{"id":3386,"date":"2021-06-16T20:29:50","date_gmt":"2021-06-16T18:29:50","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/madrid-ordenanza-calidad-del-aire-y-sostenibilidad\/"},"modified":"2025-02-07T12:13:07","modified_gmt":"2025-02-07T11:13:07","slug":"madrid-ordenanza-calidad-del-aire-y-sostenibilidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/actualidad\/madrid-ordenanza-calidad-del-aire-y-sostenibilidad\/","title":{"rendered":"Madrid aprueba la ordenanza de calidad del aire y sostenibilidad"},"content":{"rendered":"<p>El pasado 30 de marzo de 2021 el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprob\u00f3 la <a href=\"https:\/\/sede.madrid.es\/sites\/v\/index.jsp?vgnextoid=cae5f03ec89f8710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&amp;vgnextchannel=6b3d814231ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ordenanza 4\/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad<\/a> y se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM) de fecha 16 de abril de 2021.<\/p>\n<h1><strong>L\u00edneas de actuaci\u00f3n<\/strong><\/h1>\n<p>Tal como se contiene en la exposici\u00f3n de motivos, la nueva norma se articula sobre tres grandes ejes o l\u00edneas de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>P<\/strong><strong>reservar y mejorar la calidad del aire de la ciudad<\/strong>, dando cobertura normativa a las medidas que se adopten en aplicaci\u00f3n de los planes de mejora de la calidad del aire o planes de acci\u00f3n a corto plazo contra la contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica.<\/li>\n<li><strong>Proteger la salud y el medio ambiente frente a las emisiones de gases, humos, olores, part\u00edculas o cualquier otra sustancia potencialmente contaminante<\/strong> o susceptible de ocasionar molestias a la ciudadan\u00eda.<\/li>\n<li><strong>Promover la eficiencia energ\u00e9tica y el uso de energ\u00edas renovables para procurar la sostenibilidad ambiental<\/strong>. Con el fin de mejorar el medio ambiente y la calidad de vida, cuyo motor es la salud, en la ordenanza se recogen medidas que, con car\u00e1cter temporal o permanente, podr\u00e1n incorporarse en los planes que adopte el Ayuntamiento de Madrid para reducir el riesgo de superaci\u00f3n de los valores legislados de los contaminantes o la duraci\u00f3n e intensidad de los episodios de contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica.<\/li>\n<\/ol>\n<h1><strong>Objeto <\/strong><\/h1>\n<p>As\u00ed pues, el <strong>objeto<\/strong> de la norma es regular, en el ejercicio de las competencias municipales sobre medio ambiente urbano<strong>, las medidas necesarias para preservar y mejorar la calidad del aire, luchar contra la contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica y reducir las molestias procedentes de actividades, instalaciones, situaciones o comportamientos, con el fin de proteger la salud de las personas, la calidad de vida y el medio ambiente, as\u00ed como promover la eficiencia energ\u00e9tica para procurar la sostenibilidad ambiental<\/strong>.<\/p>\n<p>En la ordenanza se recogen medidas que, con car\u00e1cter temporal o permanente, podr\u00e1n incorporarse en los planes que haya de adoptar el Ayuntamiento de Madrid para reducir el riesgo de superaci\u00f3n de los valores legislados de los contaminantes o la duraci\u00f3n e intensidad de los episodios de contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica.<\/p>\n<p>El \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de las medidas introducidas se complementa con lo previsto en la <a href=\"https:\/\/sede.madrid.es\/FrameWork\/generacionPDF\/ANM2018_45.pdf?idNormativa=5ccdb732cef96610VgnVCM2000001f4a900aRCRD&amp;nombreFichero=ANM2018_45&amp;cacheKey=219\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>ordenanza de movilidad <\/strong><\/a>respecto el control del tr\u00e1fico y la mejora de la movilidad, y se articula en torno al control de las obras de construcci\u00f3n, del funcionamiento de instalaciones industriales y de actividades, a la utilizaci\u00f3n de determinados materiales o productos, as\u00ed como al uso de la calefacci\u00f3n dom\u00e9stica.