{"id":3421,"date":"2023-02-02T19:00:05","date_gmt":"2023-02-02T18:00:05","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/ticket-plastico-envases\/"},"modified":"2025-01-02T20:19:51","modified_gmt":"2025-01-02T19:19:51","slug":"ticket-plastico-envases","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/actualidad\/ticket-plastico-envases\/","title":{"rendered":"\u00bfPor qu\u00e9 las cadenas de comida r\u00e1pida empiezan a incluir en los tickets de compra un precio por los recipientes y vasos de bebidas de pl\u00e1stico?"},"content":{"rendered":"\n<p>La mano despistada se abre y de ella se desprende una bolsa blanca. El viento hace que la bolsa d\u00e9 vueltas sobre s\u00ed misma marcando el camino del viento, que normalmente no vemos, pero sentimos. La bolsa blanca, ligera, deprendida de la mano que la agarraba, es ahora un residuo disperso. Si se quiere: un bello residuo disperso que danza. Pero, \u00bfqu\u00e9 relaci\u00f3n guarda la famosa <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?v=gHxi-HSgNPc\">escena de la pel\u00edcula American Beauty<\/a> con las cadenas de comida r\u00e1pida y los tickets de compra?<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos d\u00edas, proliferan las <a href=\"https:\/\/www.elperiodico.com\/es\/vida-y-estilo\/20230124\/burger-king-mcdonald-s-cobran-centimo-mas-plastico-81832316\">noticias<\/a> relativas a c\u00f3mo el impuesto sobre los envases de pl\u00e1stico va a incrementar los costes para los consumidores y afectar\u00e1 de forma desproporcionada a las empresas del sector. Sin embargo, no se puede apuntar al impuesto como la causa de todos los cambios que empezamos a apreciar en el precio de los productos de pl\u00e1stico que consumimos.<\/p>\n\n\n\n<p>La normativa europea ha marcado el rumbo hacia un cambio en el consumo que realizamos de los productos pl\u00e1sticos de un solo uso, que, cada vez en mayor medida, tendr\u00e1 reflejo en las escenas cotidianas de nuestro d\u00eda a d\u00eda. El ejemplo de los tickets de compra de los recipientes de pl\u00e1stico de un solo uso para alimentos es \u00fanicamente un ejemplo, que sigue la senda de las medidas que, respecto a las bolsas, se han aprobado en los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>1. \u00bfPor qu\u00e9 las cadenas de comida r\u00e1pida incluyen un precio en los tickets por el pl\u00e1stico de los envases?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La raz\u00f3n de que las cadenas de comida r\u00e1pida hayan comenzado a incluir esta informaci\u00f3n en los tickets de venta es, principalmente, porque deben hacerlo si quieren seguir empleando envases de un solo uso de pl\u00e1stico para servir sus productos y cumplir con la normativa.<\/p>\n\n\n\n<p>En particular, el art\u00edculo 55 de la Ley 7\/2022, establece los siguientes objetivos de reducci\u00f3n de la comercializaci\u00f3n de determinados productos de pl\u00e1stico de un solo uso incluidos en la parte A del anexo IV de esta norma:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>En 2026, se ha de conseguir una reducci\u00f3n del 50 % en peso, con respecto a 2022.<\/li>\n\n\n\n<li>En 2030, se ha de conseguir una reducci\u00f3n del 70 % en peso, con respecto a 2022.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Para alcanzar estos objetivos de reducci\u00f3n, el art\u00edculo 55 impone que todos los agentes implicados en su comercializaci\u00f3n deben fomentar el uso de alternativas reutilizables o de otro material no pl\u00e1stico. En todo caso, a partir del 1 de enero de 2023, se deber\u00e1 cobrar un precio por cada uno de los productos de pl\u00e1stico incluidos en la parte A del anexo IV que se entregue al consumidor, diferenci\u00e1ndolo en el&nbsp;<em>ticket&nbsp;<\/em>de venta.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, podr\u00e1n adoptarse otras medidas para reducir el consumo de estos productos por v\u00eda reglamentaria. As\u00ed, este precepto tambi\u00e9n contempla que el Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y el Reto Demogr\u00e1fico, en coordinaci\u00f3n con las comunidades aut\u00f3nomas, llevar\u00e1 a cabo un seguimiento de la reducci\u00f3n del consumo de estos productos y, en funci\u00f3n de los resultados, podr\u00e1 proponer la revisi\u00f3n del calendario anterior y otras posibles v\u00edas para reducir su consumo. En el mismo sentido, el art\u00edculo 18 de la Ley 7\/2022 se\u00f1ala que las autoridades competentes adoptar\u00e1n medidas para, entre otros fines, identificar los productos que constituyen las principales fuentes de basura dispersa y adoptar las medidas adecuadas para prevenir y reducir esta basura. Cuando estas medidas impliquen restricciones de mercado, las medidas ser\u00e1n proporcionadas y no discriminatorias y deber\u00e1n regularse por real decreto, o\u00edda la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n en materia de residuos e informada la Comisi\u00f3n Europea.