{"id":3390,"date":"2021-07-13T15:12:51","date_gmt":"2021-07-13T13:12:51","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/aprobada-la-ley-europea-del-clima\/"},"modified":"2025-02-06T20:05:46","modified_gmt":"2025-02-06T19:05:46","slug":"aprobada-la-ley-europea-del-clima","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/actualidad\/aprobada-la-ley-europea-del-clima\/","title":{"rendered":"Aprobada la \u201cLey Europea del Clima\u201d con el fin de lograr la neutralidad clim\u00e1tica en 2050"},"content":{"rendered":"<p>El pasado 9 de julio, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la UE el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:32021R1119&amp;from=ES\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento (UE) 2021\/1119 del Parlamento europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021\u00a0 por el que se establece el marco para lograr la neutralidad clim\u00e1tica y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 401\/2009 y (UE) 2018\/1999 (\u00abLegislaci\u00f3n europea sobre el clima\u00bb)<\/a><strong>.<\/strong><\/p>\n<p>En el pre\u00e1mbulo de la norma se constata que la amenaza existencial que supone el cambio clim\u00e1tico requiere una mayor ambici\u00f3n y la intensificaci\u00f3n de la acci\u00f3n por el clima, tanto por parte de la Uni\u00f3n como de los Estados miembros.<\/p>\n<p>Como antecedentes y motivaci\u00f3n de la norma, cabe mencionar el <a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/clima\/policies\/international\/negotiations\/paris_es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Acuerdo de Par\u00eds<\/a>, el cual establece un\u00a0objetivo a largo plazo\u00a0referente a\u00a0la temperatura. Tiene por objeto reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio clim\u00e1tico aumentando la capacidad de adaptaci\u00f3n\u00a0a los efectos adversos del mismo, y\u00a0situando\u00a0los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero.<\/p>\n<p>Del mismo modo, el <a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/info\/strategy\/priorities-2019-2024\/european-green-deal_es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pacto Verde Europeo<\/a> contiene una nueva estrategia de crecimiento destinada a transformar la Uni\u00f3n en una sociedad equitativa y pr\u00f3spera, con una econom\u00eda moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que no habr\u00e1 emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y el crecimiento econ\u00f3mico estar\u00e1 disociado del uso de los recursos. Tambi\u00e9n aspira a proteger, mantener y mejorar el capital natural de la Uni\u00f3n, as\u00ed como a proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos frente a los riesgos y efectos ambientales.<\/p>\n<p>Otra de las razones de la norma se debe a la necesidad de abordar los crecientes riesgos para la salud relacionados con el clima, incluidas las olas de calor, los incendios forestales y las inundaciones de mayor frecuencia e intensidad, las amenazas para la seguridad de los alimentos y del agua, y la aparici\u00f3n y propagaci\u00f3n de enfermedades infecciosas.<\/p>\n<p>Asimismo, se refiere a la importancia de recuperar los ecosistemas con el fin de mantener, gestionar y mejorar los sumideros naturales y promover la biodiversidad, al mismo tiempo que se lucha contra el cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>A la vez, el Reglamento se alinea con la \u00ab<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=CELEX%3A52020DC0789\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Estrategia de movilidad sostenible e inteligente: encauzar el transporte europeo de cara al futuro<\/a>\u00bb, la cual establece una hoja de ruta para un futuro sostenible e inteligente para el transporte europeo, con un plan de acci\u00f3n para lograr una reducci\u00f3n del 90 % de las emisiones del sector del transporte de aqu\u00ed a 2050.<\/p>\n<p>En general, en el Reglamento se constata que el cambio clim\u00e1tico es un problema transfronterizo por lo que se requiere una acci\u00f3n coordinada a escala de la Uni\u00f3n para complementar y reforzar eficazmente las pol\u00edticas nacionales.