<\/p>\n<h1><strong>\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n<\/strong><\/h1>\n<p><strong>La ordenanza aplica a los elementos o actividades generadores o emisores <\/strong>de humos, gases, vapores, olores, polvos, cenizas, part\u00edculas o de cualquier otra materia o sustancia potencialmente contaminante o molesta, <strong>ya se trate de instalaciones, establecimientos, equipos, maquinaria, veh\u00edculos, o de comportamientos, obras o actividades, de titularidad p\u00fablica o privada, en particular los siguientes<\/strong>:<\/p>\n<ul>\n<li>Instalaciones de combusti\u00f3n para calefacci\u00f3n y agua caliente sanitaria.<\/li>\n<li>Grupos electr\u00f3genos.<\/li>\n<li>Instalaciones t\u00e9rmicas de los edificios, de climatizaci\u00f3n y ventilaci\u00f3n forzada, y aquellos otros que emitan aire a la atm\u00f3sfera mediante medios mec\u00e1nicos de cualquier naturaleza, susceptibles de producir molestias.<\/li>\n<li>Actividades susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar da\u00f1os al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes, por la emisi\u00f3n de humos, gases, vapores, olores, polvos, cenizas, part\u00edculas o de cualquier otra materia o sustancia potencialmente contaminante o molesta.<\/li>\n<li>Dep\u00f3sito, almacenamiento, manipulaci\u00f3n o transporte de productos susceptibles de liberar a la atm\u00f3sfera las emisiones citadas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, quedan excluidos del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la ordenanza los ruidos y vibraciones; la contaminaci\u00f3n t\u00e9rmica, lum\u00ednica, por agentes biol\u00f3gicos y por radiaciones ionizantes.<\/p>\n<p><strong>Seguidamente, se analizan los aspectos referentes a los planes de mejora de calidad del aire y las medidas de eficiencia energ\u00e9tica y de uso de energ\u00edas renovables en la planificaci\u00f3n urban\u00edstica y las edificaciones.<\/strong><\/p>\n<h1><strong>Mejora de la calidad del aire <\/strong><\/h1>\n<h2><strong>Planificaci\u00f3n:<\/strong><\/h2>\n<p>El Ayuntamiento de Madrid <strong>elaborar\u00e1 los <u>planes de mejora<\/u> para alcanzar los objetivos de calidad del aire en los plazos que estos fijen, as\u00ed como para minimizar o evitar impactos negativos de la contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica<\/strong>.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n elaborar\u00e1 los <strong><u>planes de acci\u00f3n<\/u> a corto plazo<\/strong> <strong>para establecer medidas cuando exista riesgo de que el nivel de contaminantes supere uno o m\u00e1s de los umbrales de alerta o los valores l\u00edmite, especificados en la normativa de calidad del aire<\/strong>. A este respecto, adem\u00e1s de los valores legislados, se tendr\u00e1n en cuenta las directrices establecidas por la <a href=\"https:\/\/www.who.int\/es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud<\/a>.<\/p>\n<p>Los planes aprobados por el Ayuntamiento introducir\u00e1n <strong>medidas temporales o permanentes<\/strong> que deber\u00e1n tener en cuenta <strong>las incluidas en los planes aprobados por las otras Administraciones P\u00fablicas<\/strong>, seg\u00fan lo establecido en la normativa de calidad del aire. Las citadas medidas, podr\u00e1n dirigirse, entre otros, <strong>al control del tr\u00e1fico de veh\u00edculos, obras de construcci\u00f3n, funcionamiento de instalaciones industriales o actividades, uso de productos y calefacci\u00f3n dom\u00e9stica, as\u00ed como prever acciones espec\u00edficas destinadas a proteger a los sectores m\u00e1s vulnerables de la poblaci\u00f3n y espec\u00edficamente en entornos de centros educativos, de salud o de mayores<\/strong>.