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>2. \u00bfQu\u00e9 productos est\u00e1n afectados?<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Este precio diferenciado en el ticket de compra debe aplicarse a los siguientes productos pl\u00e1sticos de un solo uso:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.<\/li>\n\n\n\n<li>Recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que est\u00e1n destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar, que normalmente se consumen en el propio recipiente y est\u00e1n listos para el consumo sin ninguna otra preparaci\u00f3n posterior, como cocinar, hervir o calentar, incluidos los recipientes para alimentos utilizados para comida r\u00e1pida u otros alimentos listos para su consumo inmediato.<\/li>\n\n\n\n<li>En cambio, se except\u00faan los recipientes para bebidas, los platos y los envases y envoltorios que contienen alimentos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La determinaci\u00f3n de los productos afectados requiere una labor de an\u00e1lisis e interpretaci\u00f3n normativa. En particular, consideramos que es preciso un an\u00e1lisis espec\u00edfico para determinar cu\u00e1ndo un recipiente puede estar afectado por esta normativa, pues, seg\u00fan la Ley 7\/2022, solo tendr\u00e1n la condici\u00f3n de pl\u00e1stico de un solo uso cuando por su tama\u00f1o o volumen determinen su tendencia a convertirse en un residuo disperso.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con la diferencia entre recipiente para alimentos y recipiente para bebidas, \u00e9sta radica en el tipo de producto que contiene el recipiente (un alimento o una bebida). Al respecto las <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=DOUE-Z-2021-70044\">Directrices de interpretaci\u00f3n de la Directiva SUP<\/a> elaboradas por la Comisi\u00f3n ofrecen criterios para distinguir entre los alimentos y las bebidas entre los que se encuentran los siguientes: 1) La modalidad de consumo del producto y su consistencia dentro del recipiente (densidad y viscosidad). Por ejemplo: si los productos se venden en estado l\u00edquido y se beben ser\u00e1n bebidas; 2) En general, la cantidad de una bebida se expresa en volumen (por ejemplo, mililitros), en lugar de en peso; 3) La forma del recipiente y si es necesario contener el producto alimenticio con cubiertos permite interpretar que no estamos ante una bebida. Adem\u00e1s, se proporcionan ejemplos de lo que constituyen recipientes para alimentos o bebidas. As\u00ed, son recipientes para bebidas los que contienen cerveza, vino, agua, refrescos, zumos y n\u00e9ctares, bebidas instant\u00e1neas o leche. En cambio, son recipientes para alimentos los que contengan sopas, yogures (salvo que sean bebibles) y pur\u00e9s de frutas, dado que normalmente se necesita emplear cubiertos para consumirlos. Y tampoco son bebidas algunos productos en forma l\u00edquida que, aunque se pueden beber, no se consumen directamente del recipiente o hay que diluirlos para que se puedan consumir: vinagre, ali\u00f1os, salsa de soja, zumos de lim\u00f3n, aceites comestibles, cordiales, licuados, jarabes o concentrados.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/terraqui.com\/wp\/wp-content\/uploads\/Imagen1-2.png\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/terraqui.com\/wp\/wp-content\/uploads\/Imagen1-2.png\" alt=\"\"\/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Directrices de la Comisi\u00f3n relativas a la Directiva SUP<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la diferencia entre los recipientes para alimentos sujetos a la obligaci\u00f3n de reducci\u00f3n y los envases y envoltorios que contienen alimentos, seg\u00fan las Directrices de interpretaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Europea, \u00e9sta radica en el material con el que est\u00e1n elaborados: los envases r\u00edgidos o parcialmente r\u00edgidos son recipientes para alimentos, mientras que los materiales de embalaje flexibles son envases y envoltorios.