{"id":3391,"date":"2021-07-22T17:17:00","date_gmt":"2021-07-22T15:17:00","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/en-que-se-diferencian-las-leyes-de-cambio-climatico-espanola-y-francesa\/"},"modified":"2025-02-06T20:04:40","modified_gmt":"2025-02-06T19:04:40","slug":"en-que-se-diferencian-las-leyes-de-cambio-climatico-espanola-y-francesa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/actualidad\/en-que-se-diferencian-las-leyes-de-cambio-climatico-espanola-y-francesa\/","title":{"rendered":"\u00bfEn qu\u00e9 se diferencian las leyes de cambio clim\u00e1tico espa\u00f1ola y francesa?"},"content":{"rendered":"<p>Si en anteriores art\u00edculos abordamos el <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/cambio-climatico-y-transicion-energetica-en-las-politicas-sectoriales\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">an\u00e1lisis pormenorizado de la Ley 7\/2021, de 20 de mayo, de cambio clim\u00e1tico y transici\u00f3n energ\u00e9tica<\/a>\u00a0(en adelante, Ley de cambio clim\u00e1tico) y del <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/aprobada-la-ley-europea-del-clima\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><u>Reglamento (UE) 2021\/1119 del Parlamento europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad clim\u00e1tica y se modifican los Reglamentos (CE) n\u00ba 401\/2009 y (UE) 2018\/1999<\/u><\/a> (en adelante, Ley europea del clima), ahora haremos un ejercicio de contextualizaci\u00f3n para conocer qu\u00e9 se est\u00e1 haciendo en otros Estados miembros para luchar contra el cambio clim\u00e1tico. En este sentido, el momento es id\u00f3neo para referirnos a Francia, pues hace apenas unos d\u00edas \u00ad- el pasado 20 de julio de 2021 -, la Asamblea Nacional y el Senado adoptaron el <a href=\"https:\/\/www.assemblee-nationale.fr\/dyn\/15\/textes\/l15b4336_texte-adopte-commission#D_Article_56\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Proyecto de Ley de lucha contra el cambio clim\u00e1tico y fortalecimiento de la resiliencia ante sus efectos<\/a>. En este art\u00edculo analizaremos, sin \u00e1nimo exhaustivo, los aspectos principales de la norma francesa, centr\u00e1ndonos, en especial, en aquellos \u00e1mbitos en los que el contraste con la ley espa\u00f1ola permite apreciar mayores diferencias a la hora de abordar problemas comunes, como son la mitigaci\u00f3n del cambio clim\u00e1tico y la adaptaci\u00f3n a sus efectos.<\/p>\n<h2><strong>1. Elaboraci\u00f3n de la norma y participaci\u00f3n p\u00fablica <\/strong><\/h2>\n<p><strong><em>Francia <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong><u>Convenci\u00f3n Ciudadana por el Clima<\/u><\/strong>: la ley francesa del clima ha sido elaborada a partir de las 149 propuestas presentadas por la Convenci\u00f3n Ciudadana por el Clima, compuesta por 150 ciudadanos seleccionados aleatoriamente para ser representativos seg\u00fan criterios de g\u00e9nero, edad, educaci\u00f3n, y \u00e1rea geogr\u00e1fica. Entre sus propuestas, se inclu\u00edan la introducci\u00f3n del ecocidio como delito, la reducci\u00f3n del IVA en los billetes de tren, la prohibici\u00f3n de la publicidad de productos perjudiciales para el medioambiente, as\u00ed como la prohibici\u00f3n de los vuelos nacionales para aquellas rutas que puedan cubrirse en menos de cuatro horas en tren.\u00a0No obstante, los participantes de la <a href=\"https:\/\/www.climatica.lamarea.com\/asamblea-clima-francia-suspende-macron\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Convenci\u00f3n Ciudadana por el Clima se muestran, en general, <u>descontentos<\/u> con el grado de atenci\u00f3n que recibieron sus propuestas<\/a>.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>Espa\u00f1a <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong><u>La futura Asamblea Ciudadana para el Clima<\/u><\/strong>: en Espa\u00f1a, en la actualidad, se trata de seguir el ejemplo franc\u00e9s, y, despu\u00e9s de haber sometido a consulta p\u00fablica la Orden ministerial para la organizaci\u00f3n de la <a href=\"https:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/serviciosdeprensa\/notasprensa\/transicion-ecologica\/Paginas\/2021\/260521-asamblea_ciudadana_clima.aspx\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Asamblea Ciudadana para el Clima<\/a>\u00a0se prev\u00e9 que su puesta en funcionamiento tenga lugar en oto\u00f1o de 2021. De hecho, la Ley de Cambio Clim\u00e1tico incluye en su art\u00edculo 39 la creaci\u00f3n de una Asamblea Ciudadana del Cambio Clim\u00e1tico a nivel nacional, y la recomendaci\u00f3n de que se establezcan asambleas auton\u00f3micas y municipales. A trav\u00e9s de esta Asamblea se pretende reforzar los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana en el proceso de toma de decisiones en materia de cambio clim\u00e1tico.