<\/p>\n<p>Los <strong>planes de acci\u00f3n a corto plazo<\/strong> establecer\u00e1n, para cada uno de los contaminantes a los que se refieran, <strong>la zonificaci\u00f3n aplicable, los niveles de actuaci\u00f3n en funci\u00f3n de la concentraci\u00f3n de aquellos, los posibles escenarios de actuaci\u00f3n en que se alcance o se prevea la superaci\u00f3n de los niveles establecidos, y sus plazos<\/strong>.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n <strong>concretar\u00e1n las medidas exigidas para cada escenario, su activaci\u00f3n y desactivaci\u00f3n, en funci\u00f3n de la duraci\u00f3n o persistencia del episodio y las previsiones meteorol\u00f3gicas<\/strong>. En el anexo III de la ordenanza se incluye un cat\u00e1logo de medidas.<\/p>\n<p>Tener en cuenta que el Ayuntamiento de Madrid podr\u00e1 declarar, a fin de acelerar la descarbonizaci\u00f3n, \u201c<strong><u>\u00c1reas demostradoras de acci\u00f3n clim\u00e1tica<\/u><\/strong>\u201d <strong>en las que se desarrollar\u00e1n medidas que permitan cumplir con los objetivos de neutralidad clim\u00e1tica. <\/strong>Dichas \u00e1reas contar\u00e1n con un <strong>plan de acci\u00f3n <\/strong>que recoger\u00e1 las medidas necesarias para lograr una reducci\u00f3n de emisiones superior a la exigida por la normativa vigente, de manera que supongan un impulso de mejora adicional de la calidad del aire del \u00e1mbito y puedan ser extensibles a toda la ciudad.<\/p>\n<p><strong>Las medidas relativas al control del tr\u00e1fico y la movilidad incluidas en los planes ser\u00e1n objeto de regulaci\u00f3n en la ordenanza en materia de movilidad y ser\u00e1n aplicadas de acuerdo con la normativa en materia de tr\u00e1fico, circulaci\u00f3n de veh\u00edculos y seguridad vial.<\/strong><\/p>\n<h2><strong>Elaboraci\u00f3n, aprobaci\u00f3n y eficacia de los planes y sus medidas:<\/strong><\/h2>\n<p>Los planes en materia de calidad del aire:<\/p>\n<ul>\n<li>Se aprobar\u00e1n por la Junta de Gobierno de Madrid a propuesta del titular del \u00e1rea de gobierno competente en materia de medio ambiente.<\/li>\n<li>En el procedimiento de elaboraci\u00f3n, modificaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los planes se garantizar\u00e1 la participaci\u00f3n p\u00fablica, seg\u00fan la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2006-13010\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">legislaci\u00f3n en materia de informaci\u00f3n medioambiental<\/a>.<\/li>\n<li>Tras la aprobaci\u00f3n inicial, se someter\u00e1 a un per\u00edodo de informaci\u00f3n p\u00fablica, mediante su inserci\u00f3n en los boletines y sedes relacionados. En dicho tr\u00e1mite se dar\u00e1 audiencia a las organizaciones o asociaciones que representen colectivos o intereses sociales que puedan verse afectados por el plan.<\/li>\n<li>Las propuestas de planes deber\u00e1n cumplir con car\u00e1cter previo a su aprobaci\u00f3n definitiva con los tr\u00e1mites exigidos por la normativa auton\u00f3mica.<\/li>\n<li>Tras la resoluci\u00f3n de las alegaciones, el plan se aprobar\u00e1 definitivamente y se publicar\u00e1 en el <a href=\"http:\/\/www.bocm.es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">BOCM<\/a>, en el \u201c<a href=\"https:\/\/sede.madrid.es\/portal\/site\/tramites\/menuitem.944fd80592a1301b7ce0ccf4a8a409a0\/?vgnextoid=741d814231ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&amp;vgnextchannel=741d814231ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&amp;vgnextfmt=default\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Bolet\u00edn del Ayuntamiento de Madrid<\/a>\u201d \u00a0y en el portal del gobierno abierto de Madrid o en la sede electr\u00f3nica, d\u00e1ndole la m\u00e1xima difusi\u00f3n posible.