{"id":3316,"date":"2019-11-27T19:46:13","date_gmt":"2019-11-27T17:46:13","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/aprobadas-las-directrices-de-ordenacion-territorial-de-la-comunidad-autonoma-del-pais-vasco\/"},"modified":"2025-03-16T11:46:24","modified_gmt":"2025-03-16T10:46:24","slug":"aprobadas-las-directrices-de-ordenacion-territorial-de-la-comunidad-autonoma-del-pais-vasco","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/actualidad\/aprobadas-las-directrices-de-ordenacion-territorial-de-la-comunidad-autonoma-del-pais-vasco\/","title":{"rendered":"Aprobadas las Directrices de Ordenaci\u00f3n Territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco"},"content":{"rendered":"<p>La <strong>ordenaci\u00f3n territorial del Pa\u00eds Vasco<\/strong> se realiza a trav\u00e9s de tres instrumentos: las <strong>Directrices de Ordenaci\u00f3n Territorial, los Planes Territoriales Parciales y los Planes Territoriales Sectoriales<\/strong>.<\/p>\n<p>Las <strong>Directrices de Ordenaci\u00f3n Territorial<\/strong> del Pa\u00eds Vasco (en adelante, <strong>DOT<\/strong>) <strong>constituyen el marco general de referencia para la formulaci\u00f3n de los restantes instrumentos de ordenaci\u00f3n, as\u00ed como de los planes de ordenaci\u00f3n previstos en la Legislaci\u00f3n sobre r\u00e9gimen del suelo<\/strong>, al que en todo caso habr\u00e1n de acomodarse los planes, programas y acciones con incidencia en el territorio que puedan desarrollar las diferentes Administraciones P\u00fablicas de car\u00e1cter auton\u00f3mico, foral o local, en el ejercicio de sus respectivas competencias.<\/p>\n<p>En este marco, el pasado 24 de septiembre de 2019 se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial del Pa\u00eds Vasco n\u00fam. 181 <strong>el <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/CCAA\/651374-d-128-2019-de-30-jul-ca-pais-vasco-directrices-de-ordenacion-territorial.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Decreto 128\/2019, de 30 de julio, por el que se aprueban definitivamente las DOT de la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco<\/a><\/strong>. Estas directrices son vigentes desde el 25 de septiembre de 2019.<\/p>\n<p>La norma distingue entre directrices <strong>vinculantes<\/strong> de ordenaci\u00f3n y uso del espacio, que constituyen criterios de imposici\u00f3n, de exclusi\u00f3n o de alternancia entre varios criterios admisibles. As\u00ed como las directrices <strong>recomendatorias<\/strong>, que se caracterizan por el hecho de que cuando la Administraci\u00f3n competente se aparte de las mismas, deber\u00e1 justificar de forma expresa la decisi\u00f3n adoptada y su compatibilidad con los objetivos de que se trata. Esta distinci\u00f3n se regula en la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/pdf\/2012\/BOE-A-2012-2858-consolidado.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley 4\/1990, de 31 de mayo, de Ordenaci\u00f3n del Territorio del Pa\u00eds Vasco<\/a>.<\/p>\n<p>Respecto las directrices de ordenaci\u00f3n y uso del espacio cabe resaltar su alto contenido ambiental. Ejemplo de ello son las referentes a la ordenaci\u00f3n del medio f\u00edsico, la infraestructura verde y los servicios de los ecosistemas, el agua, la energ\u00eda, la econom\u00eda circular: gesti\u00f3n de residuos, y la econom\u00eda circular: el suelo como recurso. Tambi\u00e9n se encuentran las directrices sobre las \u00e1reas funcionales, el sistema urbano de escala territorial, el sistema polinuclear de capitales, la red de cabeceras y subcabeceras de las \u00e1reas funcionales, los ejes de transformaci\u00f3n, la regeneraci\u00f3n urbana, el per\u00edmetro de crecimiento urbano, el suelo de actividades econ\u00f3micas y de equipamientos comerciales, la cuantificaci\u00f3n residencial, as\u00ed como la compatibilizaci\u00f3n de planeamientos.<\/p>\n<p><strong>Las Directrices en materia de Infraestructura Verde se caracterizan por:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Un car\u00e1cter inclusivo, flexible y estrat\u00e9gico, que garantice la conectividad ecol\u00f3gica del territorio, frente la p\u00e9rdida de biodiversidad y mitigue los efectos de la fragmentaci\u00f3n territorial producida por los asentamientos humanos y las infraestructuras grises (carreteras, ferrocarriles y otras infraestructuras lineales), con el fin de reforzar los servicios que nos ofrece la naturaleza.