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>2. Objeto, principios y fijaci\u00f3n de objetivos <\/strong><\/h2>\n<p><strong><em>Francia <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong><u>Objeto (art\u00edculo 1)<\/u><\/strong>: en l\u00ednea con el Acuerdo de Par\u00eds adoptado el 12 de diciembre de 2015 y ratificado el 5 de octubre de 2016, y en el marco del Pacto Verde para Europa, el Estado reitera su compromiso de respetar los objetivos de reducci\u00f3n de emisiones de gases de efecto invernadero que resultar\u00e1n, en particular, de la pr\u00f3xima revisi\u00f3n del Reglamento (UE) 2018\/842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros para 2021 a 2030 que contribuyan a la acci\u00f3n clim\u00e1tica con el fin de cumplir los compromisos asumidos en el marco del Acuerdo de Par\u00eds y por el que se modifica el Reglamento (UE) n\u00ba 525\/2013.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>Espa\u00f1a <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong><u>Objeto (art\u00edculo 1<\/u>)<\/strong>: esta ley tiene por objeto asegurar el cumplimiento, por parte de Espa\u00f1a, de los objetivos del Acuerdo de Par\u00eds; facilitar la descarbonizaci\u00f3n de la econom\u00eda espa\u00f1ola, su transici\u00f3n a un modelo circular, de modo que se garantice el uso racional y solidario de los recursos; y promover la adaptaci\u00f3n a los impactos del cambio clim\u00e1tico y la implantaci\u00f3n de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente y contribuya a la reducci\u00f3n de las desigualdades.<\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong><u>Objetivos de reducci\u00f3n de emisiones de gases de efecto invernadero, energ\u00edas renovables y eficiencia energ\u00e9tica (art\u00edculo 3)<\/u><\/strong>:<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: center\"><img decoding=\"async\" class=\"aligncenter\" src=\"https:\/\/terraqui.com\/wp\/wp-content\/uploads\/LCC-objetivos.png\" \/>\u00a0Fuente: elaboraci\u00f3n propia<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h2><strong>3. Destinatarios y r\u00e9gimen sancionador<\/strong><\/h2>\n<p><strong><em>Francia<\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong><u>Una ley para la Administraci\u00f3n y la ciudadan\u00eda<\/u><\/strong>: la norma francesa no establece \u00fanicamente obligaciones destinadas a la Administraci\u00f3n, sino tambi\u00e9n para la ciudadan\u00eda. Entre estas obligaciones, con independencia de las que m\u00e1s adelante se\u00f1alaremos, podemos mencionar la prohibici\u00f3n de la publicidad relacionada con la comercializaci\u00f3n o promoci\u00f3n de combustibles f\u00f3siles (art\u00edculo 4).<\/li>\n<li><strong><u>Incluye un r\u00e9gimen sancionador<\/u><\/strong>: por ejemplo, el incumplimiento de la prohibici\u00f3n de la publicidad relacionada con la comercializaci\u00f3n o promoci\u00f3n de combustibles f\u00f3siles se sanciona con multa de 20.000 \u20ac para personas f\u00edsicas y 100.000 \u20ac para personas jur\u00eddicas, aumentables hasta el importe total de la operaci\u00f3n ilegal.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>Espa\u00f1a <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong><u>Una ley dirigida a la Administraci\u00f3n (art\u00edculo 1<\/u><\/strong>): la Administraci\u00f3n General del Estado, las Comunidades Aut\u00f3nomas y las Entidades Locales, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, son quienes dar\u00e1n cumplimiento al objeto de esta ley, y a ellas van dirigidas las obligaciones que se incluyen en la norma.<\/li>\n<li><strong><u>No incluye un r\u00e9gimen sancionador<\/u><\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>4. Estructura y n\u00famero de art\u00edculos<\/strong><\/h2>\n<p>Aunque la calidad y eficacia de las leyes no es directamente proporcional a su n\u00famero de art\u00edculos ni a la estructura de sus t\u00edtulos, en este caso, las diferencias existentes entre la norma francesa y la espa\u00f1ola llaman poderosamente nuestra atenci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><em>Francia <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>330 disposiciones<\/strong>: aunque el texto \u00fanicamente contiene 84 art\u00edculos, debe tenerse en cuenta que la numeraci\u00f3n de los art\u00edculos no es coincidente a la espa\u00f1ola, de manera que todos los art\u00edculos se repiten seguidos de sus correspondientes adverbios numerales (bis, ter, quater\u2026 e incluso terdecies en alguna ocasi\u00f3n), ya que su texto final no integrar\u00e1 un cuerpo legislativo independiente, sino que pasar\u00e1 a integrarse en los respectivos c\u00f3digos que modifica (en especial, el c\u00f3digo ambiental franc\u00e9s).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>Espa\u00f1a <\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>68 disposiciones: <\/strong>40 art\u00edculos, 9 disposiciones adicionales, 3 disposiciones transitorias, 1 disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica, y 15 disposiciones finales.