<\/li>\n<li>La declaraci\u00f3n de episodio de contaminaci\u00f3n se efectuar\u00e1 por el \u00f3rgano competente en materia de medio ambiente que determine la Junta de Gobierno. El decreto por el que se declare el episodio determinar\u00e1 el momento de su aplicaci\u00f3n y establecer\u00e1 la progresiva activaci\u00f3n de las medidas correspondientes a cada escenario, as\u00ed como los supuestos de su modificaci\u00f3n y desactivaci\u00f3n en funci\u00f3n de la evoluci\u00f3n de la situaci\u00f3n de contaminaci\u00f3n y de la predicci\u00f3n meteorol\u00f3gica.<\/li>\n<li>Los planes de acci\u00f3n a corto plazo ser\u00e1n evaluados anualmente y, en su caso, revisados con el objeto de mejorar su eficacia en la consecuci\u00f3n de los objetivos.<\/li>\n<li>El decreto deber\u00e1 publicarse en el \u201c<a href=\"https:\/\/sede.madrid.es\/portal\/site\/tramites\/menuitem.944fd80592a1301b7ce0ccf4a8a409a0\/?vgnextoid=741d814231ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&amp;vgnextchannel=741d814231ede410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&amp;vgnextfmt=default\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Bolet\u00edn del Ayuntamiento de Madrid<\/a>\u201d, dando la m\u00e1xima difusi\u00f3n posible a su contenido a trav\u00e9s del portal municipal en internet, del portal de transparencia del Ayuntamiento, de los medios de comunicaci\u00f3n, redes sociales, aplicaciones m\u00f3viles y aquellos otros que favorezcan su conocimiento por la ciudadan\u00eda.<\/li>\n<li>Para la eficacia de aquellas medidas que tengan car\u00e1cter restrictivo de derechos o facultades se requerir\u00e1 la previa notificaci\u00f3n a los interesados o su publicaci\u00f3n en los t\u00e9rminos establecidos en la legislaci\u00f3n de procedimiento administrativo o en la normativa de calidad del aire, sin perjuicio de lo previsto en la normativa en materia de tr\u00e1fico y movilidad respecto de la se\u00f1alaci\u00f3n vial.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Medidas de eficiencia energ\u00e9tica y uso de energ\u00edas renovables<\/strong><\/h2>\n<p>Estas medidas tienen como <strong>objetivo<\/strong> <strong>fomentar el uso racional de la energ\u00eda<\/strong>, para conseguir un mayor ahorro energ\u00e9tico y una mejora de la calidad del aire, as\u00ed como <strong>favorecer un modelo urbano de acuerdo con los objetivos de neutralidad clim\u00e1tica en la ciudad de Madrid, a la vez que garantizan las condiciones de bienestar e higiene en las edificaciones de un modo sostenible<\/strong>.<\/p>\n<p>Las <strong>finalidades<\/strong> de estas medidas son:<\/p>\n<ul>\n<li>Reducir a l\u00edmites sostenibles la demanda energ\u00e9tica para los servicios de climatizaci\u00f3n y producci\u00f3n de agua caliente sanitaria (ACS), planificando la edificaci\u00f3n con criterios bioclim\u00e1ticos.<\/li>\n<li>Fomentar el ahorro energ\u00e9tico y un uso m\u00e1s eficiente de la energ\u00eda, disminuyendo el consumo de energ\u00eda primaria.<\/li>\n<li>Promover la sustituci\u00f3n de instalaciones t\u00e9rmicas por otras m\u00e1s eficientes, sin emisiones de gases contaminantes producto de la combusti\u00f3n.<\/li>\n<li>Contribuir a la reducci\u00f3n de emisiones contaminantes de los veh\u00edculos de combusti\u00f3n, mediante la implantaci\u00f3n de infraestructuras de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos en los aparcamientos y la reserva de espacio para bicicletas o veh\u00edculos de movilidad personal cero emisiones.<\/li>\n<li>Reducir tanto el consumo de combustibles f\u00f3siles como la dependencia energ\u00e9tica fomentando la generaci\u00f3n y almacenamiento distribuido de energ\u00eda el\u00e9ctrica, as\u00ed como el uso de energ\u00eda renovable o residual para satisfacer las necesidades t\u00e9rmicas del edificio.<\/li>\n<li>Potenciar la generaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica renovable, especialmente mediante la implantaci\u00f3n a nivel local de instalaciones de energ\u00eda solar fotovoltaica in situ o de instalaciones pr\u00f3ximas.