<\/p>\n<p>Ante este marco, dado que el objetivo de la Ley consistente en lograr la neutralidad clim\u00e1tica en la Uni\u00f3n antes de 2050 no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros, sino que, debido a sus dimensiones y efectos, puede lograrse mejor a escala de la Uni\u00f3n,\u00a0se propone la norma en atenci\u00f3n a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad del Tratado de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>Lo que es una realidad incuestionable, es el esfuerzo de la UE en establecer pol\u00edticas y legislar de manera transversal e integradora las diversas vertientes que giran en torno a la preservaci\u00f3n del entorno para mitigar los efectos del cambio clim\u00e1tico (ver publicaciones de blog de Terraqui al respecto <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/europa-lanza-el-borrador-de-la-ley-europea-del-clima-para-lograr-la-neutralidad-climatica-para-el-ano-2050\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Europa lanza el borrador de la Ley Europea del Clima para lograr la neutralidad clim\u00e1tica para el a\u00f1o 2050 <\/a>; <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/estrategia-de-biodiversidad-ue\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Estrategia de biodiversidad de la UE: restaurar la naturaleza para proteger la salud p\u00fablica y la econom\u00eda<\/a>; <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/el-parlamento-europeo-insta-a-la-comision-a-proteger-el-suelo-de-manera-determinante-resolucion-2021-2548rsp\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">El Parlamento Europeo insta a la Comisi\u00f3n a proteger el suelo de manera determinante (Resoluci\u00f3n 2021\/2548(RSP))<\/a> ; <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/ciudades-principal-causa-del-cambio-climatico-y-a-la-vez-solucion-para-su-mitigacion\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ciudades: principal causa del cambio clim\u00e1tico y a la vez soluci\u00f3n para su mitigaci\u00f3n <\/a>; <a href=\"https:\/\/www.terraqui.com\/blog\/actualidad\/plan-de-accion-de-contaminacion-cero-para-el-agua-el-aire-y-el-suelo\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Desaf\u00edos normativos y medidas del Plan de acci\u00f3n de contaminaci\u00f3n cero de la UE para el agua, el aire y el suelo<\/a>.<\/p>\n<p>Seguidamente se analizan algunos de los puntos tratados en la norma.<\/p>\n<h1><strong>Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n<\/strong><\/h1>\n<p>Mediante el Reglamento \u201cLey Europea del Clima\u201d se establece un marco para la reducci\u00f3n progresiva e irreversible de las emisiones antropog\u00e9nicas de gases de efecto invernadero por las fuentes y el incremento de las absorciones de gases de efecto invernadero por los sumideros reguladas en el Derecho de la Uni\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, tal como se ha avanzado anteriormente, se dispone un objetivo vinculante de neutralidad clim\u00e1tica en la Uni\u00f3n de aqu\u00ed a 2050, con el fin de alcanzar el objetivo a largo plazo referente a la temperatura previsto en el <a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/clima\/policies\/international\/negotiations\/paris_es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Acuerdo de Par\u00eds<\/a>, y proporciona un marco para avanzar en la consecuci\u00f3n del objetivo global de adaptaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se determina un objetivo vinculante para la Uni\u00f3n de reducci\u00f3n interna neta de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030.<\/p>\n<p>En cuanto al \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, \u00e9ste engloba las emisiones antrop\u00f3genas por las fuentes y absorciones por los sumideros de los gases de efecto invernadero previstas en el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=CELEX%3A32018R1999\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento (UE) 2018\/1999<\/a>.<\/p>\n<h2><strong>Objetivo de neutralidad clim\u00e1tica<\/strong><\/h2>\n<p>Seg\u00fan el presente Reglamento, las emisiones y absorciones de gases de efecto invernadero reguladas en el Derecho de la Uni\u00f3n estar\u00e1n equilibradas dentro de la Uni\u00f3n a m\u00e1s tardar en 2050, por lo que en esa fecha las emisiones netas deben haberse reducido a cero y, a partir de entonces, la Uni\u00f3n tendr\u00e1 como objetivo lograr unas emisiones negativas.<\/p>\n<p>De esta manera, se regula que las instituciones de la Uni\u00f3n y los Estados miembros adoptar\u00e1n las medidas necesarias a escala de la Uni\u00f3n y nacional, respectivamente, para permitir la consecuci\u00f3n colectiva del objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, teniendo en cuenta la importancia de promover tanto la equidad y la solidaridad entre los Estados miembros como la eficiencia en t\u00e9rminos de costes a la hora de alcanzar dicho objetivo.