<\/li>\n<\/ul>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone\" src=\"https:\/\/terraqui.com\/wp\/wp-content\/uploads\/fig-2-comparativa.jpg\" \/><\/p>\n<p>Fuente: elaboraci\u00f3n propia.<\/p>\n<h2><\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h2><strong>5. <\/strong><strong>Contenido obligacional de la norma francesa no incluido en la ley de cambio clim\u00e1tico y transici\u00f3n energ\u00e9tica de Espa\u00f1a<\/strong><\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong>5.1<em>. <\/em><\/strong><strong>Publicidad, consumo y prevenci\u00f3n de residuos<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Etiquetado del impacto ambiental de los productos (art\u00edculo 1)<\/u><\/strong>: los productos deber\u00e1n contener obligatoriamente una marca o etiquetado que proporcione al consumidor informaci\u00f3n relativa a los impactos ambientales de un bien, servicio, o categor\u00eda de bienes o servicios.<\/li>\n<li><strong><u>Regulaci\u00f3n de la publicidad (art\u00edculo 4)<\/u><\/strong>:\n<ul>\n<li>Se proh\u00edbe la publicidad relacionada con la comercializaci\u00f3n o promoci\u00f3n de combustibles f\u00f3siles.<\/li>\n<li>Se proh\u00edbe la publicidad relacionada con la venta o promoci\u00f3n de la compra de turismos nuevos.<\/li>\n<li>Se proh\u00edbe afirmar en un anuncio que un producto o servicio es neutro en carbono, o de utilizar cualquier redacci\u00f3n de significado o alcance equivalente, salvo que se ponga a disposici\u00f3n del p\u00fablico, entre otros aspectos, un informe de emisiones de gases de efecto invernadero que integre las emisiones directas e indirectas del producto o servicio.<\/li>\n<li>Se proh\u00edbe la publicidad difundida mediante un cartel remolcado por una aeronave.<\/li>\n<li>Se proh\u00edbe de forma experimental por un per\u00edodo de tres a\u00f1os, en 15 localidades que no representen m\u00e1s del 10% de la poblaci\u00f3n francesa, la distribuci\u00f3n domiciliaria de impresos de pl\u00e1stico, papel o cart\u00f3n sin direccionar, cuando la autorizaci\u00f3n para recibirlos no est\u00e9 sujeta a menci\u00f3n expresa y visible en el buz\u00f3n o correo postal. La finalidad de esta medida consiste en evaluar su impacto sobre la producci\u00f3n y el tratamiento de residuos de papel, sus consecuencias sobre el empleo, los sectores de actividad afectados y el comportamiento de los consumidores.<\/li>\n<li>A m\u00e1s tardar el 1 de julio de 2022, se proh\u00edbe proporcionar a un consumidor sin solicitud por su parte, una muestra de producto.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong><u>Reducci\u00f3n del consumo de envases pl\u00e1sticos no reciclables (art\u00edculo 11<\/u><\/strong>): a partir del 1 de enero de 2025, est\u00e1n prohibidos todos los envases hechos en su totalidad o parcialmente de pol\u00edmeros o copol\u00edmeros estir\u00e9nicos no reciclables.<\/li>\n<li><strong><u>Servicios de entrega a domicilio de productos alimenticios (art\u00edculo 11)<\/u><\/strong>: de forma experimental, en municipios o grupos de autoridades locales definidos por reglamento, y durante un per\u00edodo de 18 meses, los establecimientos de restauraci\u00f3n comercial, establecimientos de bebidas y plataformas que faciliten el uso de una interfaz electr\u00f3nica para la venta a distancia de comidas o productos alimenticios estar\u00e1n obligados a ofrecer al consumidor final la entrega en envase reutilizable y retornable.\u00a0El prop\u00f3sito de este experimento es determinar la relevancia de estas soluciones desde un punto de vista ambiental y econ\u00f3mico.<\/li>\n<li><strong><u>Venta a granel (art\u00edculo 11)<\/u><\/strong>: a partir del 1 de enero de 2030, las tiendas al por menor, cuya superficie sea superior o igual a 400 metros cuadrados, tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de implantar la venta a granel en al menos en un 20% de su zona de venta de productos de consumo masivo, o bien deber\u00e1n implantar un dispositivo de efecto equivalente. Las Administraciones p\u00fablicas deber\u00e1n fomentar la venta a granel.<\/li>\n<li><strong><u>Catering colectivo (art\u00edculo 11 bis)<\/u><\/strong>: a partir del 1 de enero de 2025, los servicios de catering colectivo tienen la obligaci\u00f3n de ofrecer servicios de comida para llevar que ofrezcan al consumidor ser servido en un recipiente reutilizable o elaborado con materiales reciclables.<\/li>\n<li><strong><u>Observatorio de reempleo y reutilizaci\u00f3n (art\u00edculo 12<\/u>)<\/strong>: se crear\u00e1 como entidad encargada de recopilar y difundir informaci\u00f3n y estudios relacionados con reempleo reutilizaci\u00f3n de productos sujetos al principio de responsabilidad ampliada del productor y de proponer una trayectoria nacional destinada a aumentar la cuota de envases reutilizados y reutilizados que se comercializan en comparaci\u00f3n con los envases de un solo uso.