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Medidas en la planificaci\u00f3n urban\u00edstica:<\/strong><\/h2>\n<p><strong>Los instrumentos de planeamiento urban\u00edstico que prevean una demanda energ\u00e9tica deber\u00e1n incluir<\/strong> un <strong>estudio espec\u00edfico en el que se analice la demanda energ\u00e9tica del \u00e1mbito y se determinen las medidas necesarias para satisfacer las exigencias de sostenibilidad energ\u00e9tica y calidad del aire<\/strong> recogidas en la normativa, considerando:<\/p>\n<ul>\n<li>Los factores bioclim\u00e1ticos relativos a soleamiento, ventilaci\u00f3n y evapotranspiraci\u00f3n.<\/li>\n<li>La electrificaci\u00f3n de la demanda para reducir las emisiones de gases contaminantes.<\/li>\n<li>El aprovechamiento de energ\u00edas renovables, mediante la habilitaci\u00f3n de espacios para su generaci\u00f3n y almacenamiento distribuido.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Cuando los planes conlleven la construcci\u00f3n de aparcamientos en superficie, nuevas edificaciones o intervenciones en los edificios existentes en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n, (CTE HE0), el estudio determinar\u00e1 las medidas necesarias para que sean \u201cedificios de consumo de energ\u00eda casi nulo\u201d<\/strong> conforme a lo establecido en la normativa de eficiencia energ\u00e9tica de los edificios en lo referente a la limitaci\u00f3n de consumo energ\u00e9tico. Con esta finalidad, se deber\u00e1n tener en cuenta los siguientes aspectos:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Se planificar\u00e1n las infraestructuras verdes, las superficies permeables y la red urbana<\/strong>, con el fin de optimizar las condiciones bioclim\u00e1ticas del \u00e1mbito y contribuir a la lucha contra la contaminaci\u00f3n por medio de soluciones basadas en la naturaleza.<\/li>\n<li><strong>En terrenos, aparcamientos en superficie y edificios de titularidad p\u00fablica que ocupen un \u00e1rea total superior a 1.000 m2<\/strong> en los que t\u00e9cnicamente sea posible, se planificar\u00e1 la <strong>instalaci\u00f3n de cubiertas fotovoltaicas para generaci\u00f3n distribuida o autoconsumo compartido e infraestructuras de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos<\/strong>.<\/li>\n<li><strong>En los \u00e1mbitos donde se considere oportuno implantar redes urbanas centralizadas de climatizaci\u00f3n y producci\u00f3n de agua caliente sanitaria, generaci\u00f3n o almacenamiento distribuido de energ\u00eda renovable o gesti\u00f3n de residuos, se deber\u00e1n prever espacios para albergarlos, as\u00ed como sus instalaciones auxiliares e interconexiones con los edificios<\/strong>.<\/li>\n<li><strong>Las instalaciones de distribuci\u00f3n de energ\u00eda t\u00e9rmica utilizar\u00e1n<\/strong> prioritariamente <strong>fuentes de energ\u00eda de origen renovable o energ\u00eda residual procedente de infraestructuras subterr\u00e1neas como metro, depuradoras, equipamientos y otras instalaciones<\/strong>. En caso de tener que utilizar combustibles, se priorizar\u00e1n aquellos que produzcan menos emisiones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Los instrumentos de planeamiento urban\u00edstico incluir\u00e1n las medidas necesarias para satisfacer las exigencias de sostenibilidad energ\u00e9tica y calidad del aire, adaptadas a las necesidades del \u00e1mbito, conforme al estudio espec\u00edfico indicado anteriormente. Estas medidas podr\u00e1n ser complementadas con otras normas m\u00e1s exigentes que pudieran establecerse en el planeamiento urban\u00edstico aplicable a una determinada zona o sector.<\/p>\n<p><strong>Destacar que cuando se solicite consulta urban\u00edstica sobre cuestiones que incidan en aspectos ambientales o las actuaciones deban ser objeto de control ambiental, deber\u00e1 obtenerse informe del \u00f3rgano competente en materia de medio ambiente<\/strong>.