<\/li>\n<li>Preservar la vocaci\u00f3n de los espacios protegidos por sus valores ambientales, analizando su evoluci\u00f3n, estableciendo indicadores y midiendo los impactos de cualquier plan, programa o proyecto que incida en ellos.<\/li>\n<li>Identificar aquellos lugares en los que una infraestructura \u00abgris\u00bb comprometa la continuidad ecol\u00f3gica de la infraestructura verde a nivel de la Comunidad Aut\u00f3noma. En los lugares de concurrencia de la infraestructura verde con la infraestructura \u00abgris\u00bb, prevalecer\u00e1 la primera en aras a la realizaci\u00f3n de las tareas necesarias de restauraci\u00f3n ecol\u00f3gica.<\/li>\n<li>Supeditar al cumplimiento de la funci\u00f3n principal de la conectividad ecol\u00f3gica cualquier uso o actividad que se desarrolle en la infraestructura verde a nivel de la Comunidad Aut\u00f3noma, realiz\u00e1ndose esta regulaci\u00f3n mediante la forma de condicionante superpuesto.<\/li>\n<li>Fomentar que, en el desarrollo de infraestructuras, se prioricen las soluciones basadas en la naturaleza, y en cualquier caso las compatibles con la continuidad ecol\u00f3gica frente a soluciones t\u00e9cnicas de elevado impacto, mediante soluciones como ecoductos, t\u00faneles y obras de bioingenier\u00eda.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>En cuanto a las Directrices en materia de econom\u00eda circular: gesti\u00f3n de residuos, se prev\u00e9 lo siguiente:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Tratar los residuos en las instalaciones adecuadas m\u00e1s pr\u00f3ximas, lo que exigir\u00e1 el establecimiento de una red suficiente de infraestructuras, optimizando el uso de las infraestructuras, equipamientos y servicios existentes.<\/li>\n<li>Definir en el planeamiento territorial unos objetivos para el reciclado y la recogida selectiva de los residuos, definiendo las reservas necesarias para la gesti\u00f3n de los mismos, de forma que su distribuci\u00f3n garantice un servicio \u00f3ptimo y equilibrado para la totalidad de su \u00e1mbito funcional.<\/li>\n<li>Considerar la problem\u00e1tica generada por el volumen de residuos producido por el sector industrial, por el de la construcci\u00f3n y en especial, por las obras de demolici\u00f3n, se\u00f1alando en el planeamiento territorial las dotaciones necesarias destinadas a la identificaci\u00f3n, recogida selectiva, recuperaci\u00f3n y reutilizaci\u00f3n de los materiales utilizados, dando prioridad a la reutilizaci\u00f3n de infraestructuras existentes.<\/li>\n<li>Fomentar, a trav\u00e9s de las ordenanzas municipales de edificaci\u00f3n y urbanizaci\u00f3n, la utilizaci\u00f3n de materiales durables y reciclables, as\u00ed como de los de origen biol\u00f3gico, en cuyo dise\u00f1o, producci\u00f3n y posterior reciclado se minimicen los impactos generados sobre el medio.<\/li>\n<li>Promover y valorar en la contrataci\u00f3n de proyectos y obras los aspectos medioambientales, el dise\u00f1o y la utilizaci\u00f3n de materiales ecol\u00f3gicos, as\u00ed como aspectos como su durabilidad, impacto y comportamiento medioambiental y facilidad de reciclado y reutilizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La coordinaci\u00f3n e integraci\u00f3n de las pol\u00edticas de gesti\u00f3n de residuos de cada uno de los Territorios Hist\u00f3ricos, mancomunidades y entidades locales se garantizar\u00e1 desde el Plan Territorial Sectorial de Infraestructuras de residuos de la CAPV.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Referente a las Directrices en materia de econom\u00eda circular: el suelo como recurso, se regula lo siguiente:\u00a0 <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Impulsar el desarrollo de modelos de planificaci\u00f3n territorial y urbana en los que se prioricen las actuaciones de renovaci\u00f3n, reciclado, recuperaci\u00f3n y reutilizaci\u00f3n de los espacios urbanos y de las infraestructuras ya existentes, tales como antiguos vertederos sellados, que deber\u00e1n ser calificados como infraestructuras o equipamientos ambientales.