<\/li>\n<li><strong><u>SDDR de envases de vidrio (art\u00edculo 12)<\/u><\/strong>:se realizar\u00e1 una evaluaci\u00f3n ambiental de la implantaci\u00f3n de un sistema de dep\u00f3sito, devoluci\u00f3n y retorno de envases de vidrio y, si resulta positiva, se implementar\u00e1 antes del 1 de enero de 2023, previa consulta a los profesionales pertinentes y al observatorio de reempleo y reutilizaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong><u>Material de base biol\u00f3gica o baja en carbono (art\u00edculo 15 B)<\/u><\/strong>: a partir del 1 de enero de 2030, se deber\u00e1n utilizar materiales de base biol\u00f3gica o baja en carbono en al menos el 25% de las renovaciones y edificios que se realicen con dinero p\u00fablico.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>\u00a05.2. <\/strong><strong>Protecci\u00f3n de los ecosistemas y la diversidad biol\u00f3gica<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Contaminaci\u00f3n del agua y del suelo (art\u00edculo 19 \u00a0<em>bis<\/em>AA)<\/u><\/strong>: el Gobierno presentar\u00e1 al Parlamento, en el plazo de dos a\u00f1os a partir de la promulgaci\u00f3n de esta ley, un informe sobre la contaminaci\u00f3n del agua y del suelo por sustancias perfluoradas y polifluoroalqu\u00edlicas.\u00a0Este informe propondr\u00e1, en particular, soluciones aplicables para la descontaminaci\u00f3n de agua y suelo contaminados por <a href=\"https:\/\/www.agenciasinc.es\/Noticias\/Asi-es-el-mapa-de-la-contaminacion-por-sustancias-perfluoradas-en-Espana\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><u>sustancias perfluoradas y polifluoroalqu\u00edlicas<\/u><\/a>.<\/li>\n<li><strong><u>Micropl\u00e1sticos (art\u00edculo 19 bis\u00a0 AB<\/u>)<\/strong>:\n<ul>\n<li>Para reducir la dispersi\u00f3n de microfibras pl\u00e1sticas en el medio ambiente resultante de la ropa, desde el 1 de enero de 2025, las nuevas m\u00e1quinas o profesionales de lavado dom\u00e9stico est\u00e1n provistos de un filtro de pl\u00e1stico de microfibra u otra soluci\u00f3n interna o externa a la m\u00e1quina.<\/li>\n<li>El Gobierno presenta al Parlamento, antes del 31 de diciembre de 2022, un informe que describa, desde la producci\u00f3n del tejido hasta el lavado de la ropa, el conocimiento sobre las fuentes de emisiones, las limitaciones de los sectores y las medidas voluntarias tomadas para reducir las emisiones de microfibras pl\u00e1sticas.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong><u>Pago por servicios ecosist\u00e9micos (art\u00edculo 19 bis EAB<\/u>)<\/strong>: a los 12 meses de la promulgaci\u00f3n de esta ley, el Gobierno presentar\u00e1 al Parlamento un informe evaluando las modalidades de financiamiento de los pagos por servicios ambientales, as\u00ed como su impacto potencial en la preservaci\u00f3n de los ecosistemas forestales, en particular para el almacenamiento de carbono.<\/li>\n<li><strong><u>Agua potable (art\u00edculo 19 a<\/u>)<\/strong>: se deber\u00e1n identificar, a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2027, las masas de agua subterr\u00e1nea y acu\u00edferos que incluyan recursos estrat\u00e9gicos para el suministro actual o futuro de agua potable, as\u00ed como, si se dispone de informaci\u00f3n, sus zonas de salvaguarda, dentro de las cuales se deben implementar medidas para la preservaci\u00f3n de estos recursos estrat\u00e9gicos.<\/li>\n<li><strong><u>Pol\u00edtica nacional de recursos y usos del subsuelo para la gesti\u00f3n minera sostenible (art\u00edculo 20<\/u><\/strong><u> <strong>a<\/strong><\/u>): se modifica el c\u00f3digo minero para incorporar, entre otros aspectos, la fijaci\u00f3n del objetivo de la pol\u00edtica nacional de recursos y usos del subsuelo a partir de un censo elaborado y actualizado al menos cada cinco a\u00f1os, de las sustancias susceptibles de estar presentes en el subsuelo. La pol\u00edtica nacional tambi\u00e9n deber\u00e1 establecer pautas que aseguren que los suministros de recursos primarios y secundarios de un estado no miembro de la Uni\u00f3n Europea cumplan con requisitos sociales y ambientales equivalentes a los aplicables en Francia.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>5.3. Fomento de las energ\u00edas renovables y eficiencia energ\u00e9tica <\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Biog\u00e1s (art\u00edculo 22 bis K<\/u>)<\/strong>: creaci\u00f3n del sistema para la emisi\u00f3n y funcionamiento de los certificados de producci\u00f3n de biog\u00e1s.<\/li>\n<li><strong><u>Ecologizaci\u00f3n de edificios (art\u00edculo 24)<\/u><\/strong>:\n<ul>\n<li>Determinadas clases de edificios (en funci\u00f3n de la magnitud de su renovaci\u00f3n o de su impacto ambiental) deber\u00e1n integrar un proceso de producci\u00f3n de energ\u00eda renovable o un sistema de revegetaci\u00f3n basado en un m\u00e9todo de cultivo que utilice agua potable \u00fanicamente como complemento del agua regenerada, garantizando un alto grado de eficiencia t\u00e9rmica y aislamiento y favoreciendo la preservaci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de la biodiversidad, o cualquier otro dispositivo que conduzca al mismo resultado y, en las \u00e1reas de estacionamiento asociadas, en al menos un 30% de su cubierta.