<\/p>\n<h2><strong>Medidas en los edificios de nueva construcci\u00f3n y las intervenciones en edificios existentes, seg\u00fan el <a href=\"https:\/\/www.codigotecnico.org\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">CTE<\/a> <\/strong><strong>(HE0, HE4 y HE5) y en la normativa de infraestructura de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos<\/strong>:<\/h2>\n<p><strong>Los edificios de nueva construcci\u00f3n<\/strong> deber\u00e1n ser de \u201c<strong>consumo de energ\u00eda casi nulo<\/strong>\u201d, conforme a lo establecido en la normativa de eficiencia energ\u00e9tica, y reducir su dependencia energ\u00e9tica.<\/p>\n<p>Con el fin de aprovechar al m\u00e1ximo las posibilidades que la arquitectura pasiva ofrece para la reducci\u00f3n de la demanda energ\u00e9tica y la optimizaci\u00f3n de la eficiencia energ\u00e9tica, <strong>todas las nuevas edificaciones deber\u00e1n dise\u00f1arse y construirse<\/strong>:<\/p>\n<ul>\n<li>Con orientaci\u00f3n predominante al sur y distribuci\u00f3n de huecos de fachada de tama\u00f1o adecuado a la orientaci\u00f3n, con el fin de optimizar la radiaci\u00f3n solar para el calentamiento pasivo y la iluminaci\u00f3n interior, garantizando una protecci\u00f3n solar adecuada en verano.<\/li>\n<li>Favoreciendo las ventilaciones naturales entre las fachadas de orientaci\u00f3n opuesta en los edificios y el aprovechamiento de los vientos predominantes.<\/li>\n<li>Priorizando las medidas pasivas frente a las activas para mejorar la calificaci\u00f3n energ\u00e9tica del edificio.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>En los proyectos de edificaci\u00f3n se deber\u00e1 incluir un estudio espec\u00edfico sobre ahorro y eficiencia energ\u00e9tica que contemple el consumo de energ\u00eda primaria no renovable y las emisiones seg\u00fan la normativa aplicable en la materia, en el que se justifique el cumplimiento de la calificaci\u00f3n energ\u00e9tica<\/strong>, que deber\u00e1 ser la siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>Los nuevos edificios deben alcanzar la calificaci\u00f3n energ\u00e9tica B.<\/li>\n<li>Los nuevos edificios propiedad municipal deben alcanzar la calificaci\u00f3n energ\u00e9tica A.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta calificaci\u00f3n energ\u00e9tica debe alcanzarse mediante actuaciones en las cuales el valor econ\u00f3mico de la energ\u00eda ahorrada debe ser siempre mayor que la sobreinversi\u00f3n en el medio y largo plazo.<\/p>\n<p><strong>Las nuevas edificaciones que se proyecten deber\u00e1n reunir las siguientes condiciones: <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>\u00a0<\/strong>Contar\u00e1n con sistemas de aprovechamiento de energ\u00eda renovable conforme a los siguientes apartados de este art\u00edculo. En el caso de instalaciones fotovoltaicas o de energ\u00eda solar t\u00e9rmica, se tendr\u00e1n en cuenta en el dise\u00f1o de las envolventes, los elementos de protecci\u00f3n solar, las conexiones necesarias y sus instalaciones auxiliares.<\/li>\n<li>Destinar\u00e1n como m\u00ednimo una superficie equivalente al 50% de la ocupaci\u00f3n de parcela para la instalaci\u00f3n de sistemas de aprovechamiento de energ\u00eda solar, que se situar\u00e1n preferiblemente en cubierta. La ubicaci\u00f3n de estos sistemas ser\u00e1 la m\u00e1s favorable posible con respecto a la orientaci\u00f3n e inclinaci\u00f3n y se procurar\u00e1 que est\u00e9 libre de sombras del propio edificio en las horas centrales del d\u00eda. Esta reserva de superficie no ser\u00e1 preceptiva cuando el edificio no cuente con acceso al sol por sombras externas.<\/li>\n<li>En los casos en que no sea viable la implantaci\u00f3n de las instalaciones de energ\u00eda renovable en la parcela de las nuevas edificaciones, deber\u00e1 satisfacerse la contribuci\u00f3n de energ\u00edas renovables para cubrir la demanda de ACS y la generaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica a trav\u00e9s de otras f\u00f3rmulas, tales como las comunidades de energ\u00edas renovables, la conexi\u00f3n a redes de distribuci\u00f3n de energ\u00eda t\u00e9rmica renovable en el entorno pr\u00f3ximo, o constituy\u00e9ndose derechos de servidumbre para la implantaci\u00f3n de la instalaci\u00f3n propia en las proximidades. Estas servidumbres deber\u00e1n ser inscritas en el Registro de la Propiedad.