<\/li>\n<li>Planificar los usos del suelo teniendo en cuenta el factor \u00abcalidad del suelo\u00bb para asegurar la prevenci\u00f3n de riesgos inaceptables para la salud humana y el funcionamiento de los ecosistemas, as\u00ed como para evitar la dispersi\u00f3n de contaminantes a otros compartimentos ambientales y optimizar la utilizaci\u00f3n de los recursos.<\/li>\n<li>Promover la realizaci\u00f3n de investigaciones que permitan conocer las necesidades de saneamiento en funci\u00f3n al uso previsto en el momento en que cesan las actividades potencialmente contaminantes, y previamente a cualquier actuaci\u00f3n de desarrollo urban\u00edstico, para evitar, adem\u00e1s, afecciones a la salud humana o a los ecosistemas.<\/li>\n<li>Incluir las investigaciones y recuperaciones de los suelos contaminados en los procesos de regeneraci\u00f3n urbana.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Sin embargo, es una l\u00e1stima que entre las directrices recomendatorias se encuentren las referentes a la mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico, la salud, los indicadores de sostenibilidad, entre otras, ya que no hay una obligaci\u00f3n de dar cumplimiento, simplemente basta con motivar de forma expresa la decisi\u00f3n adoptada y su compatibilidad con sus objetivos. Otras de estas directrices son las de coordinaci\u00f3n del planeamiento territorial parcial y sectorial e integraci\u00f3n interadministrativa en la tramitaci\u00f3n de la revisi\u00f3n de los Planes urban\u00edsticos, h\u00e1bitat rural, paisaje, patrimonio cultural y natural, recursos tur\u00edsticos, movilidad (multimodal, peatonal y ciclista, viaria y log\u00edstica ferroviaria, portuaria y aeroportuaria) y la perspectiva de genero, euskera, interrelaci\u00f3n territorial, participaci\u00f3n, y memorias de seguimiento de planes territoriales parciales y sectoriales.<\/p>\n<p><strong>Entre las Directrices recomendatorias en materia de mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico se contiene lo siguiente:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Considerar en la planificaci\u00f3n territorial y urban\u00edstica las causas y efectos del cambio clim\u00e1tico, contribuyendo a trav\u00e9s de sus propuestas a reducir el balance neto de emisiones de gases de efecto invernadero y a mejorar la resiliencia.<\/li>\n<li>Incluir la adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico a trav\u00e9s de una cartograf\u00eda tem\u00e1tica de impactos y vulnerabilidad.<\/li>\n<li>Promover la infraestructura verde y las soluciones basadas en la naturaleza como medida de adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico, as\u00ed como restaurar los ecosistemas para mantener la resiliencia del territorio.<\/li>\n<li>Mejorar la gesti\u00f3n forestal, evitando las p\u00e9rdidas de suelo que puedan producir las deforestaciones debido a que el suelo constituye el principal sumidero de carbono. As\u00ed mismo reforestar las zonas degradadas y aumentar la superficie de bosque natural para su servicio como sumidero de carbono.<\/li>\n<li>Limitar la ocupaci\u00f3n del suelo, favoreciendo la mezcla de usos y la regeneraci\u00f3n de los espacios vulnerables, as\u00ed como potenciar la intermodalidad y los modos de transporte con menores emisiones de gases de efecto invernadero.<\/li>\n<li>Potenciar, especialmente en las \u00e1reas urbanas, criterios de eficiencia energ\u00e9tica en la edificaci\u00f3n y en el transporte, as\u00ed como las energ\u00edas renovables.<\/li>\n<li>Incorporar en el planeamiento territorial y urban\u00edstico la perspectiva clim\u00e1tica en el siguiente sentido:\n<ul>\n<li>El Plan Territorial Sectorial de Protecci\u00f3n y Ordenaci\u00f3n del Litoral se adecuar\u00e1 identificando en las zonas costeras las medidas de adaptaci\u00f3n a los efectos adversos de la elevaci\u00f3n del nivel del mar y al oleaje extremo.<\/li>\n<li>El Plan Territorial Sectorial de Ordenaci\u00f3n de los R\u00edos y Arroyos y los Planes Hidrol\u00f3gicos otorgar\u00e1n el tratamiento adecuado a las zonas sometidas a riesgos de inundaci\u00f3n, prestando especial atenci\u00f3n a las \u00e1reas donde los condicionantes de inundaci\u00f3n se superpongan a otros riesgos, incluidos los vinculados a la condici\u00f3n litoral.