{"id":3232,"date":"2017-12-21T14:37:48","date_gmt":"2017-12-21T12:37:48","guid":{"rendered":"https:\/\/pimpampum.info\/terraqui2024\/aspectos-ambientales-de-la-nueva-ley-de-contratos-del-sector-publico\/"},"modified":"2025-05-07T12:41:29","modified_gmt":"2025-05-07T10:41:29","slug":"aspectos-ambientales-de-la-nueva-ley-de-contratos-del-sector-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/actualidad\/aspectos-ambientales-de-la-nueva-ley-de-contratos-del-sector-publico\/","title":{"rendered":"Aspectos ambientales de la nueva Ley de Contratos del sector p\u00fablico"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado 9 de noviembre de 2017 se public\u00f3 en el BOE la <a href=\"https:\/\/boe.es\/buscar\/pdf\/2017\/BOE-A-2017-12902-consolidado.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">nueva Ley 9\/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector p\u00fablico<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Entra en vigor a los 4 meses de su publicaci\u00f3n, esto es, el 10 de marzo de 2018, aunque, hay algunos preceptos que ya han entrado en vigor tras su publicaci\u00f3n (relativos a los \u00f3rganos consultivos -art\u00edculos 328 a 334- y a la modificaci\u00f3n del IVA -disposici\u00f3n final d\u00e9cima-).<\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente, el panorama legislativo del que deriva la regulaci\u00f3n de la Uni\u00f3n Europea en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica, se enmarca en la <strong><em>\u00ab<a href=\"https:\/\/ec.europa.eu\/info\/business-economy-euro\/economic-and-fiscal-policy-coordination\/eu-economic-governance-monitoring-prevention-correction\/european-semester\/framework\/europe-2020-strategy_es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Estrategia Europa 2020<\/a>\u00bb<\/em><\/strong> , que es la agenda de crecimiento y empleo de la UE en esta d\u00e9cada. Se\u00f1ala el crecimiento inteligente, sostenible e integrador como v\u00eda para superar las deficiencias estructurales de la econom\u00eda europea, mejorar su competitividad y productividad y sustentar una econom\u00eda social de mercado sostenible.<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, dentro de esta Estrategia, <strong>la contrataci\u00f3n p\u00fablica desempe\u00f1a un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad econ\u00f3mica de los fondos p\u00fablicos<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed pues, con este fin, aparecen las <strong>tres nuevas Directivas comunitarias<\/strong>, como son la <a href=\"http:\/\/transparencia.gob.es\/servicios-buscador\/contenido\/ley.htm?id=NORMAT_E0492130113613&amp;lang=es&amp;fcAct=2016-11-11T15:45:03.184Z\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Directiva <strong>2014\/24\/UE<\/strong>, sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica<\/a>; la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=DOUE-L-2014-80599\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Directiva 2014\/25\/UE<\/strong>, relativa a la contrataci\u00f3n por entidades que operan en los sectores del agua, la energ\u00eda, los transportes y los servicios postales<\/a>, y la m\u00e1s novedosa, ya que carece de precedente en la normativa comunitaria, como es la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/diario_boe\/txt.php?id=DOUE-L-2014-80597\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Directiva 2014\/23\/UE<\/strong>, relativa a la adjudicaci\u00f3n de contratos de concesi\u00f3n<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante este escenario la Ley incorpora al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol las Directivas 2014\/23\/UE, la Directiva 2014\/24\/UE, y deja la transposici\u00f3n de la Directiva 2014\/25\/UE a otra ley espec\u00edfica, que asimismo incorporar\u00e1 al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol la parte de la Directiva 2014\/23\/UE que resulte de aplicaci\u00f3n a los sectores citados. Cabe decir que, desde el 18 de abril de 2016, las Directivas mencionadas son de aplicaci\u00f3n directa.