<\/p>\n<h2><strong>Objetivos clim\u00e1ticos intermedios de la Uni\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>La \u201cLey Europea del Clima\u201d establece los siguientes objetivos clim\u00e1ticos intermedios de la Uni\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>Con el fin de lograr el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, el objetivo clim\u00e1tico vinculante de la Uni\u00f3n para 2030 consistir\u00e1 en una reducci\u00f3n interna de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (emisiones una vez deducidas las absorciones) de, al menos, un 55\u00a0% con respecto a los niveles de\u00a01990, de aqu\u00ed a\u00a02030.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"padding-left: 40px\"><em>A la hora de aplicar este objetivo, las Instituciones pertinentes de la Uni\u00f3n y los Estados miembros dar\u00e1n prioridad a las reducciones de emisiones r\u00e1pidas y previsibles y, al mismo tiempo, incrementar\u00e1n las absorciones por sumideros naturales. <\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\"><em>A fin de garantizar que se hace un esfuerzo de mitigaci\u00f3n suficiente hasta 2030, a efectos del presente Reglamento y sin perjuicio de la revisi\u00f3n de la legislaci\u00f3n de la Uni\u00f3n, la contribuci\u00f3n de las absorciones netas al objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2030 se limitar\u00e1 a 225 millones de toneladas equivalentes de CO2. Con el fin de ampliar los sumideros de carbono de la Uni\u00f3n en consonancia con el objetivo de lograr la neutralidad clim\u00e1tica de aqu\u00ed a 2050, la Uni\u00f3n tendr\u00e1 como objetivo lograr un mayor volumen de sumidero neto de carbono en 2030.<\/em><\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>A m\u00e1s tardar el 30 de junio de 2021, la Comisi\u00f3n revisar\u00e1 la correspondiente legislaci\u00f3n de la Uni\u00f3n para que se pueda lograr el objetivo establecido en el punto anterior y el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, y estudiar\u00e1 la posibilidad de adoptar las medidas necesarias, incluso propuestas legislativas, de conformidad con los Tratados.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"padding-left: 40px\"><em>En el marco de la revisi\u00f3n mencionada en el p\u00e1rrafo primero y de las futuras revisiones, la Comisi\u00f3n evaluar\u00e1, en particular, la disponibilidad con arreglo al Derecho de la Uni\u00f3n de instrumentos e incentivos adecuados para movilizar las inversiones necesarias, y propondr\u00e1 medidas en caso necesario.<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\"><em>\u00a0<\/em><em>Tras la adopci\u00f3n de las propuestas legislativas por parte de la Comisi\u00f3n, esta supervisar\u00e1 los procedimientos legislativos aplicables a las diferentes propuestas y podr\u00e1 comunicar al Parlamento Europeo y al Consejo si el resultado previsto de dichos procedimientos legislativos, considerados conjuntamente, permitir\u00eda alcanzar el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica. En el caso de que el resultado previsto no sea conforme con el objetivo referenciado, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 adoptar las medidas necesarias, incluso propuestas legislativas, de conformidad con los Tratados. <\/em><\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Con el fin de lograr el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, se fijar\u00e1 un objetivo clim\u00e1tico para 2040 a escala de la Uni\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"padding-left: 40px\"><em>A tal efecto, a m\u00e1s tardar en un plazo de seis meses a partir del primer balance mundial contemplado en el art\u00edculo\u00a014 del Acuerdo de Par\u00eds, la Comisi\u00f3n presentar\u00e1, seg\u00fan proceda y sobre la base de una evaluaci\u00f3n de impacto detallada, una propuesta legislativa de modificaci\u00f3n del presente Reglamento con el fin de incluir el objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2040, teniendo en cuenta las conclusiones de las evaluaciones y los resultados del balance mundial.