<\/li>\n<li>Permeabilizaci\u00f3n y vegetaci\u00f3n de los espacios p\u00fablicos, fomentando las infraestructuras verdes y azules y las soluciones basadas en la naturaleza en \u00e1mbitos susceptibles de sufrir inundaciones y estr\u00e9s t\u00e9rmico, y en particular el efecto isla de calor.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>Los planes territoriales parciales incorporar\u00e1n la perspectiva clim\u00e1tica realizando un an\u00e1lisis b\u00e1sico de los impactos y de la vulnerabilidad asociada, definiendo las medidas de aplicaci\u00f3n y, en su caso, los estudios de mayor detalle que fueran precisos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por otro lado, cabe poner en valor <strong>el documento de Integraci\u00f3n en el Plan de los Aspectos Ambientales establecidos en la Declaraci\u00f3n Ambiental Estrat\u00e9gica de la Revisi\u00f3n de las DOTCAPV<\/strong> (anexo II), el cual refleja la manera en que se han integrado los aspectos ambientales establecidos en la \u00abDeclaraci\u00f3n Ambiental Estrat\u00e9gica\u00bb en las DOT y su Estudio Ambiental Estrat\u00e9gico. A tal efecto, el <strong>Documento de Alcance<\/strong> establece los objetivos ambientales estrat\u00e9gicos, principios y criterios de sostenibilidad que se aplicar\u00e1n en la elaboraci\u00f3n de las DOT. Entre los objetivos, destacan los siguentes:<\/p>\n<p><u>Objetivo gen\u00e9rico 1. Garantizar un desarrollo sostenible que satisfaga las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades<\/u>. Como indicadores ambientales se proponen:<\/p>\n<ul>\n<li>Poblaci\u00f3n total residente en n\u00facleos habitados clasificados por tama\u00f1o de poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Porcentaje de superficie clasificada como suelo urbanizable y no urbanizable<\/li>\n<li>Artificializaci\u00f3n del suelo: superficie artificializada en relaci\u00f3n a la superficie total.<\/li>\n<li>Porcentaje de superficie destinada a infraestructuras de comunicaci\u00f3n y transporte<\/li>\n<\/ul>\n<p><u>Objetivo gen\u00e9rico 2. proteger, conservar y restaurar el capital natural, preservando los servicios que aportan los ecosistemas. Detener la p\u00e9rdida de biodiversidad<\/u>. Como indicadores ambientales se proponen:<\/p>\n<ul>\n<li>Porcentaje de superficie ocupada por h\u00e1bitats naturales, seminaturales y naturalizados.<\/li>\n<li>Proporci\u00f3n de bosques aut\u00f3ctonos frente a las plantaciones forestales en la CAPV.<\/li>\n<li>Superficie de h\u00e1bitats de inter\u00e9s comunitario que han mejorado su calidad o estado de conservaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Seguimiento de aves comunes reproductoras de la CAPV (Programa SACRE) .<\/li>\n<li>Superficie incluida en la categor\u00eda \u00abEspecial protecci\u00f3n\u00bb.<\/li>\n<li>N\u00famero de \u00e1reas funcionales que cuentan con Cat\u00e1logo de Paisaje<\/li>\n<li>N\u00famero de Planes de Acci\u00f3n del Paisaje realizados.<\/li>\n<\/ul>\n<p><u>Objetivo gen\u00e9rico 3. Limitar la influencia del cambio clim\u00e1tico<\/u>. Como indicadores ambientales se proponen:<\/p>\n<ul>\n<li>Generaci\u00f3n total de emisiones de GEIs.<\/li>\n<li>Intensidad de las Emisiones totales de GEIs en relaci\u00f3n al PIB.<\/li>\n<li><u>Objetivo gen\u00e9rico 4. Garantizar un aire, agua y suelos limpios y saludables<\/u>. Como indicadores ambientales se proponen:<\/li>\n<li>Estado ecol\u00f3gico de las masas de de agua superficiales (r\u00edos, aguas costeras y de transici\u00f3n, lagos y humedales interiores) .<\/li>\n<li>Estado qu\u00edmico de las masas de agua.<\/li>\n<li>Superficie con un uso urbano (residencial, industrial o de equipamientos), que se sit\u00faa en suelo catalogado como inundable para un periodo de retorno de 10 a\u00f1os y de 100 a\u00f1os.<\/li>\n<li>Superficie de suelos potencialmente contaminados y recuperados para nuevos usos.<\/li>\n<li>Accesibilidad a espacios verdes (infraestructura verde y parques urbanos).