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07/02/2012 Autor: terraqui Autorizaciones de gestión, RCD

EXTREMADURA. Planta de gestión de RCD. Emilio Morillo Mejías

Anuncio de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de 23 de enero de 2012 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto de planta de gestión de residuos de construcción y demolición, promovido por D. Emilio Morillo Mejías, en el término municipal de Azuaga. (2012080318)

Para dar cumplimiento al artículo 57.4 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) de un proyecto de planta de gestión de residuos de construcción y demolición, promovido por Emilio Morillo Mejías, en el término municipal de Azuaga (Badajoz), podrá ser examinada, durante veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, Paseo de Roma, s/n. de Mérida.

Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este procedimiento.

Tal y como establecen el artículo 56 de la Ley 5/2010, de 23 de junio; el artículo 5 del Reglamento de autorizaciones ambientales; y el artículo 3 del Decreto 104/2011, de 22 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el órgano competente para otorgar la Autorización Ambiental Unificada (AAU) es la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

Esta figura administrativa autoriza y condiciona el funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010, la AAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las licencias urbanísticas y a las autorizaciones sustantivas de industria.

Los datos generales del proyecto son:

— Ley 5/2010, autorización ambiental: la actividad se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 5/2010, de 23 de junio, concretamente en la categoría 9.1 del Anexo LL del Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a “Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I”, por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.

— Ley 5/2010, evaluación de impacto ambiental: el proyecto se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 5/2010, de 23 de junio, concretamente en la categoría 6.b del Anexo III del Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 54/2011, de 29 de abril, relativa a “Otras actividades que no estando sometidas a evaluación de impacto ambiental de proyectos (Anexos II y III) precisen de autorización o comunicación ambiental conforme a la normativa autonómica, siempre y cuando se desarrollen en suelo rural y exceptuando las actividades ganaderas”, por lo tanto debe someterse a evaluación abreviada de impacto ambiental.

— Actividad: El proyecto consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de una planta de valorización de residuos de construcción y demolición (RCD). El proceso de valorización se dividirá en las siguientes etapas: recepción, separación primaria de voluminosos e impropios, separación mecánica y trituración, cribado y limpieza de impurezas y triturado final.

— Capacidades y consumos: entre 100.000 y 150.000 toneladas al año de residuos.

— Ubicación: La actividad se llevará a cabo en la parcela catastral 121 del polígono 56 del término municipal de Azuaga (Badajoz), en el paraje conocido como “La Oscuridad”, con coordenadas UTM representativas X = 262.457, Y = 4.238.380, huso 29.

— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:

• Báscula.

• Área de recepción de RCD por clasificar.

• Equipo móvil de tratamiento de RCD:

• Zona de acopia de áridos reciclados.

• Zona de acopios de residuos inertes no valorizables.

• Nave de almacenamiento de residuos.

• Balsa de almacenamiento de efluentes líquidos residuales.

• Oficinas.

• Aseos.

Las personas interesadas en este procedimiento, podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Finalizado el trámite de información pública, recabadas las alegaciones y recibido informe del Ayuntamiento o, en su defecto, transcurridos los plazos establecidos, conforme al artículo 57 de la Ley 5/2010 y el artículo 15 del Reglamento de autorizaciones ambientales, se dará trámite de audiencia a los interesados. La resolución se realizará en el plazo máximo de seis meses desde la solicitud de AAU.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

Mérida, a 23 de enero de 2012. El Director General de Medio Ambiente, ENRIQUE JULIÁN FUENTES.

Fuente: DOE

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