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre los prop\u00f3sitos de la norma destaca el <strong>dise\u00f1o de un sistema de contrataci\u00f3n p\u00fablica, m\u00e1s eficiente, transparente e \u00edntegro<\/strong>, mediante el cual se consiga un mejor cumplimiento de los objetivos p\u00fablicos, tanto a trav\u00e9s de la satisfacci\u00f3n de las necesidades de los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n, como mediante una mejora de las condiciones de acceso y participaci\u00f3n en las licitaciones p\u00fablicas de los operadores econ\u00f3micos, y a trav\u00e9s de la prestaci\u00f3n de mejores servicios a los usuarios de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>A modo de ejemplo, entre las novedades cabe mencionar la <strong>extensi\u00f3n del \u00e1mbito subjetivo de la norma<\/strong> a los <strong>partidos pol\u00edticos, las organizaciones sindicales y las empresariales, as\u00ed\u0301 como a las fundaciones y asociaciones <\/strong>vinculadas a cualquiera de ellos siempre que se cumplan determinadas circunstancias como que su financiaci\u00f3n sea mayoritariamente publica y respecto de los contratos sometidos a regulaci\u00f3n armonizada.<\/p>\n\n\n\n<p>En este marco, la norma pretende <strong>lograr una mayor transparencia en la contrataci\u00f3n p\u00fablica y conseguir una mejor relaci\u00f3n calidad-precio. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En cuanto a la mejora de la relaci\u00f3n calidad-precio<\/strong> <strong>se establece la obligaci\u00f3n de los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n de velar que el<\/strong> <strong>dise\u00f1o de los criterios de adjudicaci\u00f3n permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, concretamente mediante la inclusi\u00f3n de <u>aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato<\/u><\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Al respecto, el art\u00edculo 145 establece que las caracter\u00edsticas medioambientales podr\u00e1n referirse, entre otras, a la reducci\u00f3n del nivel de emisio\u0301n de gases de efecto invernadero; al empleo de medidas de ahorro y eficiencia energ\u00e9tica y a la utilizaci\u00f3n de energ\u00eda procedentes de fuentes renovables durante la ejecuci\u00f3n del contrato; y al mantenimiento o mejora de los recursos naturales que puedan verse afectados por la ejecuci\u00f3n del contrato. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de ello, el art\u00edculo a\u00f1ade que <strong>deber\u00e1 aplicarse m\u00e1s de un criterio cualitativo de adjudicaci\u00f3n cuando se trate, entre otros, de contratos cuya ejecuci\u00f3n pueda tener un impacto significativo en el medio ambiente, en cuya adjudicaci\u00f3n se valoraran condiciones ambientales mensurables<\/strong>, tales como el menor impacto ambiental, el ahorro y el uso eficiente del agua y la energi\u0301a y de los materiales, el coste ambiental del ciclo de vida, los procedimientos y me\u0301todos de produccio\u0301n ecolo\u0301gicos, la generacio\u0301n y gestio\u0301n de residuos o el uso de materiales reciclados o reutilizados o de materiales ecolo\u0301gicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, cabe mencionar que la Ley sigue la regulaci\u00f3n anterior relativa a la <strong>acreditaci\u00f3n del cumplimiento de las normas de gesti\u00f3n medioambiental<\/strong> y a las <strong>obligaciones en materia medioambiental, social o laboral. En este sentido, <\/strong>se exigen <strong>certificados de gesti\u00f3n medioambiental<\/strong> a las empresas licitadoras, como condici\u00f3n de solvencia t\u00e9cnica, es decir, para acreditar la experiencia o el \u00abbuen hacer\u00bb de esa empresa en el \u00e1mbito de la protecci\u00f3n del medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra novedad a destacar es que la norma regula las <strong>condiciones especiales de ejecuci\u00f3n del contrato de car\u00e1cter social, \u00e9tico, medioambiental o de otro orden<\/strong>, en el art\u00edculo 202, <strong>disponiendo que se podr\u00e1n establecer, entre otras, consideraciones de tipo medioambiental que persigan: la reducci\u00f3n de las emisiones de gases de efecto invernadero<\/strong>, contribuy\u00e9ndose as\u00ed a dar cumplimiento al objetivo que establece el art\u00edculo 88 de la Ley 2\/2011, de 4 de marzo, de Econom\u00eda Sostenible; <strong>el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecuci\u00f3n del contrato; una gesti\u00f3n m\u00e1s sostenible del agua; el fomento del uso de las energ\u00edas renovables; la promoci\u00f3n del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables; o el impulso de la entrega de productos a granel y la producci\u00f3n ecol\u00f3gica<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de ello se a\u00f1ade que <strong>los pliegos podr\u00e1n establecer penalidades<\/strong>, conforme a lo previsto en el apartado 1 del art\u00edculo 192, para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecuci\u00f3n, o atribuirles el car\u00e1cter de obligaciones contractuales esenciales. Cuando el incumplimiento de estas condiciones no se tipifique como causa de resoluci\u00f3n del contrato, el mismo podr\u00e1 ser considerado en los pliegos, en los t\u00e9rminos que se establezcan reglamentariamente, como infracci\u00f3n grave.