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/terraqui.com\/wp\/wp-content\/uploads\/Imagen2-1.png\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/terraqui.com\/wp\/wp-content\/uploads\/Imagen2-1.png\" alt=\"\"\/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Directrices de la Comisi\u00f3n relativas a la Directiva SUP<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>3. \u00bfQu\u00e9 precio se deber\u00e1 cobrar por los productos afectados en el ticket de compra?<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>El importe del precio que debe cobrarse por estos productos es un aspecto que ha generado muchas dudas entre los establecimientos de restauraci\u00f3n de comida r\u00e1pida, ante la indefinici\u00f3n normativa en cuanto a qu\u00e9 cantidad es la que se debe incluir en el ticket de compra, o a cu\u00e1nto debe ascender. En la pr\u00e1ctica, se aprecia que, actualmente, las cadenas de comida r\u00e1pida est\u00e1n cobrando un precio de 1 c\u00e9ntimo.<\/p>\n\n\n\n<p>Anteriores precedentes normativos en que se hab\u00eda empleado este sistema de cobro de un precio espec\u00edfico por la venta de productos de pl\u00e1stico si contemplaban un importe orientativo. Este es el caso del Real Decreto 293\/2018, de 18 de mayo, sobre reducci\u00f3n del consumo de bolsas de pl\u00e1stico y por el que se crea el Registro de Productores. En ese caso, el precio se fijaba entre los 5 c\u00e9ntimos y 15 c\u00e9ntimos, en funci\u00f3n del espesor de las bolsas.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>4. \u00bfPor qu\u00e9 esta obligaci\u00f3n?<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>La obligaci\u00f3n de cobrar un precio por los vasos y recipientes de alimentos para comida r\u00e1pida deriva de la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/doue\/2019\/155\/L00001-00019.pdf\">Directiva (UE) 2019\/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducci\u00f3n del impacto de determinados productos de pl\u00e1stico en el medio ambiente<\/a>. &nbsp;Esta Directiva contempla la opci\u00f3n de prohibir entregar gratuitamente los productos de pl\u00e1stico de un solo uso incluidos en su anexo A como una de las medidas que los Estados miembros podr\u00edan adoptar para conseguir alcanzar una reducci\u00f3n significativa de su consumo. Por tanto, aunque no impone la adopci\u00f3n de esta medida, s\u00ed que fija objetivos de reducci\u00f3n que los Estados miembros deben cumplir y la se\u00f1ala como un ejemplo de las medidas que se podr\u00edan adoptar.<\/p>\n\n\n\n<p>El precedente normativo de las bolsas de pl\u00e1stico demostr\u00f3 la eficacia de la aplicaci\u00f3n de instrumentos econ\u00f3micos para reducir el consumo de pl\u00e1sticos de un solo uso. En tal sentido, la memoria de impacto normativo de la Ley \/2022 puso de relieve que esta medida alcanz\u00f3 reducciones en 2019, respecto a 2017, del 51,96% en cuanto al PEAD (polietileno de alta densidad) y del 54,72% por lo que se refiere al PEBD (polietileno de baja densidad).<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto al impacto esperado de la inclusi\u00f3n en el ticket de compra de un precio espec\u00edfico por los recipientes y vasos de pl\u00e1stico de un solo uso, la memoria de impacto de la Ley 7\/2022 se\u00f1ala que, pese a que se espera que contribuya a reducir el consumo de este tipo de productos, su impacto econ\u00f3mico \u201cse considera relativamente peque\u00f1o\u201d dado que \u201clos productos afectados supondr\u00edan \u00fanicamente un 0,34% del total de envases de pl\u00e1stico, o un 0,73% si consideramos \u00fanicamente los envases dom\u00e9sticos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>5. Reflexiones finales<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Pese a todos los impactos que est\u00e1 originando la gesti\u00f3n del impuesto sobre los envases no reutilizables en las empresas afectadas, no pueden atribu\u00edrsele a la nueva figura impositiva todos los cambios que se est\u00e1n produciendo en la fabricaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de pl\u00e1sticos de un solo uso.