<\/li>\n<li>Deber\u00e1n disponer de la infraestructura de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 45.<\/li>\n<li>Destinar\u00e1n locales o espacios cubiertos para el dep\u00f3sito de bicicletas, veh\u00edculos de movilidad urbana cero emisiones y de distribuci\u00f3n urbana de mercanc\u00edas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La ordenanza tambi\u00e9n regula las <strong>dotaciones m\u00ednimas para la infraestructura de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos<\/strong>. A tal efecto:<\/p>\n<ul>\n<li>Los aparcamientos de nueva construcci\u00f3n en edificios residenciales en r\u00e9gimen de propiedad horizontal, dispondr\u00e1n de la instalaci\u00f3n de las canalizaciones hasta cada plaza de aparcamiento y los m\u00f3dulos de reserva en la centralizaci\u00f3n de contadores, tal y como se describe en la Instrucci\u00f3n t\u00e9cnica complementaria (ITC) BT-52 (Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos), dando cobertura al 100% de las plazas. Cuando se trate de aparcamientos asociados a viviendas unifamiliares deber\u00e1n contar adem\u00e1s con una estaci\u00f3n de recarga para veh\u00edculos el\u00e9ctricos.<\/li>\n<li>Los aparcamientos de edificios residenciales en los que se realicen ampliaciones o reformas importantes deber\u00e1n contar con la instalaci\u00f3n de las canalizaciones hasta las plazas de aparcamiento y los m\u00f3dulos de reserva en la centralizaci\u00f3n de contadores, tal y como se describe en la (ITC) BT-52, dando cobertura al 70% de las plazas.<\/li>\n<li>En los aparcamientos de nueva construcci\u00f3n de edificios no residenciales y aparcamientos p\u00fablicos de uso permanente se instalar\u00e1n las canalizaciones hasta las plazas de aparcamiento y los m\u00f3dulos de reserva en la centralizaci\u00f3n de contadores, tal y como se describe en la (ITC) BT-52, dando cobertura al 25% de las plazas, as\u00ed mismo se dotar\u00e1 de una estaci\u00f3n de recarga por cada 10 plazas, con una cobertura del 10% de las plazas.<\/li>\n<li>En los aparcamientos de edificios no residenciales y aparcamientos p\u00fablicos de uso permanente en los que se produzcan ampliaciones o reformas importantes se ejecutar\u00e1n las canalizaciones hasta las plazas de aparcamiento y los m\u00f3dulos de reserva en los mismos t\u00e9rminos que los indicados en la letra e) y se dotar\u00e1 de una estaci\u00f3n de recarga por cada 40 plazas, debiendo contar al menos con una estaci\u00f3n de recarga.<\/li>\n<li>En los aparcamientos p\u00fablicos de nueva construcci\u00f3n, adem\u00e1s de justificarse la dotaci\u00f3n m\u00ednima obligatoria de infraestructura de recarga, en la fase de planeamiento urban\u00edstico se analizar\u00e1 la posibilidad de exigir infraestructuras adicionales para favorecer la movilidad el\u00e9ctrica, en funci\u00f3n de la ubicaci\u00f3n del aparcamiento y de su afecci\u00f3n a la movilidad de la ciudad.<\/li>\n<li>Todos los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con una zona de uso aparcamiento con m\u00e1s de 20 plazas, ya sea en el interior o en un espacio exterior adscrito, deber\u00e1n instalar al menos una estaci\u00f3n de recarga por cada 40 plazas de estacionamiento, debiendo contar con, al menos, una estaci\u00f3n de recarga.<\/li>\n<li>Las estaciones de recarga estar\u00e1n preparadas para modos estandarizados de recarga.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Control de las medidas de eficiencia energ\u00e9tica en el otorgamiento de licencias.