<\/li>\n<li>Los aparcamientos exteriores de m\u00e1s de 500 metros cuadrados asociados a edificios o partes de edificios a los que se aplica la anterior obligaci\u00f3n, as\u00ed como nuevos aparcamientos de las mismas dimensiones deber\u00e1n incorporar en al menos la mitad de su superficie revestimientos superficiales, instalaciones hidr\u00e1ulicas o dispositivos vegetados que favorezcan la permeabilidad e infiltraci\u00f3n del agua de lluvia o su evaporaci\u00f3n. Estos mismos parques tambi\u00e9n deben incorporar dispositivos con vegetaci\u00f3n o refugios de sombra, que incorporar\u00e1n un proceso de producci\u00f3n de energ\u00edas renovables en toda su superficie.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>5.4. Transporte <\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Final de la venta de coches emisores de contaminantes (art\u00edculo 25)<\/u><\/strong>: se fija en el 1 de enero de 2030 el fin de la venta de los turismos nuevos emisores de m\u00e1s de 123 gramos de di\u00f3xido de carbono por kil\u00f3metro y, para los veh\u00edculos pesados \u200b\u200bnuevos utilizados para el transporte de personas o mercanc\u00edas y que utilizan principalmente combustibles f\u00f3siles, el a\u00f1o 2040.<\/li>\n<li><strong><u>Pr\u00e9stamos para la adquisici\u00f3n de nuevos veh\u00edculos (art\u00edculo 26 a<\/u>)<\/strong>: como experimento, por un per\u00edodo de dos a\u00f1os a partir del 1 de enero de 2023, determinadas entidades de cr\u00e9dito y las compa\u00f1\u00edas financieras podr\u00e1n conceder, un pr\u00e9stamo sin intereses a personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas domiciliadas en o cerca de un municipio que haya habilitado una zona de movilidad de bajas emisiones, con el fin de financiar la adquisici\u00f3n de un veh\u00edculo de bajas emisiones.<\/li>\n<li><strong><u>Transporte de mercanc\u00edas (art\u00edculo 30 b<\/u>)<\/strong>: Francia se ha fijado el objetivo de duplicar la participaci\u00f3n modal del transporte de mercanc\u00edas por ferrocarril y aumentar a la mitad el tr\u00e1fico fluvial en el transporte de mercanc\u00edas por tierra para 2030.<\/li>\n<li><strong><u>Transporte a\u00e9reo (art\u00edculo 35<\/u>)<\/strong>:\n<ul>\n<li>Para contribuir eficazmente a la reducci\u00f3n de las emisiones de gases de efecto invernadero, el Estado se ha marcado el objetivo de que el transporte a\u00e9reo pague, a partir de 2025, un precio del carbono.<\/li>\n<li>Se mejorar\u00e1 el desempe\u00f1o ambiental de la aviaci\u00f3n, generalizando los viajes en modo crucero, los procedimientos de aproximaci\u00f3n de descenso continuo y reduciendo los tiempos de espera y rodaje en las pistas.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong><u>Transporte ferroviario (art\u00edculo 36)<\/u><\/strong>:\u00a0quedan prohibidos los servicios de transporte a\u00e9reo p\u00fablico regular de pasajeros en todas las conexiones a\u00e9reas con territorio franc\u00e9s, cuyo viaje tambi\u00e9n se realiza mediante la red ferroviaria nacional en menos de dos horas y media.<\/li>\n<li><strong><u>Ampliaci\u00f3n de aeropuertos (art\u00edculo 37<\/u><\/strong>): la creaci\u00f3n o ampliaci\u00f3n de una terminal aeroportuaria o una pista para incrementar la capacidad de recepci\u00f3n de aeronaves, pasajeros o carga de un aer\u00f3dromo abierto al tr\u00e1fico a\u00e9reo p\u00fablico no pueden ser declarados de utilidad p\u00fablica con vistas a expropiaciones si tienen el efecto de provocar un incremento neto, previa compensaci\u00f3n, de las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por la actividad aeroportuaria respecto al a\u00f1o 2019.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>\u00a0<strong>5.5. Edificaci\u00f3n y suelos artificializados<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Auditor\u00eda energ\u00e9tica (art\u00edculo 40<\/u>)<\/strong>: cuando se ofrezcan a la venta edificios o partes de edificios para uso residencial de eficiencia energ\u00e9tica D, E, F o G, se realizar\u00e1 una auditor\u00eda energ\u00e9tica que formular\u00e1 propuestas de trabajo para mejorar la eficiencia energ\u00e9tica, una indicaci\u00f3n de los costes asociados a las obras que habr\u00edan de llevarse a cabo y las ayudas p\u00fablicas destinadas a obras de mejora del rendimiento energ\u00e9tico.<\/li>\n<li><strong><u>Servicio publico de asesoramiento sobre eficiencia energ\u00e9tica (art\u00edculo 43)<\/u><\/strong>: el servicio p\u00fablico para la eficiencia energ\u00e9tica de la vivienda tiene como objetivo aumentar el n\u00famero de proyectos de renovaci\u00f3n energ\u00e9tica y fomentar las renovaciones eficientes y renovaciones integrales. La informaci\u00f3n y asesor\u00eda brindada a la ciudadan\u00eda es gratuita y personalizada.