<\/p>\n\n\n\n<p>En la Uni\u00f3n Europea, el impulso normativo para reducir los impactos ambientales del pl\u00e1stico dio un paso definitivo con la <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/HTML\/?uri=CELEX:52018DC0028&amp;from=FR\">Estrategia europea para el pl\u00e1stico en una econom\u00eda circular<\/a>. Esta estrategia, y la posterior aprobaci\u00f3n de la Directiva SUP, marcaron un punto de inflexi\u00f3n en la aprobaci\u00f3n de normativa para abordar la problem\u00e1tica de la contaminaci\u00f3n por pl\u00e1sticos y, actualmente, comenzamos a percibir determinados cambios que afectar\u00e1n a los productos pl\u00e1sticos que fabricamos y consumismos. Como ejemplo de ello, desde el 1 de enero de 2023, el ticket de compra que nos entregar\u00e1n si consumimos comida r\u00e1pida, incluir\u00e1 el precio de los recipientes de pl\u00e1stico de un solo uso que empleemos. Y a esto podr\u00e1 sumarse un incremento del precio provocado por el nuevo impuesto sobre los envases no reutilizables de pl\u00e1stico, pues, pese a que ambos buscan desincentivar el consumo de esta tipolog\u00eda de envases, constituyen instrumentos jur\u00eddicos diferentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabr\u00eda preguntarse si aplicar un precio de un c\u00e9ntimo por el consumo de recipientes de pl\u00e1stico, como est\u00e1n empezando a hacer algunas cadenas de restauraci\u00f3n, realmente lograr\u00e1 una disminuci\u00f3n del consumo lo suficientemente ambiciosa para cumplir con los objetivos de la normativa europea (la Directiva SUP exige lograr una \u201creducci\u00f3n ambiciosa y sostenida del consumo de estos productos pl\u00e1sticos\u201d). No obstante, si se aprueba el Reglamento de envases propuesto por la Comisi\u00f3n Europea el pasado noviembre, la situaci\u00f3n cambiar\u00e1 notablemente. La propuesta de reglamento prev\u00e9 la prohibici\u00f3n del empleo de envases de un solo uso en el sector HORECA que contengan porciones individuales utilizados para condimentos, conservas, salsas, crema para caf\u00e9, az\u00facar y condimentos, como sobres, tarrinas, bandejas y recipientes o cajas. Asimismo, a partir de 2030, la propuesta contempla la prohibici\u00f3n del uso de envases pl\u00e1stico de un solo uso para alimentos y bebidas en el sector HORECA que consistan en bandejas, platos y vasos desechables, bolsas, papel de aluminio y recipientes o cajas.<\/p>\n\n\n\n<p>En definitiva, los cambios normativos recientes que inciden en la cadena de valor del pl\u00e1stico pretenden evitar que determinados productos pl\u00e1sticos terminen constituyendo basura dispersa e impulsar que todos los envases sean reutilizables o puedan reciclarse en 2030. Para lograr este objetivo, se prev\u00e9 que la presi\u00f3n normativa sobre los envases de un solo uso de pl\u00e1stico se acent\u00fae en los pr\u00f3ximos a\u00f1os y afectar\u00e1, no solo a los fabricantes y agentes de la cadena de valor del pl\u00e1stico, sino tambi\u00e9n a los consumidores, a fin de incentivar una modificaci\u00f3n en las pautas de consumo.<\/p>\n\n\n\n<p>Pido disculpas por el optimismo en cuanto al cumplimiento y confianza en la no regresi\u00f3n del derecho ambiental pero quiz\u00e1s, en unos a\u00f1os, ver volando una bolsa dispersa, como aquella de la famosa escena de American Beauty, sea considerado un hecho ins\u00f3lito.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los \u00faltimos d\u00edas, proliferan las noticias relativas a c\u00f3mo el impuesto sobre los envases de pl\u00e1stico va a incrementar los costes para los consumidores y afectar\u00e1 de forma desproporcionada a las empresas del sector. Sin embargo, no se puede apuntar al impuesto como la causa de todos los cambios que empezamos a apreciar en el precio de los productos de pl\u00e1stico que consumimos. En este art\u00edculo analizaremos por qu\u00e9 las cadenas de comida r\u00e1pida han empezado a cobrar e incluir en sus tickets de venta el precio de determinados productos pl\u00e1sticos<\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":3475,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[251,24],"tags":[309,307],"categoria_terraqui":[337],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3421","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-consumidor","category-economia-circular","tag-envases","tag-plasticos","categoria_terraqui-economia-circular","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3421","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3421"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3421\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3476,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3421\/revisions\/3476"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3475"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3421"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3421"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3421"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3421"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3421"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}