<\/em><\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Cuando presente su propuesta legislativa sobre el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica de la Uni\u00f3n para 2040, la Comisi\u00f3n publicar\u00e1 al mismo tiempo, en un informe separado, el presupuesto indicativo previsto de la Uni\u00f3n en materia de gases de efecto invernadero para el per\u00edodo 2030-2050, definido como el volumen total indicativo de emisiones netas de gases de efecto invernadero (expresadas en equivalente de CO2 y proporcionando informaci\u00f3n separada sobre emisiones y absorciones) que se espera emitir en ese per\u00edodo sin poner en peligro los compromisos de la Uni\u00f3n en virtud del Acuerdo de Par\u00eds.<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"padding-left: 40px\">El presupuesto indicativo previsto de la Uni\u00f3n en materia de gases de efecto invernadero se basar\u00e1 en los mejores conocimientos cient\u00edficos disponibles y tendr\u00e1 en cuenta el asesoramiento\u00a0 \u00a0 del Consejo Consultivo, as\u00ed como, cuando se adopte, la correspondiente legislaci\u00f3n de la Uni\u00f3n para realizar el objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2030. La Comisi\u00f3n publicar\u00e1 la metodolog\u00eda subyacente al presupuesto indicativo previsto de la Uni\u00f3n en materia de gases de efecto invernadero.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>A la hora de proponer el objetivo y neutralidad clim\u00e1tica de la Uni\u00f3n para 2040, la Comisi\u00f3n considerar\u00e1:<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"padding-left: 40px\">a) la mejor y m\u00e1s reciente informaci\u00f3n cient\u00edfica, incluidos los \u00faltimos informes del IPCC y del Consejo Consultivo;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">b) las repercusiones sociales, econ\u00f3micas y ambientales, incluido el coste de la inacci\u00f3n;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">c) la necesidad de garantizar una transici\u00f3n justa y socialmente equitativa para todos;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">d) la eficiencia en t\u00e9rminos econ\u00f3micos y de costes;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">e) la competitividad de la econom\u00eda de la Uni\u00f3n, en particular de las peque\u00f1as y medianas empresas y de los sectores m\u00e1s expuestos a las fugas de carbono;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">f) las mejores tecnolog\u00edas disponibles, rentables, seguras y escalables;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">g) la eficiencia energ\u00e9tica y el principio \u00abprimero, la eficiencia energ\u00e9tica\u00bb, la asequibilidad de la energ\u00eda y la seguridad de abastecimiento;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">h) la equidad y solidaridad entre los Estados miembros y dentro de cada uno de ellos;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">i) la necesidad de garantizar la eficacia ambiental y la progresi\u00f3n a lo largo del tiempo;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">j) la necesidad de mantener, gestionar y ampliar los sumideros naturales a largo plazo y de proteger y recuperar la biodiversidad;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">k) las necesidades y posibilidades en materia de inversi\u00f3n;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">l) la evoluci\u00f3n y los esfuerzos internacionales para alcanzar los objetivos a largo plazo del Acuerdo de Par\u00eds y el objetivo \u00faltimo de la CMNUCC;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">m) la informaci\u00f3n existente sobre el presupuesto indicativo previsto de la Uni\u00f3n en materia de gases de efecto invernadero para el per\u00edodo 2030-2050.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">En un plazo de seis meses a partir del segundo balance mundial, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 proponer la revisi\u00f3n del objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2040.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Estas disposiciones ser\u00e1n objeto de un examen constante seg\u00fan la evoluci\u00f3n y los esfuerzos internacionales para alcanzar los objetivos a largo plazo del Acuerdo de Par\u00eds, en particular en lo que se refiere a los resultados de los debates internacionales sobre los plazos comunes para las contribuciones determinadas a nivel nacional.