<\/li>\n<li><strong><u>Agencias locales de energ\u00eda y clima (art\u00edculo 43 bis A<\/u>)<\/strong>: las autoridades locales y sus grupos pueden crear alianzas sin fines de lucro y agencias de ingenier\u00eda territorial denominadas \u201cagencias locales de energ\u00eda y clima\u201d, en conjunto con el Estado, para contribuir a las pol\u00edticas p\u00fablicas de energ\u00eda y clima.<\/li>\n<li><strong><u>Rehabilitaci\u00f3n de edificios (art\u00edculo 44)<\/u><\/strong>: transcurrido un plazo de 15 a\u00f1os desde la fecha de recepci\u00f3n de la obra de construcci\u00f3n del edificio, se elaborar\u00e1 un proyecto de plan de trabajo plurianual de los edificios, que se actualizar\u00e1 cada 10 a\u00f1os. Este plan de trabajo incluir\u00e1 un diagn\u00f3stico de desempe\u00f1o energ\u00e9tico y una lista de trabajos necesarios para salvaguardar el edificio, preservar la salud y seguridad de los ocupantes, lograr ahorros de energ\u00eda y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, y su deliberaci\u00f3n para su aprobaci\u00f3n deber\u00e1 incluirse obligatoriamente en el orden del d\u00eda de las juntas de propietarios. Adem\u00e1s, se establece una contribuci\u00f3n anual obligatoria para la rehabilitaci\u00f3n de los edificios para abastecer un fondo de obras a partir del transcurso de 10 a\u00f1os desde la fecha de recepci\u00f3n de las obras, con el que deber\u00e1n cubrirse los gastos para la elaboraci\u00f3n del plan de trabajo plurianual, y la realizaci\u00f3n de los trabajos en \u00e9l incluidos.<\/li>\n<li><strong><u>Reducir el consumo de energ\u00eda (art\u00edculo 46)<\/u><\/strong>: queda prohibido el uso en propiedad p\u00fablica de sistemas de calefacci\u00f3n o aire acondicionado que consuman energ\u00eda y operen al aire libre.<\/li>\n<li><strong><u>Luchar contra la artificializaci\u00f3n de los suelos (art\u00edculos 47, 50 y 51 bis BA<\/u>)<\/strong>:\n<ul>\n<li>Para lograr el objetivo nacional de ausencia de cualquier artificializaci\u00f3n neta de suelos en 2050, la tasa de artificializaci\u00f3n de suelos en los diez a\u00f1os siguientes a la fecha de promulgaci\u00f3n de esta ley debe ser tal que, durante este per\u00edodo, el consumo total del espacio a nivel nacional sea menos del correspondiente a los diez a\u00f1os anteriores a esta fecha.<\/li>\n<li>Los municipios elaborar\u00e1n un informe sobre la artificializaci\u00f3n de suelos en su territorio, que presentar\u00e1n para su deliberaci\u00f3n en el consejo municipal al menos una vez cada tres a\u00f1os.<\/li>\n<li>Al menos una vez cada cinco a\u00f1os, el Gobierno publicar\u00e1 un informe sobre la evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica para limitar la artificializaci\u00f3n de suelos.<\/li>\n<li>Se podr\u00e1n autorizar las construcciones que demuestren ejemplaridad ambiental que no cumplan las normas de limitaciones de plantas en altura. Esta posibilidad debe ser objeto de desarrollo reglamentario.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong><u>Incremento del suelo urbanizado (art\u00edculo 49<\/u><\/strong>): solo puede prever la apertura a la urbanizaci\u00f3n de \u00e1reas naturales, agr\u00edcolas o forestales si se justifica, mediante un estudio de densificaci\u00f3n de \u00e1reas ya urbanizadas, que la capacidad de desarrollo y edificaci\u00f3n ya est\u00e1 movilizada en los espacios urbanizados.\u00a0Para ello, se tiene en cuenta la capacidad de movilizar eficazmente locales desocupados, terrenos bald\u00edos y espacios ya urbanizados.<\/li>\n<li><strong><u>Cesi\u00f3n gratuita de terrenos para el plantaci\u00f3n y mantenimiento de la vegetaci\u00f3n (art\u00edculo\u00a049 bis FA)<\/u><\/strong>: los municipios podr\u00e1n expedir gratuitamente autorizaciones de ocupaci\u00f3n temporal de bienes p\u00fablicos municipales, cuando se soliciten en beneficio de personas jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico o de particulares que participen en el desarrollo de la naturaleza en la ciudad y cumplan un objetivo de inter\u00e9s p\u00fablico mediante la plantaci\u00f3n y mantenimiento de sistemas de vegetaci\u00f3n.\u00a0La gratuidad de la autorizaci\u00f3n est\u00e1 sujeta a que dichas personas no persigan, mediante la instalaci\u00f3n y mantenimiento de dispositivos de revegetaci\u00f3n, ning\u00fan beneficio.<\/li>\n<li><strong><u>Observatorios de viviendas y terrenos (art\u00edculo 49 a)<\/u><\/strong>: se deber\u00e1n establecer para analizar los mercados de suelo e inmobiliario y la oferta de suelo disponible. Para ello, deber\u00e1n tener un censo de, entre otros aspectos, superficies que no sean impermeabilizadas o que se puedan convertir en un entorno ecol\u00f3gico y espacios no edificados necesarios para mantener la continuidad ecol\u00f3gica.