<\/p>\n\n\n\n<p>Otra de las cuestiones relevantes de la norma es la apuesta por la <strong>simplificaci\u00f3n de los tr\u00e1mites, reduciendo la burocracia administrativa<\/strong> para los licitadores y mejorando el acceso para las PYMES.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n cabe mencionar la <strong>introducci\u00f3n de normas m\u00e1s estrictas tanto en beneficio de las empresas como de sus trabajadores, de manera que las nuevas normas endurecen las disposiciones sobre esta materia en las denominadas ofertas \u00abanormalmente bajas\u00bb<\/strong>. As\u00ed, se establece que <strong>los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n rechazar\u00e1n las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la <strong>tipolog\u00eda de contratos<\/strong>, con la nueva Ley <strong>desaparece la<\/strong> <strong>clasificaci\u00f3n para los contratos de servicios<\/strong>, tambi\u00e9n <strong>desaparece el contrato de gesti\u00f3n de servicios p\u00fablicos<\/strong> (que se sustituye por el contrato de concesi\u00f3n de servicios), <strong>el procedimiento negociado sin publicidad<\/strong> <strong>por raz\u00f3n de cuant\u00eda<\/strong>, <strong>y el contrato de colaboraci\u00f3n entre el Sector p\u00fablico y Sector privado.<\/strong> Por otro lado, <strong>se introduce un procedimiento abierto simplificado.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>As\u00ed, pues, con la nueva Ley los procedimientos para llevar a cabo contratos del sector p\u00fablico son los abiertos (simplificados y supersimplificados), restringidos, licitaci\u00f3n con negociaci\u00f3n (anteriores negociados, pero ahora sin el negociado por raz\u00f3n de la cuant\u00eda), di\u00e1logo competitivo y de asociaci\u00f3n para la innovaci\u00f3n y los menores (los cuales reducen los umbrales a 15.000\u20ac<\/strong> para suministros y servicios; en el caso de contratos de obras tambi\u00e9n se reducen a 40.000\u20ac).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>A modo de conclusi\u00f3n, podemos decir que la nueva Ley de contratos del sector p\u00fablico, siguiendo las pretensiones establecidas por la Uni\u00f3n Europea, aboga por la transparencia, la mejora de la calidad-precio, as\u00ed como por la reducci\u00f3n de tr\u00e1mites administrativos. En este nuevo escenario jur\u00eddico, la norma apuesta por favorecer que la contrataci\u00f3n sea una herramienta que permita la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas en materia social, medioambiental, de innovaci\u00f3n y desarrollo, y de defensa de la competencia. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>&nbsp;<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre los criterios cualitativos para evaluar la mejor relacio\u0301n calidad-precio podra\u0301n incluirse aspectos medioambientales, tales como la reduccio\u0301n del nivel de emisio\u0301n de gases de efecto invernadero; el empleo de medidas de ahorro y eficiencia energe\u0301tica y la utilizacio\u0301n de energi\u0301a procedentes de fuentes renovables durante la ejecucio\u0301n del contrato; as\u00ed como el mantenimiento o mejora de los recursos naturales que puedan verse afectados por la ejecucio\u0301n del contrato. <\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":3554,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[163],"tags":[],"categoria_terraqui":[344],"tipo_de_entrada":[343],"class_list":["post-3232","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-contratacion-del-sector-publico","categoria_terraqui-actividades-sostenibles","tipo_de_entrada-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3232","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3232"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3232\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3556,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3232\/revisions\/3556"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3554"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3232"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3232"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3232"},{"taxonomy":"categoria_terraqui","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categoria_terraqui?post=3232"},{"taxonomy":"tipo_de_entrada","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.terraqui.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tipo_de_entrada?post=3232"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}