{"id":3196,"date":"2017-01-31T12:40:52","date_gmt":"2017-01-31T10:40:52","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/hoja-de-ruta-para-la-evaluacion-del-reglamento-de-traslados-de-residuos\/"},"modified":"2025-05-07T13:55:38","modified_gmt":"2025-05-07T11:55:38","slug":"hoja-de-ruta-para-la-evaluacion-del-reglamento-de-traslados-de-residuos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/actualidad\/hoja-de-ruta-para-la-evaluacion-del-reglamento-de-traslados-de-residuos\/","title":{"rendered":"Hoja de ruta para la evaluaci\u00f3n del Reglamento de traslados de residuos"},"content":{"rendered":"<p>Los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y su eliminaci\u00f3n est\u00e1n regulados por el Convenio de Basilea, de 22 de marzo de 1989, en el que la Uni\u00f3n Europea es Parte. El objetivo general del Convenio es proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos adversos de los residuos peligrosos.<\/p>\n<p>La UE ha establecido un r\u00e9gimen de vigilancia y control de los traslados de residuos dentro de sus fronteras, junto con los pa\u00edses de la Asociaci\u00f3n Europea de Libre Comercio (AELC), la Organizaci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE) y otros terceros pa\u00edses que son Partes en el Convenio.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:02006R1013-20160101&amp;from=EN\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">El Reglamento 1013\/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos<\/a> incorpora el Convenio al Derecho de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p>El Reglamento, que es directamente aplicable en los Estados miembros, fue modificado en 2014 por el <a href=\"http:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:32014R0660&amp;from=ES\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento 660\/2014<\/a>. Esta modificaci\u00f3n se aprob\u00f3 a ra\u00edz de la detecci\u00f3n de divergencias y lagunas en la ejecuci\u00f3n del Reglamento de traslados y en las inspecciones llevadas a cabo por las autoridades que participan en las inspecciones en los Estados miembros.<\/p>\n<p>Efectivamente, en el \u00faltimo informe realizado por la <a href=\"http:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:52015DC0660&amp;from=EN\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Comisi\u00f3n sobre la evoluci\u00f3n de la generaci\u00f3n, tratamiento y traslados de residuos en los Estados miembros de la UE publicado en diciembre de 2015 y relativo al periodo 2010-2012<\/a>\u00a0se expone que, en la UE, se dieron m\u00e1s de 2.500 casos de traslados ilegales entre 2010 y 2012, de los cuales, unos 1.000 fueron comunicados en 2012. En cambio, en 2009 hubo alrededor de 400 casos. Sin embargo, la mala calidad de los datos sobre los traslados ilegales y la disparidad de cifras respecto a los controles in situ efectuados impiden un an\u00e1lisis en profundidad de los resultados de la EU-27 y de cada Estado miembro a la hora de reducir el n\u00famero de estos casos.<\/p>\n<p>Para evitar estos problemas, el Reglamento 660\/2014 regula la forma y contenido de las inspecciones y establece la obligaci\u00f3n para todos los Estados miembros de disponer de planes de inspecci\u00f3n como m\u00e1s tarde el 1 de enero de 2017.<\/p>\n<p>En este mismo Reglamento se estableci\u00f3 que a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2020, la Comisi\u00f3n, teniendo en cuenta, <em>inter alia,<\/em> los informes elaborados por los Estados miembros, revisar\u00e1 el Reglamento y presentar\u00e1 un informe sobre sus resultados al Parlamento Europeo y al Consejo, junto con una propuesta legislativa si da lugar. En dicha revisi\u00f3n, la Comisi\u00f3n examinar\u00e1, en particular, la eficacia de los planes de inspecci\u00f3n<em>,<\/em> en la lucha contra los traslados il\u00edcitos, teniendo en cuenta los aspectos medioambientales, sociales y econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>Por otra parte, el <a href=\"http:\/\/eur-lex.europa.eu\/resource.html?uri=cellar:8a8ef5e8-99a0-11e5-b3b7-01aa75ed71a1.0011.02\/DOC_1&amp;format=PDF\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Plan de acci\u00f3n sobre econom\u00eda circular aprobado por la Comisi\u00f3n en diciembre de 2015<\/a> puso de manifiesto que un obst\u00e1culo para lograr unas mayores tasas de reciclado es el transporte ilegal de residuos, tanto dentro de la UE como hacia pa\u00edses no pertenecientes a la UE, lo que a menudo da lugar a un tratamiento insuficiente desde el punto de vista econ\u00f3mico y perjudicial para el medio ambiente. Esta raz\u00f3n fue la que llev\u00f3 a adoptar el Reglamento 660\/2014 para lograr una mayor detecci\u00f3n de estos traslados ilegales; y la Comisi\u00f3n se ha comprometido a adoptar otras medidas para contribuir a garantizar que dicho Reglamento se aplique correctamente.<\/p>\n<p>En la hoja de ruta, adem\u00e1s, se pone de manifiesto que la Comisi\u00f3n ha recibido quejas en relaci\u00f3n a ciertas obligaciones derivadas del Reglamento que crean cargas administrativas innecesarias, retrasos y costes en los traslados, que deben ser evaluadas.<\/p>\n<p>Este es el marco en el que la Comisi\u00f3n se plantea la hoja de ruta para realizar la evaluaci\u00f3n cuyos resultados deber\u00e1n servir para identificar medidas para la mejora de la aplicaci\u00f3n del Reglamento de traslados.<\/p>\n<p>La hoja de ruta puede consultarse en el siguiente <a href=\"http:\/\/ec.europa.eu\/smart-regulation\/roadmaps\/docs\/2017_env_026_waste_shipment_evaluation_env.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">enlace<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n Europea ha hecho p\u00fablica la hoja de ruta para la evaluaci\u00f3n del Reglamento 1013\/2006 sobre traslados de residuos, con el objetivo de analizar si cumple con sus objetivos y es coherente con los objetivos generales de la pol\u00edtica ambiental europea, la econom\u00eda circular y el mercado interno, as\u00ed como para conocer los costes asociados a su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"categoria_terraqui":[337],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3196","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categorizar","categoria_terraqui-economia-circular","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3196","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3196"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3196\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5720,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3196\/revisions\/5720"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3196"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3196"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3196"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3196"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3196"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}