<\/li>\n<\/ul>\n<p>En cuanto a las <strong>medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente del plan<\/strong>, se dispone que el objetivo del control propuesto es <strong>garantizar que los criterios de gesti\u00f3n sostenible del territorio que impregnan las DOT a lo largo de todo su desarrollo normativo se aplican de manera efectiva en el planeamiento jer\u00e1rquicamente inferior, generando un efecto global positivo para el medio ambiente<\/strong>. Paralelamente, el control propuesto tiene por objeto <strong>asegurar que no se producen desviaciones significativas entre los aspectos evaluados en el documento y el resultado final de la aplicaci\u00f3n de la Normativa de las DOT<\/strong>.<\/p>\n<p>Las <strong>variables ambientales<\/strong> objeto de seguimiento son el <strong>cambio clim\u00e1tico<\/strong>, <strong>suelo, recursos h\u00eddricos, recursos natural\u00edsticos o patrimonio natural<\/strong> (vegetaci\u00f3n y h\u00e1bitats, fauna, espacios naturales, servicios de los ecosistemas), <strong>recursos est\u00e9tico-culturales<\/strong> (paisaje y patrimonio cultural), <strong>residuos y contaminaci\u00f3n, riesgos naturales y h\u00e1bitat humano<\/strong>. Cada una de ellas contiene sus indicadores de cumplimiento.<\/p>\n<p>Asimismo, hay que tener en cuenta que actualmente se est\u00e1 tramitando el <a href=\"https:\/\/www.euskadi.eus\/informacion_publica\/consulta-publica-previa-a-la-elaboracion-del-anteproyecto-de-ley-de-cambio-climatico-del-pais-vasco\/web01-a2inguru\/es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Anteproyecto de Ley de Cambio Clim\u00e1tico del Pa\u00eds Vasco<\/strong><\/a>, <strong>el cual regula, entre otros aspectos, respecto los instrumentos de ordenaci\u00f3n territorial y urbanismo de la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco, la incorporaci\u00f3n de los aspectos relacionados con el cambio clim\u00e1tico desde la perspectiva de la reducci\u00f3n de los riesgos y el tr\u00e1nsito hacia un territorio neutro en carbono<\/strong>. Con lo cual, habr\u00e1 que ver el redactado final de esta Ley para saber si el contenido referente a los aspectos relacionados con el cambio clim\u00e1tico tendr\u00e1 naturaleza obligatoria para estos instrumentos o bien se tratar\u00e1 de meras\u00a0recomendaciones.<\/p>\n<p><strong>En conclusi\u00f3n, a trav\u00e9s del Decreto 128\/2019 se aprueban definitivamente las DOT de la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco, con una clara vocaci\u00f3n ambiental, pero todav\u00eda resistentes a exigir de forma obligatoria las exigencias referentes a la mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico o la salud, que requiere el escenario ambiental y global del presente y del ma\u00f1ana. <\/strong><\/p>\n<p><strong>De toda manera, hay que destacar el esfuerzo que ha hecho el documento en integrar los aspectos ambientales establecidos en la Declaraci\u00f3n Ambiental Estrat\u00e9gica de la Revisi\u00f3n de las DOT<\/strong>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La norma otorga el car\u00e1cter obligatorio a las directrices referentes a la infraestructura verde, los servicios ecosist\u00e9micos, el agua, la energ\u00eda y la econom\u00eda circular (gesti\u00f3n de residuos y el suelo como recurso). Sin embargo, rebaja a la categor\u00eda de recomendatorias las relativas a la mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico, la salud y los indicadores de sostenibilidad.<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23,24,16,207,198,10],"tags":[],"categoria_terraqui":[336],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3316","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-cambio-climatico","category-economia-circular","category-evaluacion","category-infraestructura-verde","category-ordenacion-del-territorio","category-urbanismo","categoria_terraqui-territorio-y-urbanismo","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3316","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3316"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3316\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5366,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3316\/revisions\/5366"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3316"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3316"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3316"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3316"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3316"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}