<\/li>\n<\/ol>\n<h2><strong>\u00a0<\/strong><strong>Adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico<\/strong><\/h2>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Las instituciones de la Uni\u00f3n y los Estados miembros garantizar\u00e1n un avance continuo en el aumento de la capacidad de adaptaci\u00f3n, el fortalecimiento de la resiliencia y la reducci\u00f3n de la vulnerabilidad al cambio clim\u00e1tico. Tambi\u00e9n garantizar\u00e1n que las pol\u00edticas de adaptaci\u00f3n de la Uni\u00f3n y de los Estados miembros sean coherentes, se refuercen mutuamente, aporten beneficios colaterales a las pol\u00edticas sectoriales y vayan encaminadas a una integraci\u00f3n sistem\u00e1tica y m\u00e1s adecuada de la adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico en todos los \u00e1mbitos de las pol\u00edticas, incluidas, las pol\u00edticas y medidas socioecon\u00f3micas y medioambientales, as\u00ed como en la acci\u00f3n exterior de la Uni\u00f3n. Prestar\u00e1n especial atenci\u00f3n a las poblaciones y los sectores econ\u00f3micos m\u00e1s vulnerables y afectados y determinar\u00e1n las deficiencias a este respecto mediante consultas a la sociedad civil.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n adoptar\u00e1 una estrategia de la Uni\u00f3n sobre la adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico de acuerdo con el Acuerdo de Par\u00eds y la revisar\u00e1 peri\u00f3dicamente.<\/p>\n<p>Los Estados miembros adoptar\u00e1n y aplicar\u00e1n estrategias y planes de adaptaci\u00f3n nacionales, teniendo presente la estrategia de la Uni\u00f3n sobre la adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico, basados en an\u00e1lisis s\u00f3lidos en materia de cambio clim\u00e1tico y vulnerabilidad, evaluaciones de los avances realizados e indicadores, y en la mejor informaci\u00f3n cient\u00edfica disponible y m\u00e1s reciente.<\/p>\n<p>En sus estrategias de adaptaci\u00f3n nacionales, los Estados miembros tendr\u00e1n en cuenta la especial vulnerabilidad de los sectores pertinentes, entre ellos la agricultura, y de los sistemas h\u00eddricos y alimentarios, as\u00ed como de la seguridad alimentaria, y promover\u00e1n soluciones basadas en la naturaleza y una adaptaci\u00f3n basada en los ecosistemas. Los Estados miembros actualizar\u00e1n peri\u00f3dicamente las estrategias e incluir\u00e1n la informaci\u00f3n actualizada correspondiente.<\/p>\n<p>A m\u00e1s tardar de un a\u00f1o a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, la Comisi\u00f3n adoptar\u00e1 unas directrices que establezcan principios y pr\u00e1cticas comunes para la determinaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y gesti\u00f3n prudencial de los riesgos clim\u00e1ticos f\u00edsicos materiales a la hora de planificar, desarrollar, ejecutar y supervisar proyectos y programas para proyectos.<\/p>\n<h1><strong>Evaluaci\u00f3n de los avances y las medidas de la Uni\u00f3n<\/strong><\/h1>\n<p>La \u201cLey Europea del Clima\u201d determina la evaluaci\u00f3n de los avances y las medidas de la Uni\u00f3n de la siguiente manera:<\/p>\n<ul>\n<li>A m\u00e1s tardar el 30 de septiembre de 2023, y posteriormente cada cinco a\u00f1os, la Comisi\u00f3n evaluar\u00e1, en el momento de la evaluaci\u00f3n, lo siguiente:<\/li>\n<li>los avances colectivos realizados por todos los Estados miembros hacia la consecuci\u00f3n del objetivo de neutralidad clim\u00e1tica;<\/li>\n<li>los avances colectivos realizados por todos los Estados miembros en cuanto a la adaptaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La Comisi\u00f3n presentar\u00e1 al Parlamento Europeo y al Consejo las conclusiones de esa evaluaci\u00f3n, junto con el informe sobre el estado de la Uni\u00f3n de la Energ\u00eda elaborado en el a\u00f1o natural correspondiente.<\/p>\n<ul>\n<li>A m\u00e1s tardar el 30 de septiembre de 2023, y posteriormente cada cinco a\u00f1os, la Comisi\u00f3n revisar\u00e1 lo siguiente:\n<ul>\n<li>la coherencia de las medidas de la Uni\u00f3n con el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica;<\/li>\n<li>la coherencia de las medidas de la Uni\u00f3n con garantizar los avances en la adaptaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Cuando, sobre la base de las evaluaciones, la Comisi\u00f3n compruebe que las medidas de la Uni\u00f3n no son coherentes con el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, o que no son coherentes con garantizar los avances en la adaptaci\u00f3n, o que los avances hacia dicho objetivo de neutralidad clim\u00e1tica o en cuanto a la adaptaci\u00f3n son insuficientes, adoptar\u00e1 las medidas necesarias de conformidad con los Tratados.