<\/li>\n<li><strong><u>Evaluaci\u00f3n ambiental de proyectos de desarrollo urban\u00edstico (art\u00edculo 51 bis)<\/u><\/strong>: cualquier actuaci\u00f3n u operaci\u00f3n de desarrollo sujeta a evaluaci\u00f3n ambiental debe estar sujeta a: a) un estudio de viabilidad sobre el potencial de desarrollo de energ\u00edas renovables de la zona, en particular sobre la conveniencia de crear o conectarse a una red de calefacci\u00f3n o refrigeraci\u00f3n utilizando energ\u00edas renovables y recuperadas; b) un estudio para optimizar la densidad de construcciones en el \u00e1rea en cuesti\u00f3n, teniendo en cuenta la calidad urbana, as\u00ed como la preservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n de la biodiversidad y la naturaleza en la ciudad.<\/li>\n<li><strong><u>Demolici\u00f3n de edificios (art\u00edculo 54<\/u>)<\/strong>: durante la demolici\u00f3n o rehabilitaci\u00f3n significativa de edificios, se deber\u00e1 realizar un diagn\u00f3stico relativo a la gesti\u00f3n de los productos, materiales y residuos resultantes de esta obra, con miras, de forma prioritaria, a su reutilizaci\u00f3n o, en su defecto, a su valorizaci\u00f3n, indicando los canales de reciclaje recomendados y recomendando an\u00e1lisis adicionales para asegurar el car\u00e1cter reutilizable de estos productos materiales.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>5.6. Adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Compraventa de inmuebles (art\u00edculo 58 a<\/u>)<\/strong>:<strong> \u00a0<\/strong>cualquier anuncio, sea cual sea su medio de distribuci\u00f3n, relativo a la venta de un inmueble debe incluir una declaraci\u00f3n de riesgos a los que est\u00e1 sujeto.<\/li>\n<li><strong><u>Litoral (art\u00edculo 58 BAA)<\/u><\/strong>: toda estrategia de gesti\u00f3n integrada del litoral debe tener en cuenta la contribuci\u00f3n de los ecosistemas costeros a la gesti\u00f3n del litoral y establecer objetivos relacionados con el conocimiento y protecci\u00f3n de los espacios naturales, para permitir que estos ecosistemas se regeneren y se adapten a las nuevas condiciones ambientales, y a los procesos naturales de transporte de sedimentos para acompa\u00f1ar o limitar el declive del litoral.<\/li>\n<li><strong>Exposici\u00f3n al retroceso del litoral, adecuaci\u00f3n de documentos urban\u00edsticos, demoliciones obligatorias y derecho de tanteo (art\u00edculo 58 e y 58 g)<\/strong>: los municipios deben tener un instrumento de prevenci\u00f3n de riesgos costeros, o bien elaborar un mapa local de exposici\u00f3n de su territorio al retroceso del litoral, se establece la obligaci\u00f3n para determinados municipios de revisar su planeamiento urban\u00edstico, se establecen limitaciones para las construcciones en sus zonas expuestas al retroceso del litoral e, incluso, la demolici\u00f3n de las construcciones resulta obligatoria en situaciones en las que la retirada de la costa es tal que la seguridad de las personas ya no puede garantizarse m\u00e1s all\u00e1 de un per\u00edodo de tres a\u00f1os.\u00a0Y, en determinados municipios, se establece un derecho de tanteo a favor del municipio para la adecuaci\u00f3n de los territorios al declive del litoral.<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>5.7. Alimentaci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Men\u00fas vegetarianos (art\u00edculo 59): <\/strong>los responsables, p\u00fablicos y privados, de los servicios de restauraci\u00f3n colectiva escolar ofrecen, al menos una vez a la semana, un men\u00fa vegetariano.<\/li>\n<li><strong>Desarrollar la agroecolog\u00eda (art\u00edculo 62)<\/strong>:\n<ul>\n<li>Para lograr el objetivo de reducir las emisiones de amoniaco en un 13% en 2030 con respecto a 2005 y el objetivo de reducir las emisiones de \u00f3xido nitroso en un 15% en 2030 con respecto a 2015, se pone en marcha un plan de acci\u00f3n nacional con miras a reducir las emisiones de amoniaco y \u00f3xido nitroso vinculadas al uso de fertilizantes minerales nitrogenados.\u00a0Incluye indicadores para el seguimiento de los objetivos planteados.<\/li>\n<li>Queda prohibido para determinadas personas p\u00fablicas utilizar o hacer uso de abonos sint\u00e9ticos para el mantenimiento de los espacios de su dominio p\u00fablico o privado, excluidas las tierras agr\u00edcolas.<\/li>\n<li>Queda prohibida la comercializaci\u00f3n, entrega, uso y posesi\u00f3n de fertilizantes sint\u00e9ticos para uso no profesional.<\/li>\n<li>Queda prohibido el uso no agr\u00edcola de fertilizantes sint\u00e9ticos en la propiedad privada.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>5.8<\/strong>. <strong>Fortalecimiento de la protecci\u00f3n jur\u00eddica del medio ambiente<\/strong><\/h3>\n<ul>\n<li><strong><u>Delito de \u201catentados generales al medio ambiente f\u00edsico\u201d (art\u00edculo 68<\/u><\/strong>):\u00a0 se tipifica un nuevo delito, consistente en la \u201cviolaci\u00f3n manifiestamente deliberada de una obligaci\u00f3n particular de prudencia o seguridad prevista por la ley o reglamento, de emitir al aire, arrojar, verter o dejar escurrir en aguas superficiales o subterr\u00e1neas o en aguas marinas dentro de los l\u00edmites del territorio. aguas, directa o indirectamente, una o m\u00e1s sustancias cuya acci\u00f3n o reacciones provoquen efectos nocivos graves y duraderos para la salud, la flora y la fauna, o modificaciones graves del r\u00e9gimen normal de abastecimiento de agua, se sanciona con cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n y una multa de un mill\u00f3n de euros. Esta cantidad podr\u00e1 ser aumentada hasta cinco veces el beneficio derivado de la comisi\u00f3n del delito\u201d.