo sostenible desde las dimensiones ambiental, social y econo\u0301mica, centra\u0301ndolos en el a\u0301mbito de los residuos y buscando unos fundamentos so\u0301lidos para la actuacio\u0301n.<\/p>\n<p>A todo esto, estar\u00e1 por ver la vigencia de los dos instrumentos reci\u00e9n aprobados, habida cuenta que, <strong>esta misma semana, la Uni\u00f3n Europea ha aprobado la nueva normativa sobre<a href=\"http:\/\/www.europarl.europa.eu\/news\/es\/headlines\/economy\/20151201STO05603\/economia-circular-definicion-importancia-y-beneficios\">\u00a0econom\u00eda circular<\/a>, que establece nuevos objetivos jur\u00eddicamente vinculantes para el reciclaje de residuos y la reducci\u00f3n de los vertederos dentro de unos plazos fijos<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Entre los objetivos m\u00e1s ambiciosos de la UE sobre residuos cabe mencionar el objetivo com\u00fan para reciclar al menos el 55% de los residuos municipales en 2025<\/strong>. Esta meta avanzar\u00e1 hasta el 60% en 2030 y al 65% en 2035.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n tendr\u00e1 un objetivo com\u00fan para <strong>reciclar el 65% de los residuos de envases en 2025, y el 70% para 2030, con objetivos separados para materiales espec\u00edficos<\/strong>:<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>en 2025<\/td>\n<td>en 2030<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Todos los envases<\/td>\n<td>65%<\/td>\n<td>70%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Pl\u00e1stico<\/td>\n<td>50%<\/td>\n<td>55%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Madera<\/td>\n<td>25%<\/td>\n<td>30%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Metales ferrosos<\/td>\n<td>70%<\/td>\n<td>80%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Aluminio<\/td>\n<td>50%<\/td>\n<td>60%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Vidrio<\/td>\n<td>70%<\/td>\n<td>75%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Papel y cart\u00f3n<\/td>\n<td>75%<\/td>\n<td>85%<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Otro ejemplo de estas medidas de la UE es que habr\u00e1 un objetivo vinculante para la limitar el vertido de residuos municipales en vertederos al 10% del total para 2035.<\/p>\n<p><strong>De esta manera, a trav\u00e9s de los instrumentos PINFRECAT20 y PRECAT20 se actualiza <em>por el momento<\/em> la planificaci\u00f3n de infraestructuras de Gesti\u00f3n de Residuos Municipales de Catalu\u00f1a, as\u00ed como la programaci\u00f3n de la Generalitat de Catalun\u0303a en materia de prevenci\u00f3n y gesti\u00f3n de residuos, con el fin de avanzar en la integracio\u0301n de este vector ambiental en el conjunto de poli\u0301ticas de la Generalitat. <\/strong><\/p>\n<p><strong>Este vector ambiental debe constituir el marco de referencia para la implantacio\u0301n ordenada y equilibrada en el territorio de las infraestructuras necesarias para el tratamiento de residuos en Catalun\u0303a, de acuerdo con la reformulacio\u0301n del modelo de gestio\u0301n, al cual se tienen que subordinar los instrumentos previstos en la legislacio\u0301n urbani\u0301stica. <\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A trav\u00e9s de los Reales Decretos 209\/2018 y 210\/2018 se han aprobado el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de Gesti\u00f3n de Residuos Municipales de Catalu\u00f1a (PINFRECAT20) y el Programa de Prevenci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Residuos y Recursos de Catalu\u00f1a (PRECAT20).<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[24,198,112,10],"tags":[],"categoria_terraqui":[337],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3247","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-economia-circular","category-ordenacion-del-territorio","category-planificacion","category-urbanismo","categoria_terraqui-economia-circular","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3247","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3247"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3247\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5662,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3247\/revisions\/5662"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3247"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3247"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3247"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3247"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3247"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}