<\/li>\n<li>La Comisi\u00f3n evaluar\u00e1 la coherencia de cualquier proyecto de medidas o propuesta legislativa, incluidas las propuestas presupuestarias, con el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, y con los objetivos clim\u00e1ticos de la Uni\u00f3n para 2030 y 2040 antes de su adopci\u00f3n, incluir\u00e1 dicha evaluaci\u00f3n en cualquier evaluaci\u00f3n de impacto que acompa\u00f1e a esas medidas o propuestas, y pondr\u00e1 a disposici\u00f3n del p\u00fablico el resultado de esa evaluaci\u00f3n en el momento de la adopci\u00f3n. La Comisi\u00f3n evaluar\u00e1 asimismo si dichos proyectos de medidas o propuestas legislativas, incluidas las propuestas presupuestarias, son coherentes con garantizar los avances en la adaptaci\u00f3n. Al formular sus proyectos de medidas y propuestas legislativas, la Comisi\u00f3n procurar\u00e1 concordarlas con los objetivos de la Ley. En caso de discordancia, la Comisi\u00f3n expondr\u00e1 los motivos como parte de la evaluaci\u00f3n de la coherencia.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Evaluaci\u00f3n de las medidas nacionales<\/strong><\/h2>\n<p>En cuanto a la evaluaci\u00f3n de las medidas nacionales, la norma prev\u00e9 lo siguiente:<\/p>\n<p>A m\u00e1s tardar el 30 de septiembre de 2023, y posteriormente cada cinco a\u00f1os, la Comisi\u00f3n evaluar\u00e1 lo siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>si las medidas nacionales que hayan sido consideradas pertinentes para la consecuci\u00f3n del objetivo de neutralidad clim\u00e1tica sobre la base de los planes nacionales integrados de energ\u00eda y clima, las estrategias nacionales a largo plazo y los informes de situaci\u00f3n bienales presentados son coherentes con ese objetivo;<\/li>\n<li>si las medidas nacionales pertinentes son coherentes con garantizar los avances en la adaptaci\u00f3n, teniendo en cuenta las estrategias nacionales de adaptaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La Comisi\u00f3n presentar\u00e1 al Parlamento Europeo y al Consejo las conclusiones de dicha evaluaci\u00f3n, junto con el informe sobre el estado de la Uni\u00f3n de la Energ\u00eda elaborado en el a\u00f1o natural correspondiente.<\/p>\n<p>Cuando la Comisi\u00f3n compruebe, tras tener debidamente en cuenta los avances colectivos evaluados, que las medidas adoptadas por un Estado miembro no son coherentes con el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, o no son coherentes con garantizar los avances en la adaptaci\u00f3n, podr\u00e1 formular recomendaciones a ese Estado miembro. La Comisi\u00f3n pondr\u00e1 a disposici\u00f3n del p\u00fablico dichas recomendaciones.<\/p>\n<p>Cuando formule recomendaciones, se aplicar\u00e1n los principios siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>el Estado miembro en cuesti\u00f3n notificar\u00e1 a la Comisi\u00f3n, en un plazo de seis meses a partir de la recepci\u00f3n de las recomendaciones, de qu\u00e9 manera se propone tener debidamente en cuenta las recomendaciones en un esp\u00edritu de solidaridad entre los Estados miembros y la Uni\u00f3n y entre los Estados miembros;<\/li>\n<li>tras presentar la notificaci\u00f3n, el Estado miembro en cuesti\u00f3n describir\u00e1, en el siguiente informe de situaci\u00f3n nacional integrado de energ\u00eda y clima que presente el a\u00f1o siguiente al de las recomendaciones, c\u00f3mo ha tenido debidamente en cuenta esas recomendaciones; si el Estado miembro en cuesti\u00f3n decide no tener en cuenta las recomendaciones o una parte sustancial de ellas, dicho Estado miembro comunicar\u00e1 sus motivos a la Comisi\u00f3n;<\/li>\n<li>las recomendaciones ser\u00e1n complementarias de las recomendaciones espec\u00edficas por pa\u00eds m\u00e1s recientes emitidas en el contexto del Semestre Europeo.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Disposiciones comunes sobre la evaluaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>La Comisi\u00f3n basar\u00e1 su primera y segunda evaluaci\u00f3n, en una trayectoria lineal indicativa que establezca la trayectoria para la reducci\u00f3n de las emisiones netas a escala de la Uni\u00f3n, y que vincule el objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2030, el objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2040, cuando se adopte, y el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica. Con posterioridad la Comisi\u00f3n basar\u00e1 cualquier evaluaci\u00f3n ulterior en una trayectoria