<\/strong><\/h2>\n<p>Con car\u00e1cter previo a la primera ocupaci\u00f3n de una edificaci\u00f3n, en los supuestos en los que as\u00ed se establezca en la regulaci\u00f3n de los medios de intervenci\u00f3n administrativa, el \u00f3rgano municipal competente o la entidad colaboradora urban\u00edstica, en su caso, deber\u00e1 comprobar que se dispone de los siguientes documentos:<\/p>\n<ul>\n<li>El certificado de las instalaciones el\u00e9ctricas para la generaci\u00f3n de energ\u00eda fotovoltaica y para la recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos.<\/li>\n<li>El certificado de instalaci\u00f3n t\u00e9rmica.<\/li>\n<li>El contrato de mantenimiento de instalaci\u00f3n t\u00e9rmica firmado con empresa habilitada, cuando sea preceptivo.<\/li>\n<li>El Certificado de Eficiencia Energ\u00e9tica del edificio terminado.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Con car\u00e1cter previo al inicio del funcionamiento de las actividades, en los supuestos en los que as\u00ed se establezca en la regulaci\u00f3n de los medios de intervenci\u00f3n administrativa, el \u00f3rgano municipal competente o la entidad colaboradora urban\u00edstica, en su caso, deber\u00e1 comprobar que se dispone de los siguientes documentos:<\/p>\n<ul>\n<li>El certificado de las instalaciones el\u00e9ctricas para la generaci\u00f3n de energ\u00eda fotovoltaica y para la recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos.<\/li>\n<li>El certificado de instalaci\u00f3n t\u00e9rmica.<\/li>\n<li>El contrato de mantenimiento de instalaci\u00f3n t\u00e9rmica firmado con empresa habilitada, cuando sea preceptivo.<\/li>\n<\/ul>\n<h1><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h1>\n<p>Con el fin de mejorar el medio ambiente y la calidad de vida, a trav\u00e9s de la presente Ordenanza se prev\u00e9 la elaboraci\u00f3n de planes de mejora y acci\u00f3n para alcanzar los objetivos de calidad del aire. Sin embargo, no se concretan los plazos para su inmediata elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n, poniendo en entredicho el despliegue de los objetivos de la norma.<\/p>\n<p>Por otro lado, la norma establece medidas de eficiencia energ\u00e9tica y uso de energ\u00edas renovables para aquellos planes urban\u00edsticos que prevean una demanda energ\u00e9tica y construir aparcamientos en superficie. De la misma manera, se regulan las medidas para las nuevas edificaciones o intervenciones en los edificios existentes en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del CTE HE0, estableciendo dotaciones m\u00ednimas para la infraestructura de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos.\u00a0Esperemos que en un tiempo no muy lejano se ampl\u00eden dichas medidas de eficiencia energ\u00e9tica y uso de energ\u00edas renovables para todo tipo de planes y proyectos consistentes en desarrollos urbanos y nuevos asentamientos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre otras cuestiones, la norma regula los planes de mejora de calidad del aire y establece medidas de eficiencia energ\u00e9tica y de uso de energ\u00edas renovables en la planificaci\u00f3n urban\u00edstica y las edificaciones.<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":4608,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[112,10],"tags":[],"categoria_terraqui":[346],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3386","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-planificacion","category-urbanismo","categoria_terraqui-contaminacion","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3386","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3386"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3386\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4611,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3386\/revisions\/4611"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4608"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3386"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3386"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3386"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3386"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3386"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}