<\/li>\n<li><strong><u>Empleo de c\u00e1maras y sensores en drones, para la captura, grabaci\u00f3n y transmisi\u00f3n de im\u00e1genes, as\u00ed como de datos f\u00edsicos o qu\u00edmicos (art\u00edculo 69)<\/u><\/strong>: se regula su empleo para asegurar el ejercicio de la inspecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Conclusiones<\/strong><\/h2>\n<p>La Ley de cambio clim\u00e1tico espa\u00f1ola resulta una ley dirigida a la Administraci\u00f3n, y no incluye obligaciones destinadas a particulares y empresas. Por ello, destaca el hecho de que no incluye un r\u00e9gimen sancionador que pueda aplicarse ante su incumplimiento. Adem\u00e1s, su articulado contiene numerosas remisiones a desarrollos futuros, que habr\u00e1n de producirse a medio y largo t\u00e9rmino.<\/p>\n<p>Aunque la ley francesa tampoco est\u00e1 exenta de disposiciones program\u00e1ticas (por ejemplo, el art\u00edculo 35), su contenido obligacional es mucho m\u00e1s abundante que en la ley espa\u00f1ola. Esto podr\u00eda justificarse si en Espa\u00f1a estas disposiciones ya se encontrasen recogidas en normativa previa sectorial. Sin embargo, este no es el caso de las medidas destinadas, por ejemplo, a la lucha espec\u00edfica contra la publicidad enga\u00f1osa de las caracter\u00edsticas ambientales de los productos (o greenwashing), la obligatoria implantaci\u00f3n de la venta a granel como una medida para reducir el uso de los recursos y prevenir la generaci\u00f3n de residuos, o la obligaci\u00f3n de incorporar dispositivos antimicropl\u00e1sticos en las lavadoras, entre otras medidas que s\u00ed contempla el texto franc\u00e9s. Adem\u00e1s de por el n\u00famero de sus art\u00edculos, sus estructura y contenido diverge, claramente, de la espa\u00f1ola. Por ello, mediante su comparaci\u00f3n se puede apreciar dos formas de abordar una misma o muy similar problem\u00e1tica, con algunos puntos en com\u00fan y notables diferencias.<\/p>\n<p>Las leyes de cambio clim\u00e1tico son una creaci\u00f3n de esta d\u00e9cada y, pr\u00e1cticamente, est\u00e1 todo por decir. Los peque\u00f1os pasos que damos en esta marcha contra el tiempo y el clima son fruto del esfuerzo de muchas personas que trabajan por un objetivo com\u00fan. Es justo reconocer que redactar una ley de estas caracter\u00edsticas, aunque parezca innecesario se\u00f1alarlo, no resulta en absoluto una tarea sencilla. Por tanto, no es objeto de este art\u00edculo menospreciar el contenido de la ley de cambio clim\u00e1tico espa\u00f1ola, sino realizar una cr\u00edtica parcial a su contenido, tratando de poner de manifiesto ideas que, quiz\u00e1s, puedan servir para continuar avanzando pues, como todas las leyes, resulta imperfecta y, en este caso, la emergencia clim\u00e1tica exige reformas de calado que requieren de buenas dosis de valent\u00eda y de un amplio consenso. Conocer, tratar de comprender y reflexionar sobre la experiencia de otros Estados miembros resulta positivo para mejorar, inspirarnos y tomar el impulso necesario. Y esto es lo que aqu\u00ed hemos intentado dejar reflejado y el fin \u00faltimo de estas l\u00edneas.<\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 20 de julio de 2021, la Asamblea Nacional y el Senado adoptaron el Proyecto de Ley de lucha contra el cambio clim\u00e1tico y fortalecimiento de la resiliencia ante sus efectos. \u00bfEn qu\u00e9 se diferencia esta norma de la recientemente aprobada Ley de cambio clim\u00e1tico y transici\u00f3n energ\u00e9tica del Estado espa\u00f1ol? <\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":4590,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23,269],"tags":[],"categoria_terraqui":[335],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3391","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cambio-climatico","category-transicion-energetica","categoria_terraqui-cambio-climatico","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3391","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3391"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3391\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4593,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3391\/revisions\/4593"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4590"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3391"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3391"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3391"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3391"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3391"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}