lineal indicativa que vincule el objetivo clim\u00e1tico de la Uni\u00f3n para 2040, cuando se adopte, y el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las medidas nacionales, la Comisi\u00f3n basar\u00e1 las evaluaciones mencionadas, como m\u00ednimo, en lo siguiente:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">a)\u00a0\u00a0la informaci\u00f3n presentada y notificada seg\u00fan el Reglamento (UE) 2018\/1999;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">b)\u00a0\u00a0los <a href=\"https:\/\/www.eea.europa.eu\/es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">informes de la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA)<\/a>, del Consejo Consultivo\u00a0y del Centro Com\u00fan de Investigaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">c)\u00a0\u00a0estad\u00edsticas y datos europeos y mundiales, incluyendo las estad\u00edsticas y los datos del <a href=\"https:\/\/www.copernicus.eu\/es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Programa Europeo de Observaci\u00f3n de la Tierra \u00abCopernicus\u00bb<\/a>, los datos relativos a las p\u00e9rdidas comunicadas y proyectadas provocadas por los impactos clim\u00e1ticos adversos y las estimaciones de los costes de la inacci\u00f3n o de demoras en la acci\u00f3n, si est\u00e1n disponibles;<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">d)\u00a0\u00a0la mejor informaci\u00f3n cient\u00edfica disponible y m\u00e1s reciente, incluidos los \u00faltimos <a href=\"https:\/\/www.ipcc.ch\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Clim\u00e1tico (IPCC)<\/a>, de la <a href=\"https:\/\/www.miteco.gob.es\/es\/biodiversidad\/temas\/conservacion-de-la-biodiversidad\/conservacion-de-la-biodiversidad-en-el-mundo\/cb_mundo_plataforma_ipbes.aspx\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Plataforma Intergubernamental sobre Biodiversidad y Servicios de los Ecosistemas (IPBES)<\/a>;\u00a0y<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px\">e)\u00a0\u00a0cualquier informaci\u00f3n complementaria sobre inversiones ambientalmente sostenibles por parte de la Uni\u00f3n o de los Estados miembros, incluidas, en su caso, inversiones compatibles con el Reglamento (UE)\u00a02020\/852 <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=celex:32020R0852\">https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=celex:32020R0852<\/a>.<\/p>\n<p>La AEMA asistir\u00e1 a la Comisi\u00f3n en la preparaci\u00f3n de las evaluaciones seg\u00fan su programa de trabajo anual.<\/p>\n<h2><strong>Participaci\u00f3n p\u00fablica<\/strong><\/h2>\n<p>La ley prev\u00e9 que la Comisi\u00f3n colabore con todos los sectores de la sociedad para capacitarlos y empoderarlos de manera que puedan emprender acciones encaminadas a lograr\u00a0una transici\u00f3n socialmente justa y equitativa hacia\u00a0una sociedad clim\u00e1ticamente neutra y resiliente al clima. A tal efecto facilitar\u00e1 un proceso integrador y accesible a todas las escalas, tambi\u00e9n a escala nacional, regional y local, y con los interlocutores sociales,\u00a0el mundo acad\u00e9mico, la comunidad empresarial,\u00a0los ciudadanos y la sociedad civil, para el intercambio de mejores pr\u00e1cticas y para identificar acciones que contribuyan a la consecuci\u00f3n de los objetivos del presente Reglamento.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n podr\u00e1 basarse tambi\u00e9n\u00a0en\u00a0consultas p\u00fablicas y\u00a0en los di\u00e1logos multinivel sobre clima y energ\u00eda establecidos por los Estados miembros y utilizar\u00e1 todos los instrumentos adecuados, incluido el Pacto Europeo por el Clima <a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/clima\/policies\/eu-climate-action\/pact_es\">Pacto Europeo por el Clima | Acci\u00f3n por el Clima (europa.eu)<\/a>, para implicar a los ciudadanos, los interlocutores sociales y las partes interesadas, y fomentar\u00e1 el di\u00e1logo y la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n basada en datos cient\u00edficos sobre el cambio clim\u00e1tico y sus aspectos sociales y de igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<h2><strong>Hojas de ruta sectoriales<\/strong><\/h2>\n<p>A nivel transversal y sectorial, se prev\u00e9 que la Comisi\u00f3n colabore con los sectores de la econom\u00eda de la Uni\u00f3n que opten por elaborar voluntariamente hojas de ruta indicativas para alcanzar el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, con lo cual permitir\u00e1 facilitar el di\u00e1logo e intercambio de buenas pr\u00e1cticas entre las partes. Tambi\u00e9n se contiene que supervisar\u00e1 la elaboraci\u00f3n de dichas hojas de ruta.<\/p>\n<h2><strong>Revisi\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>De la norma destaca su seguimiento y control al establecer que, en un plazo de seis meses a partir de cada balance mundial contemplado en el Acuerdo de Par\u00eds, la Comisi\u00f3n presentar\u00e1 un informe al Parlamento Europeo y al Consejo, junto con las conclusiones de las evaluaciones de la presente Ley Europea del Clima, sobre el funcionamiento de la norma, teniendo en cuenta lo siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>la mejor informaci\u00f3n cient\u00edfica disponible y m\u00e1s reciente, incluidos los \u00faltimos informes del IPCC y del Consejo Consultivo;<\/li>\n<li>la evoluci\u00f3n y los esfuerzos internacionales para alcanzar los objetivos a largo plazo del Acuerdo de Par\u00eds.<\/li>\n<\/ul>\n<p>A\u00f1ade que el informe de la Comisi\u00f3n podr\u00e1 ir acompa\u00f1ado de propuestas legislativas de modificaci\u00f3n de la presente norma.<\/p>\n<p><strong>Declaraciones de la Comisi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Sobre las Declaraciones de la Comisi\u00f3n, referir que respecto la <strong>Declaraci\u00f3n del Sumidero UTCUTS y objetivo para 2030<\/strong>, se propone invertir la tendencia actual y aumentar el sumidero de carbono hasta niveles superiores a 300 millones de toneladas equivalentes de CO2 de aqu\u00ed a 2030. A tal efecto, la Comisi\u00f3n presentar\u00e1 propuestas para revisar el <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/?uri=CELEX%3A52016PC0479\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento UTCUTS<\/a>, en consonancia con este objetivo.<\/p>\n<p>En cuanto a la <strong>Declaraci\u00f3n de Acceso a la justicia<\/strong>, por lo que se refiere a la participaci\u00f3n del p\u00fablico en la preparaci\u00f3n de los planes nacionales de energ\u00eda y clima y las consultas sobre las estrategias a largo plazo, <strong>los Estados miembros deben velar por que los ciudadanos interesados tengan acceso a la justicia en caso de incumplimiento de dichas obligaciones<\/strong>.<\/p>\n<h1><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h1>\n<p>Mediante la presente \u201cLey Europea del Clima\u201d la UE aspira a ser un bloque clim\u00e1ticamente neutro para 2050, a fin de preservar el planeta y la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los Estados miembros adoptar\u00e1n y aplicar\u00e1n estrategias y planes de adaptaci\u00f3n nacionales, teniendo presente la estrategia de la Uni\u00f3n sobre la adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico; y ser\u00e1n evaluados sobre sus medidas y avances por parte de la UE.<\/p>\n<p>Sin embargo, no se establece un r\u00e9gimen sancionador en caso de que las medidas adoptadas por un Estado miembro no sean coherentes con el objetivo de neutralidad clim\u00e1tica, o no garanticen los avances en la adaptaci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante el Reglamento se transforma en obligaci\u00f3n el compromiso pol\u00edtico establecido en el Pacto Verde Europeo consistente en alcanzar la neutralidad clim\u00e1tica en 2050, y se eleva el objetivo de reducci\u00f3n de los gases de efecto invernadero para 2030 desde el 40% hasta al menos el 55% en comparaci\u00f3n con 1990. <\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":4594,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[],"categoria_terraqui":[335],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3390","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cambio-climatico","categoria_terraqui-cambio-climatico","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3390","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3390"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3390\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4597,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3390\/revisions\/